Resolución exenta número 230, de 2022.- Renueva la acreditación del Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales Universidad Tecnológica Metropolitana - 21 de Septiembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 910819467

Resolución exenta número 230, de 2022.- Renueva la acreditación del Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales Universidad Tecnológica Metropolitana

Fecha de publicación21 Septiembre 2022
Número de registroCVE-2188829
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Número de Gaceta43.357
CVE 2188829 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.357 | Miércoles 21 de Septiembre de 2022 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2188829
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría del Trabajo / Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales
RENUEVA LA ACREDITACIÓN DEL CENTRO DE EVALUACIÓN Y
CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES UNIVERSIDAD
TECNOLÓGICA METROPOLITANA, UTEM
(Resolución)
Núm. 230 exenta.- Santiago, 7 de septiembre de 2022.
Vistos:
La ley Nº 20.267, que crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales
y Perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo; el Reglamento de la Comisión del Sistema
Nacional de Certificación de Competencias Laborales, establecido por decreto supremo Nº 137,
de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; el Reglamento que regula la Acreditación
de Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales y la Habilitación de
Evaluadores, aprobado por decreto supremo Nº 29, de 2011, del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social; la resolución exenta Nº 1.068, de 2011, de la Subsecretaría del Trabajo, sobre
aranceles del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales; la resolución exenta
Nº 198, de fecha 1º de agosto de 2019, de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de
Competencias Laborales, que aprobó la nueva versión de Procedimiento para la Renovación de
la Acreditación de Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales; la
resolución exenta Nº 242, de 2019, de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de
Competencias Laborales, que acreditó a la Universidad Tecnológica Metropolitana, UTEM,
como Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales; la solicitud presentada
por la Universidad Tecnológica Metropolitana, UTEM, registrada con el Nº SR-2021-13-15-015
en la plataforma informática habilitada para estos efectos; la resolución exenta Nº 212, de 2022,
que cierra el proceso de evaluación de la solicitud de renovación de acreditación presentada por
la Universidad Tecnológica Metropolitana, UTEM; el Acuerdo Nº 1.027 del órgano colegiado de
esta Comisión, adoptado en la centésima cuadragésima tercera sesión ordinaria de 23 de agosto
de 2022; el acta de compromiso de 2 de septiembre de 2022, suscrita por la Universidad
Tecnológica Metropolitana, UTEM; la resolución exenta Nº 63, de 18 de marzo de 2020,
modificada por la resolución exenta Nº 327, de 31 de diciembre de 2020, ambas de la Comisión
del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, que establece medidas de
gestión interna en la Comisión, que deberá cumplir su personal, para hacer frente a la situación
sanitaria relacionada con el brote de coronavirus (COVID-19); la resolución Nº 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República, que establece normas sobre exención del trámite de Toma
de Razón; la resolución RA Nº 118926/272/2019, de 27 de diciembre de 2019, que establece el
orden de subrogación de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión del Sistema Nacional de
Certificación de Competencias Laborales; y las facultades que me confiere el artículo 9º de la ley
Nº 20.267.
Considerando:
1. Que, a la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, en
adelante la Comisión o ChileValora, servicio público creado por ley Nº 20.267, le corresponde la
facultad de acreditar la condición de Centro de Evaluación y Certificación de Competencias
Laborales habilitado para emitir certificados de competencias laborales, la que se otorgará por un
plazo de tres años, sin perjuicio de revocarla anticipadamente, en los casos previstos en la ley.

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