Resolución exenta número 203, de 2019.- Autoriza a Sociedad Pro Ayuda al Niño Leucémico de Iquique para realizar colecta - 16 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875169649

Resolución exenta número 203, de 2019.- Autoriza a Sociedad Pro Ayuda al Niño Leucémico de Iquique para realizar colecta

Fecha de publicación16 Febrero 2019
Número de registroCVE-1547744
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta42.282
CVE 1547744 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 42.282 | Sábado 16 de Febrero de 2019 | Página 1 de 1
Normas Particulares
CVE 1547744
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Intendencia Regional I Región de Tarapacá
AUTORIZA A SOCIEDAD PRO AYUDA AL NIÑO LEUCÉMICO DE IQUIQUE PARA
REALIZAR COLECTA
(Resolución)
Núm. 203 exenta.- Iquique, 17 de enero de 2019.
Vistos:
Lo solicitado por la Sociedad Pro Ayuda al Niño Leucémico de Iquique mediante carta de
14 de enero de 2019; en uso de las facultades que me conceden el decreto supremo 955 de 3 de
junio de 1974, en relación con el decreto supremo 969 de 1975, ambos del Ministerio del
Interior; el DFL 22 de 1959, Ley de Régimen Interior; la ley 19.175, y lo señalado en la
resolución 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.
Resuelvo:
1.- Autorízase a la Sociedad Pro Ayuda al Niño Leucémico de Iquique, para realizar una
colecta el día martes 28 de mayo de 2019, en las comunas de Iquique, Pozo Almonte, Huara,
Pica y Alto Hospicio de la Región de Tarapacá.
2.- Los fondos recaudados serán destinados a financiar las necesidades de medicamentos,
exámenes, pasajes y otros de los niños leucémicos de la Región de Tarapacá.
3.- La persona que tendrá a su cargo la referida colecta será la encargada de la filial Iquique,
de la Sociedad Pro Ayuda al Niño Leucémico, doña Carmen Grimm Moroni.
4.- Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por las
Gobernaciones Provinciales de Iquique y del Tamarugal.
5.- La encargada de dicha colecta deberá remitir a la Intendencia Regional de Tarapacá el
acta de apertura de las alcancías, su número y recaudación, conjuntamente con un informe de la
inversión de los recursos dentro del plazo de sesenta días contados desde la fecha de la
realización de la colecta.
6.- La autorización que se concede mediante la presente resolución a la entidad peticionaria,
la obliga a cumplir las disposiciones que establece el DS 955 de 1974 y sus modificaciones
posterior respecto de este tipo de eventos.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Miguel Ángel Quezada Torres, Intendente Regional
de Tarapacá.

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