Resolución exenta número 2.242, de 2023.- Establece documentos de viaje conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería - 7 de Octubre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 947138800

Resolución exenta número 2.242, de 2023.- Establece documentos de viaje conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería

Número de registroCVE-2387454
Fecha de publicación07 Octubre 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Número de Gaceta43.671
CVE 2387454 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.671 | Sábado 7 de Octubre de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2387454
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Subsecretaría de Relaciones Exteriores
ESTABLECE DOCUMENTOS DE VIAJE CONFORME A LO DISPUESTO EN EL
ARTÍCULO 24 DE LA LEY N° 21.325, DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
(Resolución)
Núm. 2.242 exenta.- Santiago, 27 de septiembre de 2023.
Visto:
El decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de fecha 17 de noviembre de 2001, que fija el
texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Bases
que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto
Administrativo; la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; la ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos
Administrativos; Ley N° 21.325 de 2021, Ley de Migración y Extranjería; decreto N° 296 de
2022, que Aprueba Reglamento de la ley N° 21.325; y la resolución N° 7 de 2019, de Contraloría
General de la República.
Considerando:
1. Que, la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, publicada el 20 de abril de 2021,
establece las normas en materia de migración y extranjería, regulando el ingreso de extranjeros,
su residencia, sanciones y egreso, así como el ejercicio de los derechos y deberes de la población
migrante, constituyendo una nueva institucionalidad, mediante la creación del Servicio Nacional
de Migraciones, norma que entró en vigencia con fecha 12 de febrero de 2022, con la
publicación en el Diario Oficial del decreto N° 296, de fecha 30 de noviembre de 2021, del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba el reglamento de la Ley N° 21.325 de
Migración y Extranjería.
2. El artículo 24 de la norma precitada, dispone que "la entrada de personas al territorio
nacional y salida de él deberá efectuarse por pasos habilitados, con documentos de viaje y
siempre que no existan prohibiciones legales a su respecto", señalando que tendrán el carácter de
documentos de viaje los pasaportes, cédulas, salvoconductos u otros documentos de identidad
análogos, válidos y vigentes, calificados mediante resolución exenta por la Subsecretaría de
Relaciones Exteriores y expedidos por un Estado o una organización internacional.
3. Que, entre el 1° y el 16 de octubre del presente año se realizará el Ejercicio denominado
"Teamwork South 2023" en el que participarán buques de la Armada de Chile y de la Armada de
los Estados Unidos de América. En este marco se ha informado la participación del buque USS
Momsen (DDG-92) y el Submarino USS Hampton (SSN-767). Dichas embarcaciones tienen
prevista una recalada en el puerto de Valparaíso en el período señalado en este punto.
4. Que, con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 24, de aplicar el
principio de reciprocidad internacional y facilitar el ingreso de los tripulantes de las naves
estadounidenses individualizadas en el punto precedente, se califican los documentos de

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