Resolución exenta número 2.923, de 2023.- Modifica resolución Nº 4.504 exenta, de 2012 - 10 de Julio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 937281630

Resolución exenta número 2.923, de 2023.- Modifica resolución Nº 4.504 exenta, de 2012

Número de registroCVE-2340541
Fecha de publicación10 Julio 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.597
CVE 2340541 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.597 | Lunes 10 de Julio de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2340541
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 4.504 EXENTA, DE 2012, DE SECRETARÍA REGIONAL
MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN
METROPOLITANA EN TÉRMINOS QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 2.923 exenta.- Santiago, 7 de julio de 2023.
Visto:
La Ley Nº 18.059; las resoluciones Nºs. 39, de 1992 y 59, de 1985, ambas del Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta Nº 2.127, de 3 de agosto de 2017, que
“Establece Perímetro de Exclusión de Ley Nº 18.696 en Área Geográfica que Indica, para
Servicios de Taxi Colectivo Urbano, del mismo origen; los artículos 2, 107 y 113 del DFL Nº 1,
de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto
Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83 de
1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el DS Nº 31, de 11 de octubre de
2016, del Ministerio del Medio Ambiente, que Establece Plan de Prevención y
Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana de Santiago (PPDA); las
resoluciones exentas Nº 4.504, de 12 de septiembre de 2012, Nº 1.284, de 26 de febrero de 2020,
Nº 5.293, de 16 de noviembre de 2022 y Nº 598, de 23 de febrero de 2023; todas de la Secretaría
Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana de
Santiago; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y la demás
normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, mediante resolución exenta Nº 4.504, de 12 de septiembre de 2012, citada en el
Visto, en el marco del “Corredor de Transporte Público Av. Vicuña Mackenna”, se establecieron
pistas de uso exclusivo para buses de transporte público urbano de pasajeros en calzada central
del eje Av. Vicuña Mackenna - Av. Concha y Toro, en los tramos que allí se detallan.
2.- Que, a fin de poder mejorar las condiciones de circulación de los taxis colectivos
urbanos que circulan por tramos autorizados en el referido eje, de manera de disminuir los
tiempos de espera y de viaje de los pasajeros, resulta conveniente permitir que dichos taxis
colectivos puedan circular por las pistas de uso exclusivo para buses antes referidas.
3.- Que, sin perjuicio de lo anterior, se debe tener presente que existe en actual proceso de
formulación un informe técnico, por parte del Programa de Vialidad y Transporte Urbano
(Sectra), que se debe referir a los efectos de la circulación de dichos servicios de taxis sobre la
velocidad de operación de los buses de transporte público urbano de pasajeros del sistema Red.
4.- Que, dicho informe, que debiera evacuarse en un plazo no superior a 6 meses, contados
de la fecha de la presente resolución, debe permitir concluir si resulta justificado mantener la
circulación de taxis colectivos en estas pistas exclusivas o bien aquella debe realizarse bajo otras
condiciones, para lo cual se dictarán los actos administrativos que correspondan.
5.- Que, en consecuencia, resulta conveniente modificar la antes aludida resolución exenta
Nº 4.504, de 2012, permitiendo la circulación de taxis colectivos urbanos por las pistas de uso
exclusivo allí señaladas.
6.- Que, por medio de las resoluciones exentas Nº 598, de 2023 y 5.293, de 2022, se
derogaron las resoluciones exentas Nºs. 5.293 de 2022 y 1.284 de 2020, todas de esta Secretaría

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