Resolución exenta número 2.405, de 2019.- Aprueba documento que contiene el Programa de Apoyo a la Integración de la Población Inmigrante, año 2019 - 8 de Junio de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875311553

Resolución exenta número 2.405, de 2019.- Aprueba documento que contiene el Programa de Apoyo a la Integración de la Población Inmigrante, año 2019

Fecha de publicación08 Junio 2019
Número de registroCVE-1602097
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta42.374
CVE 1602097 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.374 | Sábado 8 de Junio de 2019 | Página 1 de 36
Normas Generales
CVE 1602097
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
APRUEBA DOCUMENTO QUE CONTIENE EL PROGRAMA DE APOYO A LA
INTEGRACIÓN DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE, AÑO 2019
(Resolución)
Núm. 2.405 exenta.- Santiago, 17 de mayo de 2019.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el
DFL N° 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N°
19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de
los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 20.502, que crea el Ministerio del
Interior y Seguridad Pública; en la Ley N° 21.125 que aprueba el Presupuesto del Sector Público
para el año 2019; en la Ley N° 19.862 que Establece Registros de las Personas Jurídicas
receptoras de Fondos Públicos; en la resolución N° 1.600 del año 2008, que Fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón y sus modificaciones, y la resolución N° 30, del año
2015, que Fija Normas de Procedimiento Sobre Rendición de Cuentas, ambas de la Contraloría
General de la República.
Considerando:
1° Que, la ley N° 21.125, que aprueba el presupuesto del sector público para el año 2019,
específicamente la glosa 05, Partida 05, Capítulo 10, Programa 01, Subtitulo 24, Ítem 01,
Asignación 002 "Transferencias Corrientes al sector privado - Asistencia Social (Orasmi), asignó
recursos a la Subsecretaría del Interior para la implementación de acciones de apoyo e
integración en nuestro país de inmigrantes en condición de vulnerabilidad debidamente
acreditada, que no tengan la condición de refugiados ni sean solicitantes de reconocimiento de la
condición de refugiado.
2° Que, la Subsecretaría del Interior en el ejercicio de sus atribuciones, destinadas a la
consecución de los fines anotados en el considerando precedente y para la adecuada distribución
de los recursos contemplados en la glosa presupuestaria aludida, requiere la implementación de
un programa, denominado "Programa de Apoyo a la Integración de la Población Inmigrante, año
2019".
3° Que, la participación de entidades públicas y privadas en calidad de colaboradoras de la
función que lleva a cabo el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, dice relación con el
apoyo directo a las personas inmigrantes, contemplando para ello procesos de diagnóstico que
permiten conocer la situación de vulnerabilidad de éstos; la activación de redes de apoyo que
puedan entregar insumos para el éxito de esta política pública, como también la elaboración de
informes técnicos y financieros respecto de los recursos asignados.
4° Que, en virtud del principio de formalidad que rige a los actos de la Administración del
Estado, establecido en el artículo 3° de la ley N° 19.880, es necesaria aprobar el "Programa de
Apoyo a la Integración de la Población Inmigrante, año 2019", mediante la dictación del
correspondiente acto administrativo.
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Núm. 42.374 Sábado 8 de Junio de 2019 Página 2 de 36
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Resuelvo:
Artículo único: Apruébese el documento que contiene el denominado "Programa de Apoyo
a la Integración de la Población Inmigrante, año 2019", elaborado por la Subsecretaría del
Interior, y cuyo tenor es el siguiente:
PROGRAMA DE APOYO A LA INTEGRACIÓN DE LA POBLACIÓN INMIGRANTE,
AÑO 2019, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
I. ANTECEDENTES
El Estado de Chile a través del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, contempla
recursos en la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2019, en la Partida
correspondiente a la Subsecretaría del Interior (05.10.01), con cargo al fondo Orasmi
(24.01.002), para los efectos previstos en su Glosa N° 05, correspondiente al "apoyo e
integración en nuestro país, de (...) inmigrantes en condición de vulnerabilidad debidamente
acreditada y que no tengan condición de refugiados ni solicitantes de refugio (...)".
Los recursos destinados al apoyo del proceso de integración se ejecutan por medio de la
implementación del Programa de Apoyo a la Integración de la Población Inmigrante, año 2019;
cuyo objetivo general es contribuir a la integración en nuestro país de los inmigrantes que se
encuentren en condición de vulnerabilidad debidamente acreditada. Este Programa contempla el
apoyo hacia los inmigrantes mediante el financiamiento de programas de integración
desarrollados por instituciones públicas y privadas que no persigan fines de lucro, de acuerdo a
lo señalado en los convenios que para tal efecto se suscriban con el Ministerio del Interior y
Seguridad Pública.
A lo largo del proceso de implementación del Programa, el Departamento de Acción Social,
en adelante DAS, ejecutará acciones de seguimiento de la gestión con el objeto de actualizar las
características de la población beneficiaria; los resultados del Programa; los indicadores de
procesos relevantes; datos que serán determinantes al momento de tomar decisiones, y
monitorear su implementación y gestión.
El Programa requiere para su ejecución la celebración de convenios de colaboración
financiera con instituciones públicas y/o privadas, que no persigan fines de lucro, y que cuenten
con experiencia y capacidad instalada para la atención y asistencia a la población inmigrante,
llamadas también Agencias Implementadoras, las que actuarán de manera directa, asistiendo a
las personas inmigrantes.
Tratándose de instituciones públicas, únicamente podrá ejecutarse el Programa por aquellas
instituciones que cuenten con el sello migrante o hayan suscrito la carta de compromiso
correspondiente ante el Departamento de Extranjería y Migración.
La implementación de este Programa de Apoyo a la Integración de la Población Inmigrante,
año 2019, se efectúa mediante la transferencia de recursos a las Agencias lmplementadoras, en
conformidad a lo indicado en la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2019. Para este
año se ha destinado la suma de $220.000.000.- (doscientos veinte millones de pesos).
II. MARCO LEGAL
Los órganos que integran la administración del Estado de Chile se encuentran obligados a
respetar los Derechos Humanos garantizados en la Constitución Política de la República, así
como en los Tratados Internacionales vigentes y ratificados por nuestro país de conformidad a lo
preceptuado en el artículo 5° inciso 2° de la Carta Fundamental, dentro de los cuales se
encuentran:
• La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los
Trabajadores Migrantes y sus Familiares.
• El Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente
mujeres y niños, que complementa la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia
Organizada Transnacional.
• La Ley N° 20.507 de 2011 que tipifica los delitos de Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata
de Personas y establece normas para su prevención y más efectiva persecución criminal.
• Lo dispuesto en la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2019, en la partida
correspondiente a la Subsecretaría del Interior (05.10.01), con cargo al Fondo Orasmi
(24.01.002), para los efectos previstos en su Glosa N° 05, correspondiente al "apoyo e
integración en nuestro país, de (...) inmigrantes en condición de vulnerabilidad debidamente
acreditada y que no tengan condición de refugiados ni solicitantes de refugio (...)".
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Núm. 42.374 Sábado 8 de Junio de 2019 Página 3 de 36
CVE 1602097 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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El DAS, creado mediante resolución exenta N° 1.328 de 2011, de la Subsecretaría del
Interior, modificada posteriormente a través de la resolución exenta N° 6.320 de 2017, a través
del Fondo Orasmi (Organización Regional de Acción Social del Ministerio del Interior), está
facultado por la Ley de Presupuesto, a destinar recursos específicos para el apoyo e integración
en nuestro país de refugiados, solicitantes de refugio e inmigrantes en condición de
vulnerabilidad debidamente acreditada (...).
El Fondo Orasmi es una herramienta destinada a financiar prestaciones específicas a
personas naturales, chilenas y extranjeras, en situación de vulnerabilidad, con la finalidad de
"contribuir a disminuir las situaciones de vulnerabilidad transitoria que se dan por la incapacidad
de las personas y familias de asumir los costos económicos de ciertas situaciones del entorno,
fortaleciendo así la cobertura de la acción social del Estado".
El presente Programa de Apoyo a la Integración de la Población Inmigrante, año 2019,
corresponde a una iniciativa de financiamiento orientada, principalmente, a fortalecer las
herramientas personales con las que cuentan las personas inmigrantes para integrarse y aportar
positivamente a la vida nacional. Lo anterior se realizará, a través de proyectos para la
habilitación de competencias laborales y entrega de herramientas de trabajo, así como el
aprendizaje del idioma, ambos factores claves para favorecer la autonomía de las personas. No
obstante a eso, entendiendo las condiciones de vulnerabilidad que presenta la población objetivo
del programa, se incluyen prestaciones asociadas al pago de trámites de reconocimiento,
convalidación y traducción de estudios; aportes para el pago de intérprete, pago de documentos
requeridos para la regularización migratoria, el pago de rentas de arriendo, entre otras.
Si bien las motivaciones de la migración son multidimensionales, ya en territorio nacional
estas personas constituyen un aporte a la vida nacional en general, y es menester del Estado y sus
instituciones facilitar y orientar el acceso a condiciones de bienestar, que les permitan desarrollar
su proyecto de vida personal y contribuir al desarrollo del país. En la población que acoge Chile
existe el componente de potencial laboral, ya que un 74,2% se encuentra entre los tramos de edad
que van desde los 20 a los 49 años1. Esta composición de la población fundamenta el desafío de
generar instancias que complementen la asistencia social dirigida a la población en situación de
vulnerabilidad, con la apertura a oportunidades de desarrollo económico a través de la
integración laboral, pudiendo así convertirse en un aporte positivo tanto a la diversidad como a la
productividad del país.
III. MARCO ESTRUCTURAL DEL PROGRAMA
1. OBJETIVO GENERAL
Contribuir a la integración de la población inmigrante que se encuentra en situación de
vulnerabilidad, a través de la implementación de proyectos de integración desarrollados por
instituciones públicas y/o privadas sin fines de lucro.
2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
2.1 Contribuir a favorecer las competencias laborales personales de inmigrantes en situación
de vulnerabilidad.
2.2 Facilitar la integración a la vida nacional de personas inmigrantes en situación de
vulnerabilidad a través de herramientas de capacitación, aprendizaje del idioma y de inserción al
mundo laboral, entre otras.
3. POBLACIÓN BENEFICIARIA
Podrán ser beneficiarios de las prestaciones indicadas en el presente Programa, personas
extranjeras en situación de vulnerabilidad social, que al momento de solicitar su entrega
acrediten su condición migratoria regular acompañando al efecto cualquiera de los documentos
que a continuación se indican:
1. Fotocopia DNI o Pasaporte.
2. Formulario de solicitud de visa y comprobante de envío.
1 Departamento de Extranjería y Migración. Estimación de Extranjeros Residentes en Chile https:
//www.extranjeria.gob.cl/media/2019/02/Presentaci%C3%B3n-Extranjeros-Residentes-en-Chile.-31-Diciembre-2018.pdf

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