Resolución exenta número 2.891, de 2021.- Establece calendario del proceso de inscripción para la rendición de la Prueba de Transición a la Educación Superior correspondiente al Proceso de Admisión 2022 - 25 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868316163

Resolución exenta número 2.891, de 2021.- Establece calendario del proceso de inscripción para la rendición de la Prueba de Transición a la Educación Superior correspondiente al Proceso de Admisión 2022

Número de registroCVE-1947918
Fecha de publicación25 Mayo 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta42.961
CVE 1947918 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.961 | Martes 25 de Mayo de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1947918
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación Superior
ESTABLECE CALENDARIO DEL PROCESO DE INSCRIPCIÓN PARA LA
RENDICIÓN DE LA PRUEBA DE TRANSICIÓN A LA EDUCACIÓN SUPERIOR
CORRESPONDIENTE AL PROCESO DE ADMISIÓN 2022
(Resolución)
Núm. 2.891 exenta.- Santiago, 19 de mayo de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 6º y 7º de la Constitución Política de la República de Chile; en
la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado,
cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 19.880, que
establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la
administración del Estado; en la ley Nº 18.956 que reestructura el Ministerio de Educación
Pública; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; en el decreto supremo Nº 407, de 2018,
del Ministerio de Educación, que reglamenta la constitución y funcionamiento de los comités
técnicos de acceso para el subsistema universitario y para el subsistema técnico profesional; en el
decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2019, del Ministerio de Educación, que fija planta de personal
de la Subsecretaría de Educación Superior, determina la fecha de entrada en funcionamiento y
regula otras materias a que se refiere el artículo sexto transitorio de la ley Nº 21.091; en el
decreto supremo Nº 235 de 2019, del Ministerio de Educación, que designa Subsecretario de
Educación Superior; en la resolución exenta Nº 2.604 de 2019, de la División de Educación
Superior, que constituyó Secretaría Técnica para el funcionamiento de los comités técnicos de
acceso; en la resolución exenta Nº 4.819 de 2020, de la Subsecretaría de Educación Superior, que
sistematiza y unifica los procesos e instrumentos establecidos por resoluciones exentas N os
2.106, 3.003, 3.079 y 3.105 todas de 2020 y de la misma Subsecretaría; en la resolución exenta
Nº 2.808 de 2020, de la Subsecretaría de Educación Superior, que establece las pruebas
transitorias de acceso a la educación superior, para los procesos de admisión 2021 y 2022; en el
acta de la sesión Nº 22, de fecha 8 de abril de 2021, del Comité Técnico del Subsistema
Universitario; en el memorándum interno Nº 06/458 de 2021, de fecha 6 de mayo de 2021, del
Secretario Técnico de los Comités Técnicos del Subsistema Universitario y Técnico Profesional;
y, en la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la Republica, y
Considerando:
Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada mediante la ley Nº 21.091, sobre
Educación Superior, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo
establecido en la letra d) del artículo 3º de la ley Nº 18.956.
Que, la precitada ley Nº 21.091, en el párrafo 3º, de su Título I, regula la creación del
Sistema de Acceso a las Instituciones de Educación Superior, en adelante el "Sistema de
Acceso", el que establecerá procesos e instrumentos para la postulación y admisión de
estudiantes a las instituciones de educación superior adscritas a éste, respecto de carreras o
programas de estudios conducentes a títulos técnicos y profesionales o licenciaturas.
Que, de acuerdo con el artículo 12 de la ley Nº 21.091, corresponderá a la Subsecretaría de
Educación Superior constituir y coordinar un comité técnico de acceso para el subsistema

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