Resolución exenta número 2.556, de 2021.- Deroga resolución N° 769 exenta, de 2016, que aprobó el Instructivo Técnico para el muestreo y diagnóstico de Pseudomonas syringae pv. actinidiae en el marco del control oficial de la plaga en kiwi, y la resolución N° 9.633 exenta, de 2019 - 4 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868046375

Resolución exenta número 2.556, de 2021.- Deroga resolución N° 769 exenta, de 2016, que aprobó el Instructivo Técnico para el muestreo y diagnóstico de Pseudomonas syringae pv. actinidiae en el marco del control oficial de la plaga en kiwi, y la resolución N° 9.633 exenta, de 2019

Fecha de publicación04 Mayo 2021
Número de registroCVE-1937140
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta42.945
CVE 1937140 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.945 | Martes 4 de Mayo de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1937140
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional
DEROGA RESOLUCIÓN N° 769 EXENTA, DE 2016, DE LA DIRECCIÓN NACIONAL
DEL SAG, QUE APROBÓ EL INSTRUCTIVO TÉCNICO PARA EL MUESTREO Y
DIAGNÓSTICO DE PSEUDOMONAS SYRINGAE PV. ACTINIDIAE (PSA) EN EL
MARCO DEL CONTROL OFICIAL DE LA PLAGA EN KIWI Y LA RESOLUCIÓN
EXENTA QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 2.556 exenta.- Santiago, 27 de abril de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la Ley N°
18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; la ley
N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de
los Órganos de la Administración del Estado; el decreto supremo Nº 112, de 2018, del Ministerio
de Agricultura; la resolución exenta N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; la
resolución exenta N° 3.571, de 2020, que aprueba el Reglamento General del Sistema Nacional
de Autorización de Terceros; la resolución N° 90, de 2014, que aprueba el Reglamento
específico para la autorización de laboratorios de análisis/ensayos; la resolución exenta N° 769,
de 2016, aprueba el Instructivo Técnico para el Muestreo y Diagnóstico de Pseudomonas
syringae pv. actinidiae (PSA) en el marco del control oficial de la plaga en kiwi; la resolución
exenta N° 9.633, de 2019, que otorgó la autorización a Apablaza y Santelices Limitada, RUT N°
78.376.890-9, como laboratorio de análisis/ensayo para realizar muestreo y diagnóstico de
Pseudomonas syringae pv. actinidiae (PSA) en el marco del control oficial de la plaga en kiwi; y
las facultades que invisto como Director Nacional de la Institución:
Considerando:
1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero tiene por objeto contribuir al desarrollo
agropecuario del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y
vegetal; la protección y conservación de los recursos naturales renovables que inciden en el
ámbito de la producción agropecuaria del país y el control de insumos y productos agropecuarios
sujetos a regulación en normas legales y reglamentarias.
2. Que, la ley N° 18.755 establece en su artículo 3° letra e) que corresponderá al Servicio
ejecutar directa o indirectamente, en forma subsidiaria, las acciones destinadas a cumplir las
medidas para prevenir, controlar, combatir y erradicar plagas o enfermedades que, a su juicio,
por su peligrosidad o magnitud, pueden incidir en forma importante en la producción
silvoagropecuaria nacional.
3. Que en el mismo cuerpo legal señalado precedentemente en su artículo 3° letra o)
establece que corresponderá al Servicio prestar asistencia técnica directa o indirecta y servicios
gratuitos u onerosos, en conformidad con sus programas y cobrar las tarifas y derechos que le
corresponde percibir por sus actuaciones.
4. Que la resolución exenta N° 3.571, de 2020, que aprueba el Reglamento General del
Sistema Nacional de Autorización de Terceros, establece que la autorización estará circunscrita
sólo para aquellas actividades contempladas en Reglamentos Específicos de Autorización
emanados de la Dirección Nacional del Servicio.

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