Resolución exenta número 2.135, de 2021.- Incorpora al alcance de la autorización de médicos veterinarios que ejecutan labores en el Programa de Certificación de Exportación de Animales Vivos las especies que indica - 13 de Abril de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 864259388

Resolución exenta número 2.135, de 2021.- Incorpora al alcance de la autorización de médicos veterinarios que ejecutan labores en el Programa de Certificación de Exportación de Animales Vivos las especies que indica

Número de registroCVE-1925358
Fecha de publicación13 Abril 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta42.928
CVE 1925358 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.928 | Martes 13 de Abril de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1925358
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero
INCORPORA AL ALCANCE DE LA AUTORIZACIÓN DE MÉDICOS
VETERINARIOS QUE EJECUTAN LABORES EN EL PROGRAMA DE
CERTIFICACIÓN DE EXPORTACIÓN DE ANIMALES VIVOS LAS ESPECIES QUE
INDICA
(Resolución)
Núm. 2.135 exenta.- Santiago, 7 de abril de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la Ley N°
18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado; la ley
N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado; el DFL RRA Nº 16 de 1963 sobre Sanidad animal; el
decreto supremo Nº 112 de 2018, del Ministerio de Agricultura; la resolución exenta Nº 7 de
2019, de la Contraloría General de la República; la resolución exenta Nº 3.571 de 2020, que
aprueba el Reglamento General del Sistema Nacional de Autorización de Terceros; la resolución
exenta N° 5.578 de 2004, que aprueba el Reglamento específico para la acreditación de terceros
en el área pecuaria, y las facultades que invisto como Director Nacional de la Institución:
Considerando:
1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero tiene por objeto contribuir al desarrollo
agropecuario del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y
vegetal; la protección y conservación de los recursos naturales renovables que inciden en el
ámbito de la producción agropecuaria del país y el control de insumos y productos agropecuarios
sujetos a regulación en normas legales y reglamentarias.
2. Que, la ley N° 18.755 establece en su artículo 3° letra e) que corresponderá al Servicio
ejecutar directa o indirectamente, en forma subsidiaria, las acciones destinadas a cumplir las
medidas para prevenir, controlar, combatir y erradicar plagas o enfermedades que, a su juicio,
por su peligrosidad o magnitud, pueden incidir en forma importante en la producción
silvoagropecuaria nacional.
3. Que, en el mismo cuerpo legal señalado precedentemente en su artículo 3° letra o)
establece que corresponderá al Servicio prestar asistencia técnica directa o indirecta y servicios
gratuitos u onerosos, en conformidad con sus programas y cobrar las tarifas y derechos que le
corresponde percibir por sus actuaciones.
4. Que la resolución exenta Nº 3.571, de fecha 25 de mayo de 2020, establece que la
autorización de terceros estará circunscrita sólo para aquellas actividades contempladas en
Reglamentos Específicos de Autorización emanados de la Dirección Nacional del Servicio.
5. Que mediante resolución exenta N° 5.578 de fecha 31 de diciembre de 2004, de la
Dirección Nacional del SAG, se aprobó el Reglamento específico para la acreditación de terceros
en el área pecuaria, código REA-PEC-01-v01.
6. Que mediante resolución exenta N° 9.322 de fecha 19 de diciembre de 2014, de la
Dirección Nacional del SAG, se modificó el Reglamento específico para la acreditación de
terceros en el área pecuaria, en el sentido de incorporar al alcance de los médicos veterinarios

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR