Resolución exenta número 170, de 2023.- Resuelve causa rol 2216106 - 15 de Septiembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 943050410

Resolución exenta número 170, de 2023.- Resuelve causa rol 2216106

Número de registroCVE-2375222
Fecha de publicación15 Septiembre 2023
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta43.654
CVE 2375222 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.654 | Viernes 15 de Septiembre de 2023 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2375222
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Ñuble
RESUELVE CAUSA ROL 2216106
(Resolución)
Núm. 170 exenta.- Chillán, 3 de marzo de 2023.
Vistos:
Ley 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, Ley 20.380, sobre protección de
los animales, resoluciones exentas Nº 6774/2015 y 8202/2015 del Servicio Agrícola y Ganadero,
el D.F.L. RRA Nº 16 de 1963, resolución 240/706/2022 de la Dirección Nacional del SAG, ADC
folio 16000549, de 16 de junio de 2022.
Considerando:
1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, tiene entre sus objetivos el contribuir al desarrollo
e incremento de la salud animal y el control de los productos agropecuarios, sujetos a regulación
en normas legales y reglamentarias.
2. Que, corresponde al Servicio establecer las normas de trazabilidad del ganado y carne, las
que deben, a lo menos, contemplar los siguientes elementos: registro de establecimientos
pecuarios, declaración de existencias de animales, identificación animal oficial, registro de
movimiento de animales y sistema de información pecuaria, así como su control y fiscalización.
3. Que, rola a fojas 1 ADC folio 16000549, de 16 de junio de 2022, cursada contra Marcelo
Valdez López, RUT 9.241.886-3, con domicilio en Hijuela San Eduardo S/N, Comuna de
Chillán Viejo, por los siguientes hechos:
"Se detecta durante la faena de día 16 de junio de 2022 en la Planta Faenadora de Carnes
HN San Carlos, animal bovino con DIIO aplicado con alambre Nº016763448, el cual no
corresponde a la información señalada en SIPEC aquí se indica bovino hembra angus rojo y el
animal faenado fue bovino hembra overo colorado Nº de faena 27, propiedad de Javier Jara".
4. Que, consta a fojas 4 declaración del denunciado quien expresa que compró el animal
para venderlo y que sólo lo tuvo un día sin notar que tenía un alambre sujetando el DIIO.
5. Que, sobre el particular, dispone la resolución exenta Nº 6774 lo siguiente:
Se define como titular del predio, a toda persona natural o jurídica que se acredita como
responsable del establecimiento pecuario y de los animales que se encuentran en él.
Asimismo, dispone la resolución que:
6. Será responsabilidad del titular identificar a los animales existentes en el establecimiento,
con el sistema de identificación que determine el Servicio según especie (DIIO o lote).
7. En caso de que para la especie se solicite Dispositivo de Identificación Individual Oficial
(DIIO), se deberá cumplir lo siguiente:
7.2. El DIIO deberá permanecer en el animal durante toda su vida, independiente del destino
que éste tenga.

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