Resolución exenta número 163, de 2022.- Llama a postulación al primer llamado nacional 2022, en condiciones especiales, del sistema integrado de subsidio habitacional regulado por el decreto N° 1, de 2011, en las modalidades de adquisición de viviendas y construcción en sitio propio o densificación predial, reguladas por el tramo 1, 2 y 3 subsidio habitacional para sectores medios; fija el monto de recursos que se destinarán para el subsidio directo en cada modalidad y tramo, cuando corresponda, y su forma de distribución - 17 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 896711296

Resolución exenta número 163, de 2022.- Llama a postulación al primer llamado nacional 2022, en condiciones especiales, del sistema integrado de subsidio habitacional regulado por el decreto N° 1, de 2011, en las modalidades de adquisición de viviendas y construcción en sitio propio o densificación predial, reguladas por el tramo 1, 2 y 3 subsidio habitacional para sectores medios; fija el monto de recursos que se destinarán para el subsidio directo en cada modalidad y tramo, cuando corresponda, y su forma de distribución

Número de registroCVE-2087291
Fecha de publicación17 Febrero 2022
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta43.181
CVE 2087291 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.181 | Jueves 17 de Febrero de 2022 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 2087291
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
LLAMA A POSTULACIÓN AL PRIMER LLAMADO NACIONAL 2022,
EN CONDICIONES ESPECIALES, DEL SISTEMA INTEGRADO DE
SUBSIDIO HABITACIONAL REGULADO POR EL DS N° 1 (V. Y U.)
DE 2011, EN LAS MODALIDADES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS Y
CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO O DENSIFICACIÓN PREDIAL, REGULADAS
POR EL TRAMO 1, 2 Y 3 SUBSIDIO HABITACIONAL PARA SECTORES MEDIOS;
FIJA EL MONTO DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN PARA EL SUBSIDIO
DIRECTO EN CADA MODALIDAD Y TRAMO, CUANDO CORRESPONDA, Y SU
FORMA DE DISTRIBUCIÓN
(Resolución)
Santiago, 11 de febrero de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 163 exenta.
Visto:
a) El DS N° 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional.
b) La resolución exenta N° 2.007 (V. y U.), de 2021, que autoriza a efectuar llamados a
postulación y/o comprometer recursos durante el año 2022 en el otorgamiento de subsidios
habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del
programa regulado por el DS N° 1 (V. y U.), de 2011;
c) El DS N° 4, del Ministerio de Salud, de fecha 5 de febrero de 2020, publicado en el
Diario Oficial del 8 de febrero de 2020, y sus modificaciones, que declara Alerta Sanitaria en
todo el territorio de la República y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia
de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del Nuevo Coronavirus
(2019-nCOV), cuya vigencia fue prorrogada por el DS N° 1, de fecha 7 de enero de 2021,
publicado en el Diario Oficial del 15 de enero de 2021; por el DS N° 24, de fecha 15 de junio de
2021, publicado en el Diario Oficial del 18 de junio de 2021; por el DS N° 39, de fecha 15 de
septiembre de 2021, publicado en el Diario Oficial del 30 de septiembre de 2021; por el DS N°
52, de fecha 16 de diciembre de 2021, publicado en el Diario Oficial del 24 de diciembre de
2021, todos del Ministerio de Salud;
d) El DS N° 147, de fecha 13 de diciembre de 2021, publicado en el Diario Oficial del 27 de
diciembre de 2021, todos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que extiende la fecha
de vencimiento de las cédulas de identidad chilenos;
e) El dictamen N° 3.610, de fecha 17 de marzo de 2020, de la Contraloría General de la
República, y
Considerando:
a) Que corresponde, de acuerdo a la programación anual del Sistema Integrado de Subsidio
Habitacional, efectuar el primer llamado a postulación, con cobertura nacional;
b) Que, el DS N° 4, del Ministerio de Salud, de 2020, y sus modificaciones, declaró Alerta
Sanitaria en todo el territorio de la República, por un período de un año, sin perjuicio de la
facultad de poner término anticipado si las condiciones sanitarias así lo permiten o prorrogarlo en
caso que éstas no mejoren, cuya vigencia fue extendida hasta el 31 de marzo de 2022, por el DS
N° 52, del Ministerio de Salud, de 2021;

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