Resolución exenta número 163, de 2021.- Designa nuevas representantes, titular y subrogante, del Ministerio de Hacienda ante Comisión creada por el artículo 9 de la ley N° 18.525, y deja sin efecto resoluciones exentas N° 197, de 2017, y 46 y 264, ambas de 2019 - 28 de Mayo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868489466

Resolución exenta número 163, de 2021.- Designa nuevas representantes, titular y subrogante, del Ministerio de Hacienda ante Comisión creada por el artículo 9 de la ley N° 18.525, y deja sin efecto resoluciones exentas N° 197, de 2017, y 46 y 264, ambas de 2019

Fecha de publicación28 Mayo 2021
Número de registroCVE-1951088
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta42.964
CVE 1951088 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.964 | Viernes 28 de Mayo de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1951088
MINISTERIO DE HACIENDA
DESIGNA NUEVAS REPRESENTANTES, TITULAR Y SUBROGANTE, DEL
MINISTERIO DE HACIENDA ANTE COMISIÓN CREADA POR EL ARTÍCULO 9 DE
LA LEY N° 18.525, Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES EXENTAS QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 163 exenta.- Santiago, 19 de mayo de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 9° del DFL N° 31, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que
aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.525, que establece
normas sobre importación de mercancías al país; en el decreto supremo N° 1.314, de 28 de
septiembre de 2012, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Reglamento Antidistorsiones; en
el artículo 2° del DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia,
que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto supremo N°
31, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la resolución exenta N° 197, de
16 de agosto de 2017; en la resolución exenta N° 46, de 31 de enero de 2019; en la resolución
exenta N° 264, de 27 de septiembre de 2019, todas del Ministerio de Hacienda; en los decretos
exentos RA N°s 289/96/2021 y 289/124/2021, de 19 de marzo y de 11 de mayo, ambos de 2021,
y del Ministerio de Hacienda; y, en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la
República.
Considerando:
1. Que, en virtud del artículo 9° del DFL N° 31, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que
Aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.525, se creó la Comisión
Nacional encargada de investigar la existencia de distorsiones en el precio de las mercancías
importadas (en adelante, la "Comisión"), a la que le corresponderá conocer las denuncias sobre
distorsiones en los precios de las mercancías que se transan en los mercados internacionales, así
como las denuncias relativas a la aplicación del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas
Compensatorias, del Acuerdo sobre Salvaguardias y del Acuerdo relativo a la aplicación del
artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, los cuales
forman parte del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial de
Comercio, en concordancia con lo que dispone el artículo 1 del Reglamento Antidistorsiones.
2. Que, según establece el artículo 9° del DFL N° 31, de 2005, citado en el considerando
precedente, y en el artículo 3° del decreto supremo N° 1.314, de 2012, del Ministerio de
Hacienda, que Aprueba el Reglamento Antidistorsiones, dicha Comisión estará integrada -entre
otros- por: "[...] un representante del Ministro de Hacienda; [...] serán designados por resolución
que se publicará en el Diaria Oficial;".
3. Que, asimismo, se establece que: "Los integrantes antes mencionados serán subrogados
de acuerdo con la ley, o en su caso, por aquellas personas que designen las respectivas
instituciones mediante resolución que será publicada en el Diario Oficial".
4. Que, es necesario actualizar la nómina de los representantes del Ministerio de Hacienda,
tanto titular como subrogante, ante la Comisión ya referida.

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