Resolución exenta número 150, de 2024.- Da inicio al proceso de elaboración del Plan de Descontaminación Atmosférica para la ciudad de Calama y su área circundante - 26 de Febrero de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1017647912

Resolución exenta número 150, de 2024.- Da inicio al proceso de elaboración del Plan de Descontaminación Atmosférica para la ciudad de Calama y su área circundante

Número de registroCVE-2457759
Fecha de publicación26 Febrero 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Número de Gaceta43.786
CVE 2457759 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.786 | Lunes 26 de Febrero de 2024 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2457759
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
DA INICIO AL PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PLAN DE
DESCONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA LA CIUDAD DE CALAMA Y SU
ÁREA CIRCUNDANTE
(Resolución)
Núm. 150 exenta.- Santiago, 14 de febrero de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la ley Nº
20.600, que crea los Tribunales Ambientales; en la ley Nº 19.880 que establece Bases de los
procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del
Estado; en el decreto supremo Nº 39, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba
supremo Nº 57, de 20 de abril de 2009, del Ministerio de Secretaría General de la Presidencia,
que declaró Zona Saturada por Material Particulado Respirable MP10, como concentración anual,
a la ciudad de Calama y su área circundante; en el decreto supremo Nº 71, de 2022, del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministros y Ministras de Estado en las
carteras que indica; en el decreto supremo Nº 5, de 2021, del Ministerio del Medio Ambiente,
por el que se estableció el Plan de Descontaminación Atmosférica para la ciudad de Calama y su
área circundante; en la resolución exenta Nº 893, de 31 de agosto de 2023, de la Subsecretaría
del Medio Ambiente, que Extiende medidas extraordinarias de visación de documentos del
Ministerio del Medio Ambiente - Subsecretaría del Medio Ambiente; en la resolución Nº 7, de
2019, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de
toma de razón, y
Considerando:
1.- Que, el artículo 44 de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (en
adelante, “Ley Nº 19.300”), dispone que se elaborarán Planes de Prevención o de
Descontaminación, cuyo cumplimiento será obligatorio en las zonas calificadas como latentes o
saturadas, respectivamente.
2.- Que, el artículo 7, del decreto supremo Nº 39, de 2012, del Ministerio del Medio
Ambiente, que establece el Reglamento para la Dictación de Normas de Planes de Prevención y
Descontaminación (en adelante, el “Reglamento”), prescribe que la elaboración de un Plan de
Prevención y/o de Descontaminación, se iniciará una vez publicado el decreto supremo que
declara zona latente o saturada en el Diario Oficial.
3.- Que, por el decreto supremo Nº 57, de 20 de abril de 2009, del Ministerio de Secretaría
General de la Presidencia, se declaró zona saturada por material particulado respirable MP10
, como concentración anual, a la zona geográfica que comprende a la ciudad de Calama y su área
circundante.
4.- Que, por decreto supremo Nº 5, de 2021, del Ministerio del Medio Ambiente, se
estableció el Plan de Descontaminación Atmosférica para la ciudad de Calama y su área
circundante (en adelante, “DS Nº 5/2021”).
5.- Que, con fecha 24 de junio de 2022, la Corporación Yareta y otras 10 organizaciones
con personalidad jurídica interpusieron un recurso de reclamación ante el Primer Tribunal

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