Resolución exenta número 127, de 2023.- Aprueba Norma General de Participación Ciudadana de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales - 13 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 931108614

Resolución exenta número 127, de 2023.- Aprueba Norma General de Participación Ciudadana de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales

Fecha de publicación13 Mayo 2023
Número de registroCVE-2312848
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Número de Gaceta43.550
CVE 2312848 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.550 | Sábado 13 de Mayo de 2023 | Página 1 de 6
Normas Generales
CVE 2312848
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría del Trabajo / Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales
APRUEBA NORMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE LA
COMISIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS
LABORALES
(Resolución)
Núm. 127 exenta.- Santiago, 2 de mayo de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 1, 6, 7, 8 incisos primero y segundo, y 19 números 14 y 15, de
la Constitución Política de la República de Chile; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional
de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado se fijó mediante el decreto con fuerza de ley (DFL) N° 1/19.563, de 2000, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 20.500, sobre Asociaciones y
Participación Ciudadana en la Gestión Pública; en el Instructivo Presidencial N° 7, de 18 de
agosto de 2022, para el fortalecimiento de la participación ciudadana en la gestión pública; en la
ley N° 20.267, que Crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y
Perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo; en la resolución exenta N° 273, de 6 de
septiembre de 2012, de esta Comisión, que aprobó su primera Norma General de Participación
Ciudadana; en la resolución exenta N° 160, de 19 de junio de 2020, de esta Comisión, que
aprobó su segunda Norma General de Participación Ciudadana; el Acuerdo N° 1091, adoptado
en la centésima cuadragésima novena sesión ordinaria del órgano colegiado de esta Comisión,
con fecha 11 de abril de 2023; lo establecido en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría
General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las
facultades que me confiere el artículo 9 de la ley N° 20.267.
Considerando:
1. Que, de acuerdo con la ley N° 20.267, la Comisión del Sistema Nacional de Certificación
de Competencias Laborales, en adelante e indistintamente "ChileValora" o la "Comisión", es un
servicio público funcionalmente descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio,
cuya función es la implementación de las acciones reguladas en dicho cuerpo normativo.
2. Que, la ley N° 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión
Pública, modificó la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado, intercalando un Título IV, referido a la Participación Ciudadana en la
Gestión Pública, consagrando y reconociendo, en su artículo 69, el derecho de las personas a
participar en las políticas, planes, programas y acciones del Estado, y disponiendo, en su artículo
70, que cada órgano de la Administración debe establecer las modalidades formales y específicas
de participación de las personas y organizaciones en el ámbito de su competencia, y mantener
tales modalidades actualizadas y publicadas a través de medios electrónicos u otros. Conforme a
ello, ChileValora, en su calidad de servicio público, debe garantizar espacios y mecanismos
institucionalizados por medio de los cuales las personas puedan participar en el diseño,
formulación, ejecución y evaluación de sus políticas públicas.
3. Que, en el marco del artículo 70 de la ley N° 18.575 y de la disposición primera
transitoria de la ley N° 20.500, el directorio de la Comisión, mediante acuerdo número 100,
adoptado en su sesión ordinaria trigésima sexta, de 6 de septiembre de 2012, aprobó una norma

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