Resolución exenta número 126, de 2022.- Aprueba condiciones para el año 2022 para el otorgamiento por los Serviu de préstamos para servicios de asistencia técnica a Cooperativas Cerradas de Vivienda seleccionadas del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda - 14 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 899284383

Resolución exenta número 126, de 2022.- Aprueba condiciones para el año 2022 para el otorgamiento por los Serviu de préstamos para servicios de asistencia técnica a Cooperativas Cerradas de Vivienda seleccionadas del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda

Fecha de publicación14 Marzo 2022
Número de registroCVE-2098515
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta43.202
CVE 2098515 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.202 | Lunes 14 de Marzo de 2022 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2098515
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
APRUEBA CONDICIONES PARA EL AÑO 2022 PARA EL OTORGAMIENTO POR
LOS SERVIU DE PRÉSTAMOS PARA SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA A
COOPERATIVAS CERRADAS DE VIVIENDA SELECCIONADAS DEL PROGRAMA
FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA
(Resolución)
Santiago, 4 de febrero de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 126 exenta.
Visto:
La ley Nº 21.395, de Presupuestos para el Sector Público para el año 2022; el DL Nº 1.305,
de 1975; la ley Nº 16.391; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República,
la resolución exenta Nº 1.875 (V. y U.), de 2015, y
Considerando:
a) Que la Ley Nº 21.395 de Presupuestos del Sector Público para el año 2022, en su Glosa
03, asociada al Subtítulo 33 (Cooperativas) ítem 01 letra j., contempla la posibilidad de que los
Servicios de Vivienda y Urbanización (Serviu) puedan otorgar préstamos en dinero, para los
servicios de asistencia técnica de proyectos habitacionales, destinados a las cooperativas cerradas
de vivienda, reguladas por el DFL Nº 5, del Ministerio de Economía, de 2003, que fija el texto
refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, que sean
seleccionadas por el programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, conforme al inciso
tercero del artículo 52, del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011.
b) Que la Glosa 03 dispone que el otorgamiento de los referidos préstamos se regulará por
resolución exenta del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, visada por la Dirección de
Presupuestos del Ministerio de Hacienda.
c) Los correos electrónicos de fechas 14 y 18 de enero de 2022, que dan cuenta de la
conformidad del Jefe de División de Política Habitacional y de la Jefa de División Jurídica (S),
con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente:
Resolución:
1. El otorgamiento de préstamos por parte de los Serviu a las cooperativas cerradas de
vivienda –con cargo al Subtítulo 33 (Cooperativas), Glosa 03, de la Ley Nº 21.395 de
Presupuestos del Sector Público para el año 2022– para el desarrollo de los servicios de
asistencia técnica, estará sujeto a las condiciones que se pasan a señalar.
2. Para concretar el otorgamiento del préstamo el Director del Serviu, o a quien éste delegue
la correspondiente facultad, y la cooperativa cerrada de vivienda, deberán suscribir un contrato
de mutuo, en el que deberá constar al menos la siguiente información:
a) Identificación de la cooperativa cerrada de vivienda que desarrollará los servicios de
asistencia técnica y la singularización del proyecto habitacional que resultó seleccionado por el
Fondo Solidario de Elección de Vivienda.
b) Identificación del proyecto habitacional y sus características básicas.

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