Resolución exenta número 10.199, de 2021.- Dispone publicación en el Diario Oficial del extracto de la resolución Nº 9.653 exenta, de 2021, que determina uno de los sesenta y un cupos previstos en el artículo 47 de la ley Nº 21.306, para acceder de manera adelantada a los beneficios de incentivo al retiro voluntario contemplados en la ley Nº 21.135 - 7 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878822078

Resolución exenta número 10.199, de 2021.- Dispone publicación en el Diario Oficial del extracto de la resolución Nº 9.653 exenta, de 2021, que determina uno de los sesenta y un cupos previstos en el artículo 47 de la ley Nº 21.306, para acceder de manera adelantada a los beneficios de incentivo al retiro voluntario contemplados en la ley Nº 21.135

Número de registroCVE-2052279
Fecha de publicación07 Diciembre 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta43.122
CVE 2052279 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.122 | Martes 7 de Diciembre de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2052279
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo
DISPONE PUBLICACIÓN EN EL DIARIO OFICIAL DEL EXTRACTO DE LA
RESOLUCIÓN Nº 9.653 EXENTA, DE 2021, DE LA SUBSECRETARÍA DE
DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO, DEL MINISTERIO DEL
INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, QUE DETERMINA UNO DE LOS SESENTA Y
UN CUPOS PREVISTOS EN EL ARTÍCULO 47 DE LA LEY Nº 21.306, PARA
ACCEDER DE MANERA ADELANTADA A LOS BENEFICIOS DE INCENTIVO AL
RETIRO VOLUNTARIO CONTEMPLADOS EN LA LEY Nº 21.135
(Resolución)
Núm. 10.199 exenta.- Santiago, 1 de diciembre de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley Nº 21.135, que otorga beneficios de incentivo al retiro voluntario a
los funcionarios municipales que indica; la ley Nº 21.306, que otorga reajuste de remuneraciones
a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios
que indica, y modifica diversos cuerpos legales; la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; la ley Nº
18.359, que crea el cargo de Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo en el
entonces Ministerio del Interior; el decreto con fuerza de ley Nº 1-18.359, de 1985, del entonces
Ministerio del Interior, que traspasa y asigna funciones a la Subsecretaría de Desarrollo Regional
y Administrativo; el decreto Nº 559, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,
que designa al Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo; la resolución exenta Nº
222, de 14 de enero de 2021, de esta Subsecretaría, que individualiza el personal municipal que
habiendo postulado cumpliendo los requisitos para acceder a los beneficios de incentivo al retiro
previstos en la ley Nº 21.135, en los procesos de asignación de cupos correspondientes a los años
2018 y 2019, no alcanzaron a resultar beneficiarios por falta de plazas, lo que, en consecuencia,
pasaron a integrar el listado preferente para los procesos de los años siguientes; la circular Nº
267, de 26 de enero de 2021, de igual repartición, que informa el procedimiento para acceder a
los beneficios de incentivo al retiro voluntario de manera adelantada a la época en que
correspondería adquirir la calidad de beneficiario, en virtud de lo previsto en el artículo 47 de la
ley Nº 21.306; lo señalado en las resoluciones Nº 7, de 2019, y Nº 16, de 2020, de la Contraloría
General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón, y los
antecedentes remitidos por las municipalidades que se indica, y la documentación enviada por la
Municipalidad de Osorno.
Considerando:
1º Que, el artículo 47 de la ley Nº 21.306, prevé que los funcionarios y funcionarias
municipales y los trabajadores de los cementerios municipales, que habiendo postulado al
proceso de los cupos correspondientes al año 2018 de la ley Nº 21.135, y que hayan pasado a
integrar en forma preferente el listado de seleccionados de dicho proceso conforme a lo dispuesto
en el artículo 6º de la citada ley, correspondiéndoles el beneficio en los años siguientes, podrán
acceder anticipadamente al cupo respectivo, siempre que tengan la condición de enfermos
terminales debidamente certificado por el médico tratante. El número máximo de cupos a
anticipar serán 61, los cuales serán descontados de las anualidades que hubieren correspondido al
respectivo beneficiario. A partir de la publicación de esta ley, la Subsecretaría de Desarrollo

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