Resolución exenta número 1.490, de 2023.- Da inicio al proceso de revisión del decreto N° 122, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas del Lago Llanquihue - 2 de Febrero de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 980987813

Resolución exenta número 1.490, de 2023.- Da inicio al proceso de revisión del decreto N° 122, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas del Lago Llanquihue

Número de registroCVE-2446395
Fecha de publicación02 Febrero 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Número de Gaceta43.766
CVE 2446395 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.766 | Viernes 2 de Febrero de 2024 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2446395
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
DA INICIO AL PROCESO DE REVISIÓN DEL DECRETO SUPREMO N° 122, DE 2009,
DEL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA, QUE
ESTABLECE NORMAS SECUNDARIAS DE CALIDAD AMBIENTAL PARA LA
PROTECCIÓN DE LAS AGUAS DEL LAGO LLANQUIHUE
(Resolución)
Núm. 1.490 exenta.- Santiago, 29 de diciembre de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley
N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo
texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N°
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 19.880, que
establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos
de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 38, de 2012, del Ministerio del Medio
Ambiente, que Aprueba Reglamento para la Dictación de Normas de Calidad Ambiental y de
Emisión; en el decreto supremo N° 122, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las
aguas del lago Llanquihue; en la resolución exenta N° 1.206, de 2022, que establece el Programa
de Regulación Ambiental 2022-2023; en la resolución exenta N° 893, de 31 de agosto de 2023,
de la Subsecretaría del Medio Ambiente, que extiende medidas extraordinarias de visación de
documentos del Ministerio del Medio Ambiente - Subsecretaría del Medio Ambiente; en el
Memorándum N° 212, de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría Regional Ministerial del
Medio Ambiente de la Región de Los Lagos; en el Memorándum RR.NN. N° 445, de 22 de
noviembre de 2023, de la División de Recursos Naturales y Biodiversidad del Ministerio del
Medio Ambiente; en la resolución exenta N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la
República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
1.- Que, conforme al artículo 69 de la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio
Ambiente, el Ministerio del Medio Ambiente es la Secretaría de Estado encargada de colaborar
con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en
materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los
recursos naturales renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la integridad de
la política ambiental y su regulación normativa.
2.- Que, el artículo 70 letra n) de la citada ley N° 19.300, dispone que al Ministerio del
Medio Ambiente le corresponde especialmente coordinar el proceso de generación de las normas
de calidad ambiental, de emisión y de planes de prevención y/o descontaminación, determinando
los programas para su cumplimiento.
3.- Que, mediante decreto supremo N° 122, de 2009, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, publicada en el Diario Oficial en junio de 2010, se establecieron las normas
secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas del lago Llanquihue (en

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