Resolución exenta número 1.466, de 2023.- Incorpora vías para la circulación de vehículos de locomoción colectiva urbana en la comuna de Parral - 3 de Enero de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 973826905

Resolución exenta número 1.466, de 2023.- Incorpora vías para la circulación de vehículos de locomoción colectiva urbana en la comuna de Parral

Número de registroCVE-2430545
Fecha de publicación03 Enero 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.740
CVE 2430545 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.740 | Miércoles 3 de Enero de 2024 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2430545
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Secretaría Regional Ministerial Región del Maule
INCORPORA VÍAS PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN
COLECTIVA URBANA EN LA COMUNA DE PARRAL
(Resolución)
Núm. 1.466 exenta.- Talca, 18 de diciembre de 2023.
Visto:
El artículo 3º de la ley Nº 18.696; la Resolución Nº 36, de 31 de mayo de 1991,
complementada por la Resolución Nº 10, de 31 de enero de 1992, ambas del Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones; el decreto supremo Nº 212, de 1992, del Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones; el Oficio Nº 5662 de 26 de febrero de 2023; el Oficio Nº
5663 de 26 de febrero de 2023, y el Oficio Nº 7986 de 21 de marzo de 2023, todos de la
Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule; el
Ord. Nº 446, de 1 de septiembre de 2023, de la Dirección de Tránsito de la Ilustre Municipalidad
de Parral; el Oficio Nº 97, del 17 de marzo 2023, e Informe Nº 04-F-2023, del 11 de julio de
2023 de la Prefectura de Talca Nº 14, Subcom. IAT y Carreteras, de Carabineros de Chile; la
Resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás normativa
aplicable.
Considerando:
1. Que, existen servicios de locomoción colectiva urbana interesados en hacer uso de las
vías individualizadas en la parte resolutiva de este instrumento.
2. Que el artículo 11 del DS Nº 212/92, citado en visto, establece que "Los trazados de los
servicios de locomoción colectiva deberán considerar sólo vías autorizadas por el Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones".
3. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la resolución Nº 36, de 1991, complementada
por la resolución Nº 10, de 1992, ambas citadas en visto, se solicitó el pronunciamiento a la
Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Parral, y a la Prefectura de Talca Nº 14, Subcom.
IAT, y Carreteras de Carabineros de Chile.
4. Que, esta Secretaría Regional ha considerado conveniente, conforme a los antecedentes
citados en visto, incorporar vías por las que circulen los vehículos que prestan servicios de
locomoción colectiva, las cuales se individualizarán en el resuelvo primero.
Resuelvo:
1. Incorpórense en la comuna de Parral, las siguientes vías por las cuales podrán circular
vehículos que prestan servicios de locomoción colectiva urbana de pasajeros.

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