Resolución exenta número 1, de 2023.- Determina límites definitivos a las tasas de intercambio en primer proceso para la determinación de límites a las tasas de intercambio - 26 de Abril de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 929664214

Resolución exenta número 1, de 2023.- Determina límites definitivos a las tasas de intercambio en primer proceso para la determinación de límites a las tasas de intercambio

Fecha de publicación26 Abril 2023
Número de registroCVE-2304738
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta43.536
CVE 2304738 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.536 | Miércoles 26 de Abril de 2023 | Página 1 de 13
Normas Generales
CVE 2304738
MINISTERIO DE HACIENDA
Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio
DETERMINA LÍMITES DEFINITIVOS A LAS TASAS DE INTERCAMBIO EN
PRIMER PROCESO PARA LA DETERMINACIÓN DE LÍMITES A LAS TASAS DE
INTERCAMBIO
(Resolución)
Núm. 1 exenta.- Santiago, 22 de febrero de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 3 y 48 de la ley N° 19.880, que Establece bases de los
procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del
Estado; en los artículos 1, 3, 7, 8, segundo transitorio y cuarto transitorio de la ley N° 21.365,
que Regula las Tasas de Intercambio de Tarjetas de Pago; la resolución exenta N° 1, de 6 de
agosto de 2021, del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio; la resolución
exenta N° 1, de 4 de febrero de 2022, del Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de
Intercambio; lo acordado por el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio en
las sesiones de fechas 26 de enero de 2023 y 22 de febrero de 2023; y, en la resolución N° 7, de
2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, en la sesión del Comité de fecha 26 de enero de 2023, se determinaron los límites
definitivos a las tasas de intercambio para el presente proceso, y en la sesión de fecha 22 de
febrero de 2023 se determinaron límites adicionales y se finalizó la redacción de los
antecedentes, argumentos y criterios a considerar dentro de la resolución, de conformidad a lo
consignado en las actas de dichas sesiones.
I. Antecedentes normativos
2. Que, con fecha 6 de agosto de 2021, se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.365, que
regula los límites a las tasas de intercambio de tarjetas de pago (en adelante, la "Ley de Tasas de
Intercambio"), la cual creó el Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio
aplicables a transacciones con tarjetas (en adelante, el "Comité"), entre emisores y operadores,
correspondientes a la venta de bienes o la prestación de servicios por entidades afiliadas en el
país, sea que los pagos respectivos se realicen en forma directa o por intermedio del respectivo
titular de marca de tarjetas.
3. Que el artículo 8 de la Ley de Tasas de Intercambio establece, en su literal a), que el
Comité deberá publicar en su sitio web la resolución en que conste el acuerdo de iniciar un
proceso para la determinación de límites a las tasas de intercambio, el que fue publicado con
fecha 6 de agosto de 2021, y donde se señala:
"El Comité para la Fijación de Límites a las Tasas de Intercambio ("Comité") celebró su
primera sesión con fecha 6 de agosto de 2021, mismo día de la publicación en el Diario Oficial
de la ley N° 21.365 que Regula las Tasas de Intercambio de Tarjetas de Pago ("Ley de Tasas de
Intercambio") y a través de la cual se creó dicha instancia.
(...) El Comité resaltó la necesidad de trabajar con sentido de urgencia para cumplir con los
plazos establecidos por la Ley de Tasas de Intercambio y acordó, por unanimidad, iniciar un

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