Resolución exenta número 1.810, de 2022.- Aprueba Norma N° 230 Técnica sobre las Guías Alimentarias para Chile - 30 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 917025441

Resolución exenta número 1.810, de 2022.- Aprueba Norma N° 230 Técnica sobre las Guías Alimentarias para Chile

Fecha de publicación30 Diciembre 2022
Número de registroCVE-2243677
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Número de Gaceta43.439
CVE 2243677 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.439 | Viernes 30 de Diciembre de 2022 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 2243677
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
APRUEBA NORMA N° 230 TÉCNICA SOBRE LAS GUÍAS ALIMENTARIAS PARA
CHILE
(Resolución)
Núm. 1.810 exenta.- Santiago, 26 de diciembre de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en los párrafos segundo y tercero del numeral 9 del artículo 19 de la
Constitución Política; en el artículo 1 y 4 N° 2 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud,
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763 de 1979 y de las
leyes N° 18.933 y N° 18.469; en los artículos 6°, 7°, y 25 del decreto supremo N° 136, de 2004,
del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de esta Cartera de Estado; lo solicitado en
memorándum B34 N° 481, de fecha 8 de noviembre de 2022, de la Jefa de División de Políticas
Públicas Saludables y Promoción; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la
República; y
Considerando:
1° Que, es función del Ministerio de Salud, dictar normas generales sobre materias técnicas
a los que deberán ceñirse los organismos y entidades del Sistema Nacional de Servicios de Salud
en la ejecución de las que les asigna la ley relacionada con la prevención, promoción, fomento,
protección y recuperación de la salud y de rehabilitación.
2° Que, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura
(FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) apoyan el fomento de entornos
alimentarios saludables, en especial de sistemas alimentarios que promuevan dietas saludables,
para lo cual se requiere la participación de los gobiernos y de los sectores público y privado, de
manera de contribuir a la calidad de vida de la población. En este contexto, se reconoce la
necesidad de la formulación de políticas públicas desde la producción y hasta el consumo, para
que la población disponga de una alimentación saludable, sostenible, inclusiva, diversificada e
inocua.
3° Que, en el marco del decenio "Acción sobre Nutrición", programado por la Asamblea
General de las Naciones Unidas para los años 2016 al 2025, se han realizado diversas acciones,
entre las cuales la actualización de las Guías Alimentarias Basadas en Alimentos (GABAs), es un
tema en la cual la FAO ha estado apoyando a los países, a través del fortalecimiento de
capacidades para su desarrollo o actualización.
4° Que, las Guías GABAs son un componente clave de una política alimentaria y ofrecen un
lineamiento científico sobre cómo se debe alimentar la población, de forma clara y sencilla,
considerando el contexto epidemiológico y cultural de cada país, a fin de promover mejores
hábitos alimentarios y educar al público para mantener una buena salud nutricional y sentar las
bases para la formulación de políticas destinadas a transformar los sistemas agroalimentarios a
otros más saludables.
5° Que, la OMS recomienda que las GABAs de los países deben ser actualizadas
permanentemente, sugiriendo que este proceso sea realizado cada 5 años, en base a situación
alimentario-nutricional y al perfil epidemiológico de la población e incorporando aspectos de
orden social, económico e incluyendo el modelo de sostenibilidad para reducir el impacto

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