Resolución exenta número 1.440, de 2022.- Llama a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el decreto N° 49, de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual, para operaciones de adquisición de vivienda construida o para la asociación o adscripción a una vivienda de la nómina de oferta, en las regiones que indica, y faculta la homologación de subsidios vigentes no pagados, otorgados por los llamados del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, alternativa individual, regulado por el decreto N° 49, de 2011 - 3 de Noviembre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 913620010

Resolución exenta número 1.440, de 2022.- Llama a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el decreto N° 49, de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual, para operaciones de adquisición de vivienda construida o para la asociación o adscripción a una vivienda de la nómina de oferta, en las regiones que indica, y faculta la homologación de subsidios vigentes no pagados, otorgados por los llamados del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, alternativa individual, regulado por el decreto N° 49, de 2011

Fecha de publicación03 Noviembre 2022
Número de registroCVE-2210065
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta43.391
CVE 2210065 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.391 | Jueves 3 de Noviembre de 2022 | Página 1 de 6
Normas Generales
CVE 2210065
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
LLAMA A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL
OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO
SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.),
DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN
INDIVIDUAL, PARA OPERACIONES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDA
CONSTRUIDA O PARA LA ASOCIACIÓN O ADSCRIPCIÓN A UNA VIVIENDA DE
LA NÓMINA DE OFERTA, EN LAS REGIONES QUE INDICA, Y FACULTA LA
HOMOLOGACIÓN DE SUBSIDIOS VIGENTES NO PAGADOS, OTORGADOS POR
LOS LLAMADOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE
ELECCIÓN DE VIVIENDA, ALTERNATIVA INDIVIDUAL, REGULADO POR EL DS
N° 49 (V. Y U.), DE 2011
(Resolución)
Santiago, 26 de octubre de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.440 exenta.
Visto:
a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa
Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en especial lo dispuesto en su artículo 21,
sobre la realización de llamados a procesos de selección en condiciones especiales y la
posibilidad de eximir, liberar, condicionar o modificar requisitos, impedimentos, condiciones y
exigencias establecidas para las familias y para los proyectos participantes;
b) El decreto supremo N° 355 (V. y U.), de 1976 y sus modificaciones, que aprueba el
reglamento orgánico de los Servicios de Vivienda y Urbanización;
c) La resolución exenta N° 2.007 (V. y U.), de fecha 17 de diciembre de 2021, que autoriza
efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2022 en el
otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre
otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49 (V. y U.) de 2011;
d) La resolución exenta N° 1.874 (V. y U.), de fecha 20 de marzo de 2015, que establece
factores multiplicadores del monto de subsidio base, de acuerdo a las características específicas
de cada tipología, para todas las comunas del país, conforme lo establecido en el inciso segundo
del artículo 34 del DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones;
e) La resolución exenta N° 1.875 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que Fija el
Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social a
Programa que indica;
f) La Ley N° 21.180, de Transformación Digital del Estado;
g) El DS N° 71, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de fecha 20 de mayo de
2022, que extiende vigencia de Cédulas de Identidad para chilenos y chilenas, conforme se
indica;
h) La ley N° 21.450 sobre Integración Social en la Planificación Urbana, Gestión de Suelo y
Plan de Emergencia Habitacional;
i) El DFL 458 (V. y U.), de 1976, que aprueba la Ley General de Urbanismo y
Construcciones, y

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