Resolución exenta número 1.898, de 2022.- Inicia proceso de invalidación del Plan Anual Local Año 2022, y confiere traslado
Fecha de publicación | 28 Julio 2022 |
Número de registro | CVE-2162818 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Número de Gaceta | 43.313 |
CVE 2162818 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.313 | Jueves 28 de Julio de 2022 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 2162818
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación / Servicio Local de Educación Pública Colchagua
INICIA PROCESO DE INVALIDACIÓN DEL PLAN ANUAL LOCAL AÑO 2022, DEL
SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE COLCHAGUA Y CONFIERE
TRASLADO
(Resolución)
Núm. 1.898 exenta.- San Fernando, 18 de julio de 2022.
Visto:
1. Lo dispuesto en la Constitución Política de la República;
2. Ley N° 21.040 de 2017, que crea el Sistema de Educación Pública;
3. En el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el
texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo;
4. En la Ley N° 21.109, que Aprobó el Estatuto de los Asistentes de la Educación;
5. En la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración
del Estado;
6. En la Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los
Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
7. En el decreto con fuerza de ley N° 60, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija
planta de personal del Servicio Local de Educación Pública de Colchagua que comprende las
comunas de San Fernando, Chimbarongo, Nancagua y Placilla, y otras materias que indica;
8. El DFL N° 1, de 1997, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°
19.070, que Aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que lo
complementan y modifican;
9. En el decreto supremo N° 6, de fecha 9 de enero de 2020, publicado en el Diario Oficial
con fecha 26 de febrero de la misma anualidad que Designa Director Ejecutivo del Servicio
Local de Educación Pública de Colchagua, de conformidad al artículo veintiuno de la ley N°
21.040 de 2017;
10. En la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón de las materias de personal que indica;
11. En el dictamen N° E219177/2022, de fecha 31 de mayo de 2022, que Atiende oficio N°
83.309, de 2021, del Prosecretario de la Cámara de Diputados, y el requerimiento que indica,
respecto del Plan Anual del Servicio Local de Educación Pública de Colchagua y demás normas
pertinentes.
Considerando:
1. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 letra a) de la Ley N° 21.040, que Crea
el Sistema de Educación Pública, al Director Ejecutivo de un Servicio Local le corresponderán
las siguientes funciones: dirigir, organizar, administrar y gestionar el Servicio Local velando por
la mejora continua de la calidad de la Educación Pública en el territorio de su competencia.
2. Que, el Prosecretario de la Cámara de Diputados, a requerimiento de la entonces diputada
señora Alejandra Sepúlveda Orbenes, ha solicitado a esta Entidad de Control elaborar un informe
respecto de la legalidad de los ceses del personal docente perteneciente al Servicio Local de
Educación Pública de Colchagua -SLEP de Colchagua-, con desempeño en las comunas de San
Fernando, Placilla, Chimbarongo y Nancagua.
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