Resolución exenta número 1.076, de 2022.- Delega en funcionarios de la Subsecretaría de Transportes la facultad de confirmar validez, vigencia y equivalencia de licencias de conductor extranjeras en el marco de los tratados internacionales que indica - 9 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 898423306

Resolución exenta número 1.076, de 2022.- Delega en funcionarios de la Subsecretaría de Transportes la facultad de confirmar validez, vigencia y equivalencia de licencias de conductor extranjeras en el marco de los tratados internacionales que indica

Fecha de publicación09 Marzo 2022
Número de registroCVE-2096315
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.198
CVE 2096315 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.198 | Miércoles 9 de Marzo de 2022 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2096315
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Transportes
DELEGA EN FUNCIONARIOS DE LA SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES LA
FACULTAD DE CONFIRMAR VALIDEZ, VIGENCIA Y EQUIVALENCIA DE
LICENCIAS DE CONDUCTOR EXTRANJERAS EN EL MARCO DE LOS TRATADOS
INTERNACIONALES QUE SE INDICAN
(Resolución)
Núm. 1.076 exenta.- Santiago, 28 de febrero de 2022.
Vistos:
Los artículos 5°, 23° y 41° del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que "Fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado"; el decreto con fuerza de ley N° 343, de 1953, que "Determina la
organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes"; el artículo 1° letra h) del decreto
con fuerza de ley N° 279, de 1960, que "Fija normas sobre atribuciones del Ministerio de
Economía en materia de transportes y reestructuración de la Subsecretaría de Transportes", y el
decreto ley N° 557, de 1974, que "Crea el Ministerio de Transportes", todos del Ministerio de
Hacienda; la ley N° 19.254, que fija plantas de personal de las Subsecretarías de Transportes y de
Telecomunicaciones y de la Junta de Aeronáutica Civil; la resolución exenta N° 155, de fecha 19
de febrero de 2014, que "Fija la organización funcional de la Subsecretaría de Transportes", de la
Subsecretaría de Transportes; el decreto supremo N° 140, de 2005, que "Promulga el Acuerdo
con España sobre reconocimiento recíproco y canje de los permisos de conducir nacionales, su
anexo y corrección"; el decreto supremo N° 129 de 2008, que "Promulga el Acuerdo sobre
reconocimiento mutuo de licencias de conductor entre el Gobierno de la República de Chile y el
Gobierno de la República de Corea"; el decreto supremo N° 229 de 2018, que "Promulga el
Acuerdo entre la República de Chile y la República del Perú sobre reconocimiento recíproco y
canje de licencia de conducir"; el decreto supremo N° 113, de 2021, que "Promulga el Acuerdo
entre la República de Chile y la República del Ecuador sobre Reconocimiento Recíproco y Canje
de Licencias de Conducir"; el decreto supremo N° 114, de 2021, que "Promulga el Acuerdo con
Colombia sobre Reconocimiento Recíproco de Licencias de Conducir", y el decreto supremo N°
173, de 2021, que "Promulga el Acuerdo con la República Argentina sobre el Reconocimiento
Recíproco y Canje de Licencias de Conducir", todos del Ministerio de Relaciones Exteriores; la
resolución exenta N° 4.067, de fecha 16 de diciembre de 2021, que "Delega en funcionarios de la
Subsecretaría de Transportes la facultad de Confirmar Validez, Vigencia y Equivalencia de
Licencias de Conductor Extranjeras en el marco de los Tratados Internacionales que se indican"
de la Subsecretaría de Transportes; la resolución exenta N° 7, de fecha 29 de marzo de 2019, de
la Contraloría General de la República, que "Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma
de Razón", y demás normativa aplicable.
Y considerando:
1° La necesidad de ejercer de la forma más expedita los procedimientos que dan lugar a los
canjes y reconocimientos de licencia de conductor, conforme a los tratados internacionales que
ha suscrito la República de Chile con otros Estados.
2° El rol fiscalizador de la Subsecretaría de Transportes con respecto al cumplimiento de los
tratados internacionales celebrados por la República de Chile en materia de tránsito.

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