Resolución exenta número 1.292, de 2022.- Establece obligatoriedad de utilización de la Prueba de Acceso a la Educación Superior de Competencia Matemática 2, para el proceso de admisión 2023, para las carreras determinadas por el Comité Técnico de Acceso del Subsistema Universitario, que indica - 7 de Marzo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 898377375

Resolución exenta número 1.292, de 2022.- Establece obligatoriedad de utilización de la Prueba de Acceso a la Educación Superior de Competencia Matemática 2, para el proceso de admisión 2023, para las carreras determinadas por el Comité Técnico de Acceso del Subsistema Universitario, que indica

Fecha de publicación07 Marzo 2022
Número de registroCVE-2095353
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.196
CVE 2095353 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.196 | Lunes 7 de Marzo de 2022 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2095353
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación Superior
ESTABLECE OBLIGATORIEDAD DE UTILIZACIÓN DE LA PRUEBA DE ACCESO
A LA EDUCACIÓN SUPERIOR DE COMPETENCIA MATEMÁTICA 2, PARA EL
PROCESO DE ADMISIÓN 2023, PARA LAS CARRERAS DETERMINADAS POR EL
COMITÉ TÉCNICO DE ACCESO DEL SUBSISTEMA UNIVERSITARIO, QUE
INDICA
(Resolución)
Núm. 1.292 exenta.- Santiago, 23 de febrero de 2022.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República de Chile; en
la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado,
cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N°
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N° 19.880, que
establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la
administración del Estado; en la ley N° 18.956 que reestructura el Ministerio de Educación
Pública; en la ley N° 21.091, sobre Educación Superior; en el decreto supremo N° 407, de 2018,
del Ministerio de Educación, que reglamenta la constitución y funcionamiento de los comités
técnicos de acceso para el subsistema universitario y para el subsistema técnico profesional; en la
resolución exenta N° 4.819, de 2020, que estableció procesos e instrumentos del Sistema de
Acceso a las instituciones de educación superior, de la Subsecretaría de Educación Superior, y
sus modificaciones; en el memorándum interno N° 06/137, de fecha 4 de febrero de 2022, del
Secretario Técnico del Comité Técnico de Acceso del Subsistema Universitario; en el acta de
sesión N° 32, de fecha 27 de enero de 2022, del Comité Técnico del Subsistema Universitario;
y en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1°. Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada mediante la ley N° 21.091, sobre
Educación Superior, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo
establecido en la letra d) del artículo 3° de la ley N° 18.956.
2°. Que, la precitada ley N° 21.091, en el párrafo 3° de su Título I, regula la creación del
Sistema de Acceso a las Instituciones de Educación Superior, en adelante el "Sistema de
Acceso", el que establecerá procesos e instrumentos para la postulación y admisión de
estudiantes a las instituciones de educación superior adscritas a éste, respecto de carreras o
programas de estudios conducentes a títulos técnicos y profesionales o licenciaturas.
3°. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 13 de la ley N° 21.091,
le corresponderá a la Subsecretaría de Educación Superior establecer mediante actos
administrativos los procedimientos e instrumentos del Sistema de Acceso, aprobados
previamente por el comité de acceso respectivo.

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