Resolución exenta número 1.169, de 2021.- Complementa resolución N° 1.144 exenta, en el sentido que indica, selecciona a las comunidades que señala llamado a postulación para el desarrollo de proyectos de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo III, para proyectos de Condominio de Viviendas, dispuesto en resolución N° 184, y sus modificaciones, regulado por el decreto N° 27, de 2016, y dispone asignación de recursos para la Región de la Araucanía, que se destinarán al financiamiento de los proyectos seleccionados - 8 de Enero de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 879681871

Resolución exenta número 1.169, de 2021.- Complementa resolución N° 1.144 exenta, en el sentido que indica, selecciona a las comunidades que señala llamado a postulación para el desarrollo de proyectos de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo III, para proyectos de Condominio de Viviendas, dispuesto en resolución N° 184, y sus modificaciones, regulado por el decreto N° 27, de 2016, y dispone asignación de recursos para la Región de la Araucanía, que se destinarán al financiamiento de los proyectos seleccionados

Número de registroCVE-2068531
Fecha de publicación08 Enero 2022
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta43.147
CVE 2068531 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.147 | Sábado 8 de Enero de 2022 | Página 1 de 4
Normas Particulares
CVE 2068531
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Secretaría Regional Ministerial Región de la Araucanía
COMPLEMENTA RESOLUCIÓN N° 1.144 EXENTA DE (V. Y U.), EN EL SENTIDO
QUE INDICA, SELECCIONA A LAS COMUNIDADES QUE SEÑALA LLAMADO A
POSTULACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO
DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO III, PARA PROYECTOS DE CONDOMINIO
DE VIVIENDAS, DISPUESTO EN RES. 184 (V. Y U.), Y SUS MODIFICACIONES,
REGULADO POR EL DS 27 (V. Y U.) 2016 Y, DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS
PARA LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, QUE SE DESTINARÁN AL
FINANCIAMIENTO DE LOS PROYECTOS SELECCIONADOS
(Resolución)
Núm. 1.169 exenta.- Temuco, 22 de diciembre de 2021.
Vistos:
1. La Ley N° 16.931, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
2. El decreto ley N° 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda
y Urbanismo.
3. El DS N° 397 (V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Regionales
Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
4. La resolución N° 7/2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre la exención del trámite de toma de razón.
5. La Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado.
6. La facultad que confiere el inciso segundo del artículo 15, de la ley N° 20.898, para
otorgar subsidios a comunidades de copropietarios, de acuerdo con la ley N° 19.537, sobre
Copropiedad Inmobiliaria.
7. El decreto supremo N° 27 (V. y U.), de 2016 y su modificación, que regula el Programa
de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.
8. La resolución exenta N° 68, del Ministerio de Hacienda y Ministerio de Vivienda y
Urbanismo, de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o
comprometer recursos en el otorgamiento de Subsidios Habitacionales durante el año 2021, en
Sistemas y Programas Habitacionales que indica.
9. La resolución exenta N° 1.237 (V. y U.), de fecha 24 de mayo de 2019, que fija
Procedimientos para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de
Obras a Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.
10. La circular N° 1, de fecha 25 de enero de 2021, del Subsecretario de Vivienda y
Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2021.
11. La circular N° 19, de fecha 20.09.2021, que modifica el Programa Habitacional 2021.
12. La circular N° 125, de fecha 27 de febrero de 2018, de la División de Desarrollo Urbano
del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que se refiere al artículo 2° de la ley N° 19.537, sobre
Copropiedad Inmobiliaria, específicamente sobre los bienes comunes edificados.
13. El oficio N° 116, de fecha 28 de enero de 2021, del Jefe de la División Técnica de
Estudio y Fomento Habitacional que adjunta el Itemizado técnico de obras y sus anexos

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