Resolución exenta número 1.183, de 2021.- Reconoce, por solicitud municipal, Humedal Urbano de Linares - 16 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 879142419

Resolución exenta número 1.183, de 2021.- Reconoce, por solicitud municipal, Humedal Urbano de Linares

Fecha de publicación16 Diciembre 2021
Número de registroCVE-2055815
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
Número de Gaceta43.129
CVE 2055815 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.129 | Jueves 16 de Diciembre de 2021 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2055815
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
RECONOCE, POR SOLICITUD MUNICIPAL, HUMEDAL URBANO DE LINARES
(Resolución)
Núm. 1.183 exenta.- Santiago, 20 de octubre de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 70 letra z) de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio
Ambiente; en la ley Nº 21.202, que Modifica diversos cuerpos legales con el objetivo de proteger
los humedales urbanos; en el decreto supremo Nº 15, de 2020, del Ministerio del Medio
Ambiente, que establece Reglamento de la ley Nº 21.202, que Modifica diversos cuerpos legales
con el objetivo de proteger los humedales urbanos; en la solicitud de reconocimiento de humedal
urbano contenido en el ordinario alcaldicio Nº 494/2, de 20 de abril de 2021 presentado por la
Municipalidad de Linares; en la resolución Nº 73, de 4 de mayo de 2021, de la Secretaría
Regional del Ministerio del Medio Ambiente de la Región del Maule, que declara admisible
solicitud de reconocimiento de Humedal Urbano de Linares presentada por la Municipalidad de
Linares; en la resolución exenta Nº 249, de 2020, del Ministerio del Medio Ambiente, que
instruye medidas extraordinarias de visación de documentos del Ministerio del Medio
Ambiente-Subsecretaría del Medio Ambiente a raíz de la alerta sanitaria por Emergencia de
Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote de coronavirus (COVID-19); en la
resolución exenta Nº 1.118, de 2021, del Ministerio del Medio Ambiente, que modifica e
instruye medidas extraordinarias de visación de Documentos del Ministerio del Medio Ambiente
- Subsecretaría del Medio Ambiente, a raíz de la Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud
Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote de coronavirus (COVID-19); en el
memorándum Nº 445/2021, de 18 de octubre de 2021, de la División de Recursos Naturales y
Biodiversidad del Ministerio del Medio Ambiente; en los demás antecedentes que constan en el
expediente administrativo; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la
República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y,
Considerando:
1. Que el artículo l° de la ley Nº 21.202 establece que tiene por objeto proteger los
Humedales Urbanos declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, de oficio o a petición del
municipio respectivo, entendiendo por tales todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y
turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean estas de régimen natural o artificial, permanentes
o temporales, estancadas o corrientes, dulce, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua
marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o
parcialmente dentro del límite urbano.
2. Que el procedimiento de declaración de Humedales Urbanos a solicitud de los municipios
se encuentra regulado en el artículo 6 y siguientes del DS Nº 15, de 2020, del Ministerio del
Medio Ambiente, que establece Reglamento de la ley Nº 21.202, que Modifica diversos cuerpos
legales con el objetivo de proteger los humedales urbanos ("Reglamento").
3. Que, mediante el ordinario alcaldicio Nº 494/2, presentado por la Municipalidad de
Linares, ingresado a oficina de partes de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente
de la Región del Maule con fecha 21 de abril de 2021, la Municipalidad solicitó el
reconocimiento del Humedal Urbano de Linares, de la comuna de Linares, Región del Maule,
con una superficie de 1,58 hectáreas, ubicado totalmente dentro del límite urbano. Asimismo, en
dicha solicitud acompañó la cartografía propuesta, entre otros antecedentes.

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