Resolución exenta número 1.487, de 2021.- Asigna directamente subsidios habitacionales del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el decreto Nº 27, de 2016, Capítulo Tercero, para el Condominio de Viviendas, Copropiedad H4 del Conjunto Habitacional San Miguel de Mossimo, de la comuna de San Miguel, Región Metropolitana - 2 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878779749

Resolución exenta número 1.487, de 2021.- Asigna directamente subsidios habitacionales del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el decreto Nº 27, de 2016, Capítulo Tercero, para el Condominio de Viviendas, Copropiedad H4 del Conjunto Habitacional San Miguel de Mossimo, de la comuna de San Miguel, Región Metropolitana

Número de registroCVE-2050172
Fecha de publicación02 Diciembre 2021
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta43.118
CVE 2050172 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.118 | Jueves 2 de Diciembre de 2021 | Página 1 de 3
Normas Particulares
CVE 2050172
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana
ASIGNA DIRECTAMENTE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE
MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL D.S. Nº 27 (V.
Y U.), DE 2016, CAPÍTULO TERCERO, PARA EL CONDOMINIO DE VIVIENDAS,
COPROPIEDAD H4 DEL CONJUNTO HABITACIONAL SAN MIGUEL DE
MOSSIMO, DE LA COMUNA DE SAN MIGUEL, REGIÓN METROPOLITANA
(Resolución)
Santiago, 25 de noviembre de 2021.- Con esta fecha se ha dictado la siguiente:
Núm. 1.487 exenta.
Vistos:
1. La facultad que confiere al Ministro de Vivienda y Urbanismo el artículo 26 del DS Nº 27
(V. y U.), de 2016, que reglamenta el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, para
asignar directamente mediante resoluciones fundadas hasta un 30% de la cantidad de recursos
dispuestos, para la atención de personas que se encuentren en situaciones especiales de urgente
necesidad habitacional, derivadas de casos fortuitos de fuerza mayor u otros, o proyectos que el
Minvu califique como de extrema relevancia, y además para eximir a los beneficiarios del
cumplimiento de uno o más requisitos, modificar condiciones o requisitos, eliminar
impedimentos, o incluso disponer el aumento de los montos de subsidios establecidos por el
referido decreto.
2. La resolución exenta Nº 6.042 (V. y U.), del 14 de mayo de 2017 y sus modificaciones,
que me delega la facultad de asignar directamente subsidios en la modalidad individual, grupal o
colectiva, a que se refiere el inciso primero del artículo 26 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, hasta
por un 10% de los montos del programa habitacional dispuestos para la Región para la atención
de personas que se encuentren en situaciones especiales de urgente necesidad habitacional,
derivadas de casos fortuitos, de fuerza mayor u otros, o para la atención de los damnificados
como consecuencias de incendios, sismos, inundaciones, u otras catástrofes, conforme a la ley Nº
16.282, cuyo texto refundido fue fijado por el DS Nº 104, de Interior, de 1977, o proyectos que el
Seremi califique como de extrema relevancia.
3. La resolución exenta Nº 68, del Ministerio de Hacienda y Ministerio de Vivienda y
Urbanismo, de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza a efectuar llamados a postulación y/o
comprometer recursos en el otorgamiento de Subsidios Habitacionales durante el año 2021 en
Sistemas y Programas Habitacionales que indica.
4. La circular Nº 1, de fecha 25 de enero de 2021, del Subsecretario de Vivienda y
Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2021.
5. La resolución exenta Nº 353 (V. y U.), de fecha 19 de marzo de 2021, que autoriza a los
Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo para efectuar Llamados
especiales correspondientes al Capítulo III: Proyectos para Condominios de Vivienda, del
decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016, en las regiones para las Regiones de Antofagasta,
Valparaíso, Metropolitana, del Libertador Bernardo O'Higgins, del Maule, del Biobío, la
Araucanía y Los Lagos.
6. La resolución exenta Nº 336, de fecha 1 de abril de 2021 y sus modificaciones, de esta
Secretaría Ministerial, que llama a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de
proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo Tercero, proyectos
para condominios de viviendas sociales, Región Metropolitana.

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