Resolución exenta número 1.779, de 2021.- Modifica resolución N° 241 exenta, de 2021, y aprueba nómina de postulantes beneficiados, del tercer proceso de selección del llamado a postulación nacional en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el decreto N° 255, de 2006, correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados al financiamiento de materiales de construcción, para el mejoramiento de techumbre e impermeabilización de viviendas - 16 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878265138

Resolución exenta número 1.779, de 2021.- Modifica resolución N° 241 exenta, de 2021, y aprueba nómina de postulantes beneficiados, del tercer proceso de selección del llamado a postulación nacional en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el decreto N° 255, de 2006, correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados al financiamiento de materiales de construcción, para el mejoramiento de techumbre e impermeabilización de viviendas

Fecha de publicación16 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2040961
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta43.104
CVE 2040961 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.104 | Martes 16 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 4
Normas Particulares
CVE 2040961
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 241 EXENTA (V. Y U.) DE 2021, Y APRUEBA NÓMINA
DE POSTULANTES BENEFICIADOS, DEL TERCER PROCESO DE SELECCIÓN DEL
LLAMADO A POSTULACIÓN NACIONAL EN CONDICIONES ESPECIALES PARA
EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA DE
PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL D.S. N° 255 (V.
Y U.), DE 2006, CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA
VIVIENDA, DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE MATERIALES DE
CONSTRUCCIÓN, PARA EL MEJORAMIENTO DE TECHUMBRE E
IMPERMEABILIZACIÓN DE VIVIENDAS
(Resolución)
Santiago, 10 de noviembre de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.779 exenta.
Visto:
a) El DS N° 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de
Protección del Patrimonio Familiar;
b) La resolución exenta N° 68 (V. y U.), de 2021, que autoriza efectuar llamados a
postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021 en el otorgamiento de subsidios
habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del
Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006.
c) La resolución exenta N° 241 (V. y U.) de 2021 y sus modificaciones, que llama a
postulación nacional en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales
del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de
2006, correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados al financiamiento
de materiales de construcción, para el mejoramiento de techumbre e impermeabilización de
viviendas.
Considerando:
a) El interés del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de brindar atención a familias cuyas
viviendas requieren de reparación, específicamente en la zona de cubierta y techumbre
deterioradas en su materialidad, con filtraciones u otros defectos posibles de reparar a través de
un subsidio en modalidad Banco de Materiales.
b) Que, habiendo finalizado el tercer proceso de postulación del llamado singularizado en el
literal c) de los Vistos, corresponde efectuar la selección de los participantes.
c) Lo dispuesto en la letra d) del artículo 13 del DS N° 255 (V, y U.), de 2006, en cuanto a
que las resoluciones que dispongan los llamados fijarán las condiciones de postulación y todas
aquellas operaciones que incidan en la aplicación práctica del programa ya señalado.
d) Que, dada la gran cantidad de postulantes al cuarto proceso de postulación, es necesario
efectuar una modificación de la operatoria de la revisión de los proyectos, para hacer más
eficiente la acción de Serviu.
e) Los correos electrónicos de fecha 3 y 5 de noviembre de 2021, de los Jefes de la División
de Política Habitacional y de la División Jurídica, respectivamente, que dan cuenta de la
conformidad con el tenor del presente acto administrativo.

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