Resolución exenta número 1.098, de 2021.- Autoriza comercialización de productos de tabaco que indica
Fecha de publicación | 15 Noviembre 2021 |
Número de registro | CVE-2040651 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Número de Gaceta | 43.103 |
CVE 2040651 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.103 | Lunes 15 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 2040651
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
AUTORIZA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 1.098 exenta.- Santiago, 3 de noviembre de 2021.
Visto:
725, de 1967, del Ministerio de Salud; en el decreto con fuerza de ley N° 1 de 2005, del
Ministerio de Salud; en el decreto supremo N° 136 de 2004, del Ministerio de Salud; Reglamento
Orgánico de esta Secretaría de Estado; en el artículo 17° del decreto ley N° 828, de 1974, del
Ministerio de Hacienda; en la ley N° 19.419, modificada por la ley N° 20.105 y ley N° 20.660; y
lo establecido en la resolución N° 7 de 2019, de Contraloría General de la República, y
Considerando:
1. Que, se ha solicitado a este Ministerio la autorización para la comercialización de las
marcas de productos de tabaco Marlboro Crafted, en sus variantes Crafted Red (en cajetilla dura
de 20 y 80 [4 cajetillas de 20 cigarrillos] y cajetilla blanda de 20 unidades) y Crafted Blue
(cajetilla dura de 20 y 80 cigarrillos [cuatro cajetillas de 20 cigarrillos] y cajetilla blanda de 20
unidades), comercializada por la empresa Philip Morris Chile Comercializadora Limitada, RUT
N° 76.493.675-2.
2. Que, evaluados los antecedentes aportados por dicha empresa y evacuado el informe
técnico pertinente por parte de la Oficina de Tabaco de la División de Políticas Públicas
Saludables y Promoción del Ministerio de Salud, se ha considerado que la solicitud en análisis es
favorable.
3. Que, la empresa solicitante cumple con lo dispuesto en el decreto ley N° 828, de 1974,
del Ministerio de Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración,
Comercialización e Impuestos que Afectan al Tabaco.
4. Que, la letra d), del artículo 17°, del decreto ley N° 828, de 1974, del Ministerio de
Hacienda, que Establece Normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos
que Afectan al Tabaco, dispone como requisito para la comercialización de productos de tabaco
la obtención de una resolución del Ministerio de Salud para que dichos productos puedan ser
extraídos de la aduana o de la fábrica, según corresponda.
5. Que, conforme y en mérito de lo anterior, dicto la siguiente
Resolución:
1. Autorízase a la empresa Philip Morris Chile Comercializadora Limitada, para la
comercialización en el país de la marca de productos de tabaco Marlboro Crafted, en las
variantes y formatos indicados en la presente resolución, por cuanto se da cumplimiento a lo
dispuesto en la normativa vigente.
Anótese y publíquese.- Enrique Paris Mancilla, Ministro de Salud.
Transcribo para su conocimiento Res. exenta N° 1.098 - 3 de noviembre de 2021.- Por
orden de la Subsecretaria de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Jorge Hübner Garretón,
Jefe de la División Jurídica, Ministerio de Salud.
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