Resolución exenta número 1.693, de 2021.- Llama a grupos organizados a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el decreto N° 49, de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva, para la adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos en la Región del Biobío - 3 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 877689732

Resolución exenta número 1.693, de 2021.- Llama a grupos organizados a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el decreto N° 49, de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva, para la adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos en la Región del Biobío

Fecha de publicación03 Noviembre 2021
Número de registroCVE-2034776
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta43.093
CVE 2034776 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.093 | Miércoles 3 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 10
Normas Generales
CVE 2034776
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
LLAMA A GRUPOS ORGANIZADOS A PROCESO DE SELECCIÓN EN
CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL
PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA,
REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011 Y SUS MODIFICACIONES, EN LA
ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA, PARA LA ADQUISICIÓN DE
TERRENOS Y DESARROLLO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS
TERRENOS EN LA REGIÓN DEL BIOBÍO
(Resolución)
Santiago, 28 de octubre de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.693 exenta.
Visto:
a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa
Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, en adelante también DS N° 49;
b) Lo dispuesto en la Glosa 12 Asociada a la Partida 18 del Presupuesto del Ministerio de
Vivienda y Urbanismo para el año 2021, aprobado por la ley N° 21.289, relativa a la facultad
para permitir la selección y asignación de subsidios por montos superiores a los establecidos en
el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, con el objeto de financiar la adquisición y/o habilitación de
terrenos;
c) La resolución exenta N° 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, y su modificación,
que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021 en el
otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre
otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011, y
Considerando:
a) Que es de interés de este Ministerio contribuir al mejoramiento de las condiciones de
equidad urbana y habitacional, promoviendo la inclusión socio espacial y facilitando el acceso de
los grupos más vulnerables de la población a áreas centrales bien localizadas;
b) Que es necesario implementar mecanismos de acceso equitativo y oportuno a suelos con
aptitud para la construcción de viviendas, para familias organizadas pertenecientes a grupos
vulnerables, especialmente en zonas urbanas bien localizadas, donde su alto valor dificulta el
desarrollo de proyectos habitacionales;
c) Que para implementar medidas que faciliten el acceso a mejores localizaciones en áreas
urbanas, es necesario además impulsar mecanismos de estímulo al ahorro que aportan los
postulantes al programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
d) Que la Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2021, otorga la facultad de asignar
montos mayores de subsidio para facilitar la adquisición y/o habilitación de terrenos bien
localizados y así propender a la construcción de viviendas para familias vulnerables en comunas
de mayor valor de suelo, revirtiendo procesos de segregación socio urbana;
e) Los correos electrónicos de fecha 14 y 22 de octubre de 2021 que dan cuenta de la
conformidad del Jefe de División de Política Habitacional y de la Jefa de División Jurídica, con
el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente:

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