Resolución exenta número 1.917, de 2019.- Aprueba procedimiento de toma de muestras para exámenes en servicio móvil placa patente DJZR55 y en servicio móvil placa patente BGDR91 en la Región de Atacama - 5 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 876555063

Resolución exenta número 1.917, de 2019.- Aprueba procedimiento de toma de muestras para exámenes en servicio móvil placa patente DJZR55 y en servicio móvil placa patente BGDR91 en la Región de Atacama

Fecha de publicación05 Octubre 2021
Número de registroCVE-2020086
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Número de Gaceta43.070
CVE 2020086 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.070 | Martes 5 de Octubre de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2020086
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Servicio Médico Legal
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS PARA EXÁMENES EN
SERVICIO MÓVIL PLACA PATENTE DJZR55 Y EN SERVICIO MÓVIL PLACA
PATENTE BGDR91 EN LA REGIÓN DE ATACAMA
(Resolución)
Núm. 1.917 exenta.- Santiago, 14 de junio de 2019.
Vistos:
El decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653 que fija texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; lo dispuesto en la ley Nº 18.290; el decreto Nº 6/09 del Ministerio de
Salud que Aprueba Reglamento sobre Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención de
Salud; lo establecido en el decreto Nº 218/97 del Ministerio de Salud que Aprueba Reglamento
de Servicios Privados de traslado de enfermos; las facultades que me concede la ley Nº 20.065
sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del personal del Servicio Médico Legal; la
resolución exenta Nº 8.833/10, actualizada por resolución exenta Nº 856/2018, publicada en el
Diario Oficial de la República el 19 de diciembre de 2018, y la resolución Nº 1.600 de 2008,
modificada por resolución Nº 6 de 2019, ambas de la Contraloría General de la República
que fija normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
1.- Que, el Servicio Médico Legal ha fijado los procedimientos de toma de muestra
sanguínea para la práctica de exámenes de alcoholemias, estableciendo los procedimientos
administrativos consustanciales a éste y velando por la seguridad, conservación e
invulnerabilidad de las muestras que serán derivadas a este servicio para su procesamiento,
observando además las normas que constituyan la cadena de custodia y sigilo correspondiente a
todo examen médico legal y el despacho oportuno y reservado de los mismos a los Tribunales,
Ministerio Público u otros organismos competentes que lo soliciten.
2.- Que, el procedimiento para determinar la dosis de alcohol en la sangre está compuesto
por diversas etapas reguladas en el texto sobre Instrucciones y Normativa Técnica sobre
Exámenes de Alcoholemia aprobado por resolución exenta Nº 8.833/2010, actualizada por
resolución exenta Nº 856/2018.
3.- Que, se estima necesario e indispensable contar con establecimientos o servicios
competentes públicos y/o privados, es decir, Servicios de Asistencia Pública, Hospitales. Postas
de Primeros Auxilios de los Servicios de Salud, Clínicas Privadas, que estén capacitados para la
toma de muestras sanguíneas para la realización de exámenes de alcoholemia, cumpliéndose la
Normativa Técnica del Servicio.
4.- Que, la Directora Regional del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
de Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA) Región de Atacama, ha requerido una aprobación
técnica del Área de Laboratorios del Servicio Médico Legal de Atacama, para desempeñar
temporalmente la toma de muestras, en una sede móvil, consistente en dos ambulancias placa
patente Nº DJZR55 y ambulancia placa patente Nº BGDR91 ambas de propiedad de la Sociedad
de Prestaciones Médicas San Francisco LTD, para el traslado simple de enfermos, que cuenta
con las herramientas esenciales para realizar el procedimiento técnico y administrativo requerido,
y con el personal idóneo capacitado previamente en la materia.

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