Resolución exenta número 1.818, de 2019.- Autoriza comercialización de productos de tabaco que indica - 9 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875257971

Resolución exenta número 1.818, de 2019.- Autoriza comercialización de productos de tabaco que indica

Número de registroCVE-1678862
Fecha de publicación09 Noviembre 2019
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Número de Gaceta42.498
CVE 1678862 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.498 | Sábado 9 de Noviembre de 2019 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 1678862
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
AUTORIZA COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS DE TABACO QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 1.818 exenta.- Santiago, 21 de octubre de 2019.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 90º, inciso segundo, del Código Sanitario, aprobado por DFL Nº
725, de 1967, del Ministerio de Salud; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del
Ministerio de Salud; en el decreto supremo Nº 136, de 2004, del Ministerio de
Salud, Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado; en el artículo 17º del decreto ley Nº
828, de 1974, del Ministerio de Hacienda; en la ley Nº 19.419, modificada por la ley Nº 20.105 y
ley Nº 20.660; y lo establecido en la resolución Nº 7, de 2019, de Contraloría General de la
República, y
Considerando:
1. Que, se ha solicitado a este Ministerio la autorización para la comercialización de las
marcas de productos de tabaco Amsterdamer, en sus variantes Apple Ice, Coffee Ice, Grape Ice y
Vanilla, marca Mac Baren, en sus variantes Ripe Peach Choice, Mango Choice, American Blend,
Original Virginia, Virginia Blend y Pure Tobacco, marca For People, en sus variantes Green,
Pure Green, Pure White y Honest Tobacco y marca Raw, en su variante Green (todas en bolsas
de 30 gramos de tabaco picado), todas comercializadas por la empresa Importadora de Tabacos
Nady Basti Ltda., RUT Nº 77.690.970-K.
2. Que, evaluados los antecedentes aportados por dicha empresa y evacuado el informe
técnico pertinente por parte de la Oficina de Tabaco de la División de Políticas Públicas
Saludables y Promoción del Ministerio de Salud, se ha considerado que la solicitud en análisis es
favorable.
3. Que, la empresa solicitante cumple con lo dispuesto en el decreto ley Nº 828, de 1974,
del Ministerio de Hacienda, que establece normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización
e Impuestos que Afectan al Tabaco.
4. Que, la letra d), del artículo 17º, del decreto ley Nº 828, de 1974, del Ministerio de
Hacienda, que establece normas para el Cultivo, Elaboración, Comercialización e Impuestos que
afectan al Tabaco, dispone como requisito para la comercialización de productos de tabaco la
obtención de una resolución del Ministerio de Salud para que dichos productos puedan ser
extraídos de la aduana o de la fábrica según corresponda.
5. Que, conforme y en mérito de lo anterior, dicto la siguiente
Resolución:
1. Autorízase a la empresa Importadora de Tabacos Nady Basti Ltda., para la
comercialización en el país de las marcas de productos de tabaco Amsterdamer, Mac Baren, Raw
y For People en las variedades y formato indicados en la presente resolución, por cuanto se da
cumplimiento a lo dispuesto en la normativa vigente.
Anótese y publíquese.- Jaime Mañalich Muxi, Ministro de Salud.
Transcribo para su conocimiento resolución Ex. Nº 1.818, de 21-10-2019.- Saluda
atentamente a Ud., Paula Daza Narbona, Subsecretaria de Salud Pública.

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