Resolución exenta número 1.329, de 2019.- Aprueba reglamento interno del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región de Valparaíso - 28 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 874788889

Resolución exenta número 1.329, de 2019.- Aprueba reglamento interno del Consejo Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la Región de Valparaíso

Fecha de publicación28 Diciembre 2019
Número de registroCVE-1703714
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Número de Gaceta42.539
CVE 1703714 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.539 | Sábado 28 de Diciembre de 2019 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 1703714
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Subsecretaría de las Culturas y las Artes
Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio
Región de Valparaíso
APRUEBA REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS
CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
(Resolución)
Núm. 1.329 exenta.- Valparaíso, 19 de diciembre de 2019.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el
Patrimonio; el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la
resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas Sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón; en la resolución exenta N° 24, de 2018, que delega
facultades en Secretarios Regionales Ministeriales; en el decreto N° 6, de 2018, del Ministerio de
las Culturas, las Artes y el Patrimonio, en donde consta nombramiento de la autoridad regional;
el de Acta de Sesión Ordinaria N° 7, de fecha 12 de diciembre de 2019, que aprobó el presente
reglamento interno y Memorándum N° 1278, de 16 de diciembre de 2019, de esta autoridad
ingresada a la Unidad Jurídica el 19 de diciembre de 2019.
Considerando:
Que la ley N° 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, cuyo
objeto será colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e
implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y
patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e
identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley. Asimismo, el
artículo 3 numeral 1 de la referida ley, establece como función del Ministerio promover y
contribuir al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción,
mediación, circulación, distribución y difusión, de las artes visuales, fotografía, nuevos medios,
danza, circo, teatro, diseño, arquitectura, entre otros.
Que el artículo 7 de la referida ley, crea la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, y
establece en su artículo 9 que ésta deberá diseñar y ejecutar planes y programas destinados al
cumplimiento de las funciones y atribuciones establecidas entre otros, en el numeral 1 del
artículo 3 de la ley.
Que el Párrafo 2°, del Título IV, de la ley N° 21.045, regula las funciones y composición de
los Consejos Regionales de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, quienes por instrucción de la
Subsecretaría de Cultura han debido analizar y estudiar propuesta de Reglamento Interno, el cual
tiene por objeto regular el funcionamiento interno del Consejo.
Que con fecha 12 de diciembre de 2019, a través de sesión ordinaria N° 7, se procedió a
aprobar su reglamento interno, el cual debe ser refrendado a través de la dictación del presente
acto administrativo.

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