Resolución exenta número 1.102, de 2021.- Establece requisitos fitosanitarios de importación de heno de alfalfa (Medicago sativa), en distintas presentaciones o sistemas de conservación y almacenaje, destinados a consumo animal, procedente de Argentina - 5 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 862007434

Resolución exenta número 1.102, de 2021.- Establece requisitos fitosanitarios de importación de heno de alfalfa (Medicago sativa), en distintas presentaciones o sistemas de conservación y almacenaje, destinados a consumo animal, procedente de Argentina

Fecha de publicación05 Marzo 2021
Número de registroCVE-1904612
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Número de Gaceta42.897
CVE 1904612 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.897 | Viernes 5 de Marzo de 2021 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 1904612
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional
ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN DE HENO DE
ALFALFA (MEDICAGO SATIVA), EN DISTINTAS PRESENTACIONES O SISTEMAS
DE CONSERVACIÓN Y ALMACENAJE, DESTINADOS A CONSUMO ANIMAL,
PROCEDENTE DE ARGENTINA
(Resolución)
Núm. 1.102 exenta.- Santiago, 23 de febrero de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en la Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; ley N°
19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los
órganos de la administración del Estado; el decreto ley 3.557 de 1980, del Ministerio de
Agricultura sobre Protección Agrícola; el decreto N° 510 de 2016, del Ministerio de Agricultura
que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y
Ganadero (SAG); el decreto N° 112 de 2018 del Ministerio de Agricultura, que nombra al
Director Nacional del SAG; la resolución N° 7 de 2019 de la Contraloría General de la
República; las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias de la Convención
Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
Alimentación, FAO, promulgada por el decreto N° 144 de 2007 del Ministerio de Relaciones
Exteriores; las resoluciones N° 2.677 de 1999, N° 3.080 de 2003, N° 3.815 de 2003, N° 3.589 de
2012, todas del Servicio Agrícola y Ganadero; carta
NO-2019-100481294-APN-DNPV#SENASA y NO-2021-04758576-APN-PRES#SENASA.
Considerando:
1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad encargada
de velar por el patrimonio fito y zoosanitario del país, y bajo este marco está facultada para
adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al territorio nacional de plagas y
enfermedades que puedan afectar la salud animal y vegetal, las que pueden provenir de
mercancías importadas.
2. Que el Servicio ha recibido carta de SENASA Argentina, exponiendo su interés en
exportar al país fardos de alfalfa (Medicago sativa), artículo sin requisitos fitosanitarios
establecidos para su importación desde dicho origen.
3. Que existen varios sistemas de conservación y almacenaje de heno de alfalfa (Medicago
sativa) de uso comercial, tales como fardos tradicionales, mega fardos, cubos, fardos de Alta
Densidad (FAD's) y rollos.
4. Que, los productos forrajeros que no han sido sometidos a proceso industrial, como el
heno de alfalfa, en sus distintas presentaciones, requieren ser evaluados a través de un Análisis
de Riesgo de Plagas.
5. Que, de acuerdo a los lineamientos de la Convención Internacional de Protección
Fitosanitaria (CIPF) y a lo previsto en las resoluciones que establecen normas para la
importación de artículos reglamentados o mercaderías peligrosas para los vegetales y
categorización de productos según su riesgo de plagas, de este Servicio, el establecimiento de
requisitos fitosanitarios requiere de una justificación técnica, por lo que se ha realizado el
Análisis de Riesgo de Plagas (ARP) para heno de alfalfa (Medicago sativa) procedentes de

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