Resolución exenta número 1.157, de 2019.- Aprueba enmienda 4 a la edición de la DAN 137 Trabajos Aéreos - 3 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852417050

Resolución exenta número 1.157, de 2019.- Aprueba enmienda 4 a la edición de la DAN 137 Trabajos Aéreos

Número de registroCVE-1810144
Fecha de publicación03 Septiembre 2020
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Número de Gaceta42.747
CVE 1810144 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.747 | Jueves 3 de Septiembre de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1810144
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Fuerza Aérea de Chile / Dirección General de Aeronáutica Civil
APRUEBA ENMIENDA 4 A LA EDICIÓN DE LA DAN 137 “TRABAJOS AÉREOS"
(Resolución)
Núm. 1.157 exenta.- Santiago, 13 de noviembre de 2019.
Vistos:
a) Ley Nº 18.915, de 1990, que aprueba el Código Aeronáutico y sus posteriores
modificaciones.
b) Ley 16.752, que fija la Organización y Funciones y establece disposiciones generales a la
Dirección General de Aeronáutica Civil y sus posteriores definiciones.
c) El Reglamento DAR 06 Volumen IV "Operación de Aeronaves - Trabajos Aéreos".
d) La resolución E Nº 635, del 11 oct 2013 que aprueba la 1ª edición de la DAN 137
"Trabajos Aéreos".
e) Lo propuesto por el Departamento Jurídico mediante correo electrónico del 11 nov 2019.
f) Lo propuesto por la sección Normas en su Nota de Estudio (OPS) 20-2019.
Considerando:
La necesidad de agilizar el proceso de ingreso al país de aviones y helicópteros, con fines de
desarrollar las labores de apoyo al Trabajo Aéreo de Extinción de Incendios.
Resuelvo:
Apruébase, la Enmienda 4 a la Edición 1 de la DAN 137 "Trabajos Aéreos".
Anótese y comuníquese.- Víctor Villalobos Collao, General de Aviación, Director General.
ACTUALÍZASE EN EL DIARIO OFICIAL EL SIGUIENTE SENTIDO DE LA NORMA
AERONÁUTICA DAN 137 "TRABAJOS AÉREOS"
1. Modifíquese en el Capítulo I Extinción de Incendios Forestales., 137.813 Cumplimiento
de requisitos durante estados de excepción por el siguiente:
Ante la ocurrencia de un estado de excepción constitucional o decretado un estado
preventivo de emergencia por parte del Supremo Gobierno, el Director General de Aeronáutica
Civil, basado en la legislación vigente, podrá eximir a uno o más operadores del cumplimiento de
uno o más requisitos aplicables a las tripulaciones, aeronave y empresas.
Para lo señalado, los explotadores o responsables de la operación de las aeronaves deberán
presentar a la DGAC los antecedentes descritos en Apéndice 12.
2. Incorpórese Apéndice 12 Documentación requerida para autorizar temporal y
extraordinariamente la operación de aeronaves extranjeras en la extinción de incendios forestales
en estado de excepción o preventivo Letras (a) y (b) por lo siguiente:

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