Resolución exenta número 1.546, de 2020.- Llama a postulación al Segundo Llamado Nacional 2020, del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional regulado por el decreto N° 1, de 2011, en las modalidades de adquisición de viviendas y construcción en sitio propio o densificación predial, en sus clases reguladas por el título I, subsidio habitacional para grupos emergentes, y título II, subsidio habitacional para sectores medios. Fija el monto de recursos que se destinarán para el subsidio directo en cada modalidad, título y tramo cuando corresponda y su forma de distribución - 3 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852217514

Resolución exenta número 1.546, de 2020.- Llama a postulación al Segundo Llamado Nacional 2020, del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional regulado por el decreto N° 1, de 2011, en las modalidades de adquisición de viviendas y construcción en sitio propio o densificación predial, en sus clases reguladas por el título I, subsidio habitacional para grupos emergentes, y título II, subsidio habitacional para sectores medios. Fija el monto de recursos que se destinarán para el subsidio directo en cada modalidad, título y tramo cuando corresponda y su forma de distribución

Número de registroCVE-1840439
Fecha de publicación03 Noviembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Número de Gaceta42.795
CVE 1840439 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.795 | Martes 3 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 6
Normas Generales
CVE 1840439
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
LLAMA A POSTULACIÓN AL SEGUNDO LLAMADO NACIONAL 2020, DEL
SISTEMA INTEGRADO DE SUBSIDIO HABITACIONAL REGULADO POR EL DS
N° 1 (V. Y U.), DE 2011, EN LAS MODALIDADES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS
Y CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO O DENSIFICACIÓN PREDIAL, EN SUS
CLASES REGULADAS POR EL TÍTULO I, SUBSIDIO HABITACIONAL PARA
GRUPOS EMERGENTES, Y TÍTULO II, SUBSIDIO HABITACIONAL PARA
SECTORES MEDIOS. FIJA EL MONTO DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN
PARA EL SUBSIDIO DIRECTO EN CADA MODALIDAD, TÍTULO Y TRAMO
CUANDO CORRESPONDA Y SU FORMA DE DISTRIBUCIÓN
(Resolución)
Santiago, 28 de octubre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.546 exenta.
Visto:
a) El DS N° 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional;
b) La resolución exenta N° 843 (V. y U.), de 1995, publicada en el Diario Oficial del 19 de
abril de 1995, y sus modificaciones, que determina zonas de renovación urbana para los efectos
que se indican;
c) La resolución exenta N° 1.366 (V. y U.), de 2001, publicada en el Diario Oficial del 28
junio de 2001 y sus modificaciones, que determina zonas de desarrollo prioritario para los
efectos que se indican;
d) La resolución exenta N° 41 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, que autoriza a
efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el
otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre
otros, a la atención a través del programa regulado por el DS N° 1 (V. y U.), de 2011;
e) El DS N° 104, de fecha 18 de marzo de 2020, publicado en el Diario Oficial en la misma
fecha, que declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por calamidad pública, en
el territorio de Chile, el que fue prorrogado por el DS N° 269, de fecha 12 de junio de 2020,
publicado en el Diario Oficial del 16 de junio de 2020, y por el DS N° 400, de fecha 10 de
septiembre de 2020, publicado en el Diario Oficial del 12 de septiembre de 2020, y el DS
107, del 20 de marzo de 2020, publicado en el Diario Oficial del 23 de marzo de 2020, que
declara como zonas afectadas por catástrofe a las comunas que indica, todos decretos del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública;
f) El DS N° 4, del Ministerio de Salud, de fecha 5 de febrero de 2020, publicado en el
Diario Oficial del 8 de febrero de 2020, y sus modificaciones;
g) El DS N° 32, de fecha 18 de marzo de 2020, publicado en el Diario Oficial del 23 de
marzo de 2020, y el DS N° 34, de fecha 27 de marzo de 2020, publicado en el Diario Oficial del
1° de abril de 2020, ambos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que extienden la
fecha de vencimiento de las cédulas de identidad para chilenos y extranjeros, respectivamente;
h) El Dictamen N° 3.610, de fecha 17 de marzo de 2020, de la Contraloría General de la
República; y
Considerando:
a) Que corresponde, de acuerdo a la programación anual del Sistema Integrado de Subsidio
Habitacional, efectuar el segundo llamado a postulación, con cobertura nacional;

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