Resolución exenta número 1.772, de 2024.- Modifica resolución Nº 5.076 exenta, de 2017, y ordena reliquidaciones que indica - 27 de Febrero de 2024 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 1020915955

Resolución exenta número 1.772, de 2024.- Modifica resolución Nº 5.076 exenta, de 2017, y ordena reliquidaciones que indica

Número de registroCVE-2458985
Fecha de publicación27 Febrero 2024
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.787
CVE 2458985 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.787 | Martes 27 de Febrero de 2024 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2458985
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 5.076 EXENTA, DE 2017, DE LA SUBSECRETARÍA
DE EDUCACIÓN Y ORDENA LAS RELIQUIDACIONES QUE INDICA
(Resolución)
Núm. 1.772 exenta.- Santiago, 13 de febrero de 2024.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº
18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.956,
que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 19.628, sobre protección de la
vida privada; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos
que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 20.903, que crea
el Sistema de Desarrollo Profesional Docente y modifica otras normas; en la ley Nº 21.152, que
mejora el ingreso de docentes directivos al Sistema de Desarrollo Profesional Docente, modifica
diversos cuerpos legales y establece los beneficios que indica; en el decreto con fuerza de ley Nº
1, de 1996, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de
la complementan y la modifican; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de
Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº
2, de 1996, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales; en el decreto ley Nº
3.166, de 1980, que autoriza entrega de la administración de determinados establecimientos de
educación técnico-profesional a las instituciones o a las personas jurídicas que indica; en la
resolución exenta Nº 5.076, de 2017, modificada por las resoluciones exentas Nº 6.778, de 2017,
Nº 6.531, de 2018, Nº 2.111 y Nº 4.891, ambas de 2019, todas de la Subsecretaría de Educación;
en el Ord. Nº 010/426, de 2023, de la jefa del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e
Investigaciones Pedagógicas; en la minuta Nº 123, de 2023, del Coordinador del Área de Carrera
Docente del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas; en la
resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y,
Considerando:
1º Que, la ley Nº 20.903, creó un Sistema de Desarrollo Profesional Docente, aplicable a los
profesionales de la educación que se desempeñen en los establecimientos educacionales regidos
por el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1998, del Ministerio de Educación; regulados por el
decreto ley Nº 3.166, de 1980, y a los que ocupan cargos directivos y técnicos pedagógicos en los
Departamentos de Administración Educacional de cada municipalidad, o de las corporaciones
educacionales creadas por éstas;
2º Que, respecto de aquellos profesionales de la educación que a la entrada en vigencia de la
ley Nº 20.903, formaban parte de la dotación de un establecimiento educacional del sector
municipal, las disposiciones transitorias de la misma ley establecieron un proceso de asimilación
de tramos en virtud de la cual los profesionales de la educación que desempeñaban la función de
director de establecimiento educacional o jefe de Departamento de Administración de Educación
Municipal al 1º de abril de 2016, fueron asignados al tramo Avanzado de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo decimosexto transitorio de la ley Nº 20.903, lo que consta en la

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