Resolución exenta número 04/3/0115/1408, de 2021.- Aprueba Quinta Enmienda a la Primera Edición de la Norma Aeronáutica Trabajos Aéreos DAN 137 - 5 de Octubre de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 911921132

Resolución exenta número 04/3/0115/1408, de 2021.- Aprueba Quinta Enmienda a la Primera Edición de la Norma Aeronáutica Trabajos Aéreos DAN 137

Fecha de publicación05 Octubre 2022
Número de registroCVE-2196950
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Número de Gaceta43.369
CVE 2196950 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.369 | Miércoles 5 de Octubre de 2022 | Página 1 de 22
Normas Generales
CVE 2196950
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Fuerza Aérea de Chile / Dirección General de Aeronáutica Civil
APRUEBA QUINTA ENMIENDA A LA PRIMERA EDICIÓN DE LA NORMA
AERONÁUTICA "TRABAJOS AÉREOS" DAN 137
(Resolución)
Núm. 04/3/0115/1408 exenta.- Santiago, 22 de octubre de 2021.
Vistos:
a) DFL N°1-19.653, de 2000, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la
Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
b) La ley N° 18.916, de 1990, que aprueba el Código Aeronáutico.
c) La Ley N° 16.752, de 1968, que Fija Organización y Funciones y establece las
Disposiciones Generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil.
d) Decreto supremo N° 52, de 2002, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el
Reglamento Aeronáutico de Operaciones Aéreas.
e) Decreto N° 1, de fecha 06 de enero de 2021, del Ministerio de Defensa Nacional, que
nombra al General de Brigada Aérea (A), Sr. Raúl Ernesto Jorquera Conrads, como Director
General de Aeronáutica Civil, a contar del 14 de diciembre de 2020.
f) Resolución N° 7, de fecha 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la
República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
g) La resolución exenta N° 0635, de fecha 11 octubre 2013, de la Dirección General de
Aeronáutica Civil, que aprueba la Primera edición de la Norma Aeronáutica "Trabajos Aéreos".
h) Resolución Exenta N° 1157, de fecha 13 de noviembre de 2019, de la Dirección General
de Aeronáutica Civil, que aprueba la Cuarta Enmienda a la Primera Edición de la Norma
Aeronáutica "Trabajos Aéreos", DAN 137.
i) Resolución Exenta N°04/3/0061/0676, de fecha 27 de mayo de 2021, de la Dirección
General de Aeronáutica Civil, que aprueba la Primera Enmienda a la Cuarta Edición del
Procedimiento "Estructura, Contenidos y Formatos de la Normativa de la DGAC", PRO ADM
02 j) Propuesta de enmienda a la Norma Aeronáutica "Trabajos Aéreos", DAN 137 publicada
en la página web de la DGAC en la Sección Normativa "Para Opinión", con fecha 05 febrero de
2020.
k) Nota de Estudio (OPS) 20-2019 de la Sección Normas del Departamento Seguridad
Operacional, desarrollada conforme a requerimiento del 13 noviembre 2019 del
Subdepartamento de Operaciones del Departamento de Seguridad Operacional en cuanto a
regular el ingreso de aeronaves ante Estados de Excepción.
l) Nota de Estudio (OPS) 24-2020, de fecha 29 de septiembre de 2020, de la Sección
Normas del Departamento Seguridad Operacional, desarrollada conforme al Expediente N° 5758
del Ministerio de Salud que plantea modificaciones al Reglamento N° 5 de ese Ministerio y
reuniones en conjunto entre el Subdepartamento Operaciones, el MINSAL y la Sección Normas
para evitar la duplicidad de requisitos entre organismos del Estado
m) Nota de Estudio (OPS) 27-2020, de fecha 31 de diciembre de 2020, de la Sección
Normas-LOA del Subdepartamento Normativa Aeronáutica, desarrollada a partir de
requerimiento del Subdepartamento Normativa Aeronáutica en referencia a la incorporación de
los RPAS en actividades de Trabajos Aéreos.
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Núm. 43.369 Miércoles 5 de Octubre de 2022 Página 2 de 22
CVE 2196950 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
n) Nota de Estudio OPS N° 07-2021, de fecha 21 de mayo de 2021, de la Sección
Normas-LOA, del Subdepartamento Normativa Aeronáutica, que evalúa los comentarios a la
propuesta de quinta enmienda a la Primera Edición de la Norma Aeronáutica "Trabajos Aéreos",
DAN 137, entre el 05 de febrero hasta el 23 de marzo de 2020.
Considerando
a) La necesidad de estandarizar requisitos propios del tipo de aeronaves con las distintas
reglas de operación.
b) La importancia de contar con un procedimiento eficiente y eficaz para el ingreso de
aeronaves ante la declaración por el Supremo Gobierno de estados de excepción constitucional o
estados preventivos de emergencia, que permita salvaguardar aquellos aspectos operacionales y
de aeronavegabilidad responsabilidad de esta DGAC.
c) La necesidad de adecuar nuestra normativa para efectos de su efectiva y coordinada
aplicación en virtud de lo solicitado por el Ministerio de Salud de acuerdo a lo indicado en la
letra l) de los Vistos.
Resuelvo
Apruébese, con esta fecha la Quinta Enmienda a la Primera Edición de la Norma
Aeronáutica "Trabajos Aéreos", DAN 137.
Anótese y comuníquese.- Raúl Jorquera Conrads, General de Brigada Aérea (A), Director
General.
CAPÍTULO A
GENERALIDADES
137.1 DEFINICIONES
CATEGORÍA A
Con respecto a los helicópteros, significa un helicóptero multimotor diseñado con las
características de aislamiento de los motores y los sistemas especificadas en el Anexo 8, Parte
IVB, apto para ser utilizado en operaciones en que se usen datos de despegue y aterrizaje
anotados bajo el concepto de falla de motor crítico que asegura un área de superficie designada
adecuada y capacidad de performance adecuada para continuar el vuelo en condiciones de
seguridad o para un despegue interrumpido seguro.
CATEGORÍA B
Con respecto a los helicópteros, significa un helicóptero monomotor o multimotor que no
cumple las normas de la Categoría A. Los helicópteros de la Categoría B no tienen capacidad
garantizada para continuar el vuelo seguro en caso de falla de un motor y se presume un
aterrizaje forzoso.
CERTIFICADO DE EXPLOTADOR DE SERVICIOS AÉREOS (AOC)
Certificado por el que se autoriza a un explotador a realizar determinadas operaciones de
transporte aéreo comercial o de trabajos aéreos.
ENTORNO HOSTIL Entorno en que:
(a) no se puede realizar un aterrizaje forzoso seguro debido a que la superficie y su entorno
son inadecuados; o
(b) los ocupantes del helicóptero no pueden estar adecuadamente protegidos de los
elementos; o
(c) no se provee respuesta/capacidad de búsqueda y salvamento de acuerdo con la
exposición prevista; o
(d) existe un riesgo inaceptable de poner en peligro a las personas o a los bienes en tierra.
Entorno hostil congestionado. Entorno hostil dentro de un área congestionada.
Entorno hostil no congestionado. Entorno hostil fuera de un área congestionada.

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