Resolución exenta número 04/3/0002/0037, de 2021.- Aprueba enmienda 8 de la edición 1 de la DAN 92 Volumen I Reglas de operación para la aviación no comercial, aviones pequeños con motores convencionales, planeadores y globos
Fecha de publicación | 19 Abril 2021 |
Número de registro | CVE-1928570 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Número de Gaceta | 42.933 |
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.933 | Lunes 19 de Abril de 2021 | Página 1 de 7
Normas Generales
CVE 1928570
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Fuerza Aérea de Chile / Dirección General de Aeronáutica Civil
APRUEBA ENM 8 A LA EDICIÓN 1 DE LA DAN 92 VOLUMEN I "REGLAS DE
OPERACIÓN PARA LA AVIACIÓN NO COMERCIAL, AVIONES PEQUEÑOS CON
MOTORES CONVENCIONALES, PLANEADORES Y GLOBOS"
(Resolución)
Núm. 04/3/0002/0037 exenta.- Santiago, 11 de enero de 2021.
Vistos:
a) La ley N° 18.916.
b) La Ley N° 16.752 Orgánica de la DGAC.
c) El DAR 06 "Operación de Aeronaves" Volumen III "Aviación General".
d) La resolución N° 636, del 11 Oct. 2013, que aprueba la 1ª edición de la DAN 92
Volumen I "Reglas de operación para la aviación no comercial, aviones pequeños con motores
convencionales, planeadores y globos".
e) La enmienda 37 al Anexo 6 Parte II, Aviación general Internacional-Aviones, publicada
con fecha 5 Nov. 2020.
f) La adopción de la enmienda 38 al Anexo 6 parte II de acuerdo con el documento OACI
AN 11/6.3.32 de fecha 30 Jul. 2020.
g) La adopción de la enmienda 39 al anexo 6 Parte II de acuerdo con el documento OACI
AN 11/6.3.31-20/123, del 17 Nov. 2020.
h) La resolución E N° 04/3/0981/1184, de fecha 5 Nov. 2020, que aprueba la Cuarta
Edición del PRO ADM 02 "Estructura, Contenidos y Formatos de la Normativa de la DGAC.".
i) Las propuestas de enmienda subidas "Para Opinión" a la página web de la DGAC con
fechas 5 de Jun., 20 de Jul. y 5 Oct. 2020 y las correspondientes Planillas de Evaluación de
Comentarios con el acuerdo del Comité Técnico correspondiente.
j) Las conclusiones alcanzadas por las NE (OPS) 08, 11, 20, 23 y 26-2020 desarrolladas por
la Sección Normas (LOA) del Subdepartamento Normativa Aeronáutica.
Considerando:
a) La necesidad de incorporar a la DAN 92 la enmienda 37 y la adopción de las enmiendas
38 y 39 de OACI publicadas en las fechas que se indican en las letras e), f) y g) de los vistos.
b) Lo acordado por los Comité Técnico que evaluaron los comentarios presentados por los
usuarios internos y externos a las propuestas de enmienda publicadas por la DGAC para opinión.
c) Las conclusiones de las NE derivadas de comentarios y sugerencias presentadas por
usuarios internos.
Resuelvo:
Apruébese, con esta fecha la enmienda 8 a la Edición 1 de la DAN 92 Vol. I "Reglas de
operación para la aviación no comercial, aviones pequeños con motores convencionales,
planeadores y globos".
Anótese y comuníquese.- Raúl Jorquera Conrads, General de Brigada Aérea (A), Director
General.- Fernando Bolton Poblete, Encargado Subdepartamento Normativa Aeronáutica.
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