Resolución Exenta Nº 945 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2014 - Normativa - VLEX 923777603

Resolución Exenta Nº 945 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2014

Número de resolución945
Año2014
Fecha de publicación03 Abril 2014
Recurso PesqueroAnchoveta - Sardina común
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
FOMENTO
Y
TURISMO
SUBSECRETARIA
DE
PESCA
Y
ACUICULTURA
1•
MOO
RAE
PELAGICOS
VIl
REGION
2014
MODIFICA
RESOLUCION
EXENTA
103
DE
2014,
QUE
ESTABLECIO
LA
DISTRIBUCION
DE
LA
FRACCION
ARTESANAL
DE
PESQUERTA
DE
ANCHOVETA
Y
SARDINA
COMÚN
EN
LA
VIl
REGION.
---
R.
EX.
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5 :
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VALPARATSO,
0 3
ABR.
2014
VISTO:
Lo
informado por el Departamento de
Análisis Sectorial de la Subsecretaría de
Pesca
en
Memorándum Técnico
31/2014,
de
fecha 03 de Abril de 2014; el
D.F.L.
5 de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción; la Ley General de
y Acuicultura 18.892, y
sus
modificaciones, cuyo
texto
refundido fue fijado por el
D.S.
430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción; la Ley 20.657; los Decretos Exentos 191 de 2012 y
1409 de 2013,
ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; la Resolución 1600 de 2008, de la
Contrataría General de la República; las Resoluciones Exentas 3788 de 2013, 103 y 937,
ambas de 2014, todas de esta Subsecretaría de
Pesca
y Acuicultura.
C O N S 1 O E R A N O
0:
Que
mediante Decreto Exento 191 de 2012,
del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y
sus
modificaciones, las pesquerías artesanales
de Anchoveta y Sardina común de la VIl Región
se
encuentran sometidas al Régimen Artesanal de
Extracción por organizaciones de pescadores artesanales hasta el
31
de diciembre de 2016,
inclusive.
Que
mediante Decreto Exento
156 de 2014,
del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo,
se
modificó
la
cuota global anual de captura
para el recurso Sardina común Strangomera bentincki!
en
la unidad de pesquería de la V a X
Regiones, establecida mediante Decreto Exento 1409 de 2013, del mismo Ministerio.
Que
a través de Resolución Exenta 937 de
2014 de esta Subsecretaría,
se
modificó la distribución de las fracciones artesanales de las
cuotas globales anuales para el año 2014, establecida mediante Resolución 3788 de 2013, de
esta Subsecretaría.
Que
conforme lo anterior, corresponde modificar
la Resolución Exenta 103 de 2014 de esta Subsecretaría, que estableció la distribución para
las unidades de pesquerías de Anchoveta y Sardina común de la VIl Región, sometido al Régimen
Artesanal de Extracción por organizaciones de pescadores artesanales.
RESUELVO:
1.-
Modificase el numeral 1.-
de
la Resolución
Exenta 103
de
2014,
de
esta Subsecretaría
de
Pesca
y Acuicultura,
en
el sentido
de
señalar que la
distribución
de
la fracción artesanal
de
la cuota global anual
de
captura de Sardina común
Strangomera bentincki correspondiente a la
VIl
Región,
sometida al Régimen Artesanal
de
Extracción por organizaciones
de
pescadores artesanales, para el
año
de
2014, expresadas
en
toneladas, será la siguiente:
8) Pesqueña artesanal de
Sardina
común:
Organización Ene-Abr May-Ago Sep-Dic Total
Sindicato de Pescadores "Pelágicos del Maule"
Constitución, Registro Sindical único 07.05.0150 1.796,606 211,254 105,627 2.113,487
Sindicato
de
Trabajadores Independientes, Pescadores y
Asociados Agua Limpia, Registro Sindical único
07.05.0118 17,143 2,016 1,008 20,167
Cuota Residual 91,251 10,730 5,365 107,346
2.-
La
presente Resolución podrá ser impugnada
mediante la interposición del recurso
de
reposición contemplado
en
el artículo 59 de la ley 19.880,
ante esta misma Subsecretaría y dentro del plazo
de
5
días
hábiles contados desde la respectiva
notificación, sin perjuicio
de
la aclaración del acto dispuesta
en
el artículo 62 del citado cuerpo legal
y de las demás acciones y recursos que correspondan
de
acuerdo con la normativa vigente.
3.- Transcríbase copia
de
la presente Resolución a
la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y al Servicio Nacional de
Pesca
y
Acuicultura.
ANOTESE,
COMUNIQUESE
V
PUBLIQUESE
EN
EXTRACTO
EN
EL
DIARIO
OFICIAL
V A
TEXTO
INTEGRO
EN
LOS
SITIOS
DE
DOMINIO
ELECTRONICO
DE
LA
SUBSECRETARIA
DE
PESCA
V
ACUICULTURA
V
DEL
SERVICIO
NACIO

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