Resolución Exenta nº 92-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Modificación Trazado Colector 8 ECA-Madrugada - Normativa - VLEX 930722189

Resolución Exenta nº 92-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Modificación Trazado Colector 8 ECA-Madrugada

Fecha18 Agosto 2021
Número de resolución92-2021
Fecha de publicación18 Agosto 2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
1/27
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “MODIFICACIÓN TRAZADO COLECTOR
8 ECA-MADRUGADA
<NUM_RES>
PUNTA ARENAS,
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 24 de junio de 2021, del proyecto
Modificación Trazado Colector 8 ECA-Madrugada”, presentado por la Empresa Nacional del
Petróleo - Magallanes con fecha 16 de abril de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la
base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
Modificación Trazado Colector 8 ECA-Madrugada”.
3°. El Acta de Evaluación N°014/2021 de 19 de mayo de 2021 del Comité Técnico de la Región de
Magallanes y de la Antártica Chilena.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación Trazado Colector 8 ECA-Madrugada” de 21 de julio de
2021.
5°. El acuerdo adoptado en la sesión N°12 de 03 de agosto de 2021, de la Comisión de Evaluación de la
Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
6°. La Resolución de Calificación Ambiental N°079/2011 de 21 de junio de 2011 del proyecto
Reemplazo de Colector Arenal y Construcción de 2 Ductos de Complementoque se modifica a
través de la presente Resolución.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA
del proyecto “Modificación Trazado Colector 8 ECA-Madrugada”.
8°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº40/2012,
del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental; en la Ley Nº19.880, publicada en el D.O. el 29 de Mayo de 2003, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia de 2002, que establece las bases de los procedimientos
administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L.
Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la
Resolución Exenta RA N°119046/24/2021, del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 14 de
enero de 2021, que nombra al Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental Región de
Magallanes y de la Antártica Chilena y en la Resolución Nº7 de 2019 de la Contraloría General de la
República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto Modificación Trazado Colector 8
ECA-Madrugada” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Empresa Nacional de Petróleo - Magallanes
RUT
92.604.000-6
Domicilio
José Nogueira N°1.101, Casilla 247, Punta Arenas.
Teléfono
56-61-2243477
Representante Legal
Rodrigo José Bustamante Villegas
RUT
12.219.794-8
Domicilio
José Nogueira N°1.101, Casilla 247, Punta Arenas.
Teléfono
56-61-2243477
Correo Electrónico
rbustamantev@mag.enap.cl; cgonzalezc@mag.enap.cl
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
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Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 06-08-2021 10:51:29:798 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
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2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 21 de julio de 2021, el Director Regional de la Región de
Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la
normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental
contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalado en el artículo 137 del D.S. Nº40/2012 y
no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen
a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3°. Que, en sesión de 03 de agosto de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de
la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto Modificación Trazado Colector 8
ECA-Madrugada”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 21 de julio de 2021, el que forma
parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60
inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la
presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Modificar el trazado en un tramo del Colector Arenal, con
el objeto de ajustarse a los requerimientos del Ministerio
de Obras Públicas por la pavimentación de la Ruta Y-65 y
aumentar las reservas del yacimiento Arenal con
instalación de un nuevo compresor.
Descripción general del proyecto
El proyecto corresponde al desplazamiento de un tramo de
359 metros del Colector Arenal y la incorporación de un
nuevo compresor al interior de la Estación Compresora
Arenal (ECA).
Tipología principal, así como las aplicables a
sus partes, obras o acciones
j) Oleoductos, gasoductos, ductos mineros u otros
análogos.
Vida útil
20 años
Montro de Inversión
US$120.000 para la modificación del colector.
US$2.500.000 para la instalación del compresor
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta
del inicio de la ejecución
Demarcación topográfica
NO
Proyecto se desarrolla por etapas
X
Proyecto modifica un proyecto o actividad
El proyecto propone desplazar un tramo de
359 metros del Colector Arenal con
Resolución de Calificación Ambiental
N°079/2011 de la DIA “Reemplazo de
Colector Arenal y Construcción de 2
Ductos de Complemento”
Proyecto Modifica otra (s) RCA
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
Región
Magallanes y Antártica Chilena
Provincia
Tierra del Fuego
Comuna
Primavera
Descripción de la localización
Para el Colector, se justifica la ubicación por el
requerimiento realizado por el Ministerio de Obras
Públicas, debido a la pavimentación de la Ruta Y-65 y
para la implementación del compresor en la ECA se
justifica por contar con una unidad de compresión en el
área.
Superficie
Colector: 0,4 hectáreas
Compresor: 0,07 hectáreas
Coordenadas UTM en Datum
WGS84/SAD69/etc Huso 18/19
UTM E
UTM N
Colector proyectado
J01
453.148
4.152.425
J02
453.121
4.152.376
J03
453.067
4.152.303
J04
452.017
4.153.254
J05
452.904
4.152.168
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