Resolución Exenta nº 9-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. Proyecto Hidroeléctrico El Mañío (Reingreso) - Normativa - VLEX 916273753

Resolución Exenta nº 9-2019 del Servicio de Evaluación Ambiental. Proyecto Hidroeléctrico El Mañío (Reingreso)

Número de resolución9-2019
Fecha de publicación01 Marzo 2019
Año2019
Fecha01 Marzo 2019
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE LOS RÍOS
Califica Ambientalmente el proyecto “Proyecto Hidroeléctrico El Mañío (Reingreso)”
Resolución Exenta Nº
Valdivia
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del “Proyecto Hidroeléctrico el Mañío
(Reingreso)”, presentado por [representante legal], en representación de Sociedad Hidroeléctrica
Ríos Conquil S.A., con fecha 17 de marzo de 2017; su Adenda, de fecha 18 de mayo de 2018; y, su
Adenda Complementaria, de fecha 15 de enero de 2019.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que,
sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que
se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del “Proyecto
Hidroeléctrico el Mañío (Reingreso)”;
3°. El Acta de Evaluación N° 03, de fecha 07 de febrero 2019, del Comité Técnico de la Región de
la Región de Los Ríos;
4°. El ICE de la DIA del “Proyecto Hidroeléctrico el Mañío (Reingreso)”, de fecha 08 de febrero de
2019;
5°. El Acta N° 4, de fecha 18 de febrero de 2019, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la
Región de la Región Los Ríos.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del “Proyecto Hidroeléctrico el Mañío (Reingreso)”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (RSEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos
que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº
1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Sociedad Hidroeléctrica Ríos Conquil S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Proyecto Hidroeléctrico
el Mañío (Reingreso)” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Sociedad Hidroeléctrica Río Conquil S.A.
Rut 76.481.621-8
Domicilio Av. La Dehesa 1939 of 505, comuna Lo Barnechea, Santiago.
Nombre representante legal Rodrigo Echeverria
Rut representante legal 13.065.869-5
Domicilio representante legal Av. La Dehesa 1939 of 505, Lo Barnechea, Santiago.
Correo electrónico folave@icp.cl.
N° de teléfono 02-27963620
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 28-02-2019 17:07:10:910 UTC -03:00
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 28-02-2019 17:07:11:976 UTC -03:00
Lugar:
2°. Que, conforme se indica en el ICE, de fecha 08 de febrero de 2019, la Directora Regional de la
Región de Los Ríos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto por cuanto éste cumple con la
normativa de carácter ambiental aplicable, identificada en la Sección 7 de este documento; cumple
con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales
sectoriales aplicables, identificados en la Sección 6 de este documento; no genera ni presenta los
efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la
necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha subsanado los errores,
omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones,
Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 18 de febrero de 2019, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos
acordó calificar favorablemente el “Proyecto Hidroeléctrico El Mañío (Reingreso)”, aprobando
íntegramente el contenido del ICE, de fecha 08 de febrero de 2019, el que forma parte integrante de
la presente resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general El Proyecto contempla la construcción de dos centrales
hidroeléctricas de pasada en cascada, en el Río Conquil:
(i) La Central Hidroeléctrica El Mañío Superior
(C.H. El Mañío Superior) se diseña para un
caudal de 2,75 m3 /s, con una potencia instalada
de 4,78 MW, previéndose una generación media
de 17,02 GWh/año. La Central Hidroeléctrica
(ii) La Central Hidroeléctrica El Mañío Inferior
(C.H. El Mañío Inferior) se diseña para un
caudal de 4,0 m3/s, con una potencia instalada de
2,38 MW, cuyas previsiones de generación
ascienden a 9,06 GWh/año.
El Proyecto considera seis aportes de caudal, de los cuales
tres se realizan desde el Río Conquil, uno de ellos
consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, el cual se
utilizará en las 2 centrales, y los otros dos de carácter no
consuntivo que son los que configuran los tramos de la C.H.
El Mañío Superior y de la C.H. El Mañío Inferior. Éste
considera inyectar su energía hacia el Sistema
Interconectado Central a través del Alimentador Panguipulli,
propiedad de SAESA Para tal propósito se considera la
operación de un Transformador elevador de 6 MVA de
potencia aumentando la Tensión de 400V a 23kV,
correspondiente a la Tensión de operación de la Red de
SAESA en el punto de conexión previsto. Del mismo modo,
se contempla posterior a la construcción del Proyecto, la
evacuación de la energía por medio de una Línea de
Transmisión de aproximadamente 19 kilómetros con un
conductor Aluminio ECO COMPACT de 300 mm2 de
Sección y 28,9 mm de diámetro. Cabe señalar que, la línea
de transmisión no forma parte del Proyecto en evaluación, la
cual corresponderá a una línea que conducirá energía
eléctrica con una tensión no mayor a 23 kV.
Tipología principal, así como las
aplicables a sus partes, obras o
acciones
Tipología principal del Proyecto:
“c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW”.
Tipología secundaria del Proyecto:
“a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban
someterse a la autorización establecida en el artículo 294
del código de aguas.
“Artículo 294. Requerirán la aprobación del Director
General de Aguas, de acuerdo al procedimiento indicado en
el Título I del Libro Segundo, la construcción de las
siguientes obras”:
b) Los acueductos que conduzcan más de dos metros
cúbicos por segundo.”
Vida útil Indefinida
Monto de inversión USD $ 15.500.000,000
Gestión, acto o faena mínima que
da cuenta del inicio de la ejecución El acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la
ejecución del Proyecto será la instalación de faenas y la
construcción de los caminos de acceso.
Proyecto se desarrolla por etapas Si No
[ ] [X]
Proyecto modifica un proyecto o
actividad Si No
[ ] [X]
Proyecto modifica otra(s) RCA Si No
[ ] [X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa Región de Los Ríos, provincia de Valdivia, comuna de
Panguipulli.
Descripción de la localización El Proyecto se instalará en la comuna de Panguipulli, en
el Fundo Conquil, 12 km aproximadamente hacia el
este, pasando por Playa Monje.
Superficie Las superficies de las construcciones de carácter
temporal involucradas en el Proyecto corresponden a las
siguientes:
Cuadro Nº 1: Superficies de las instalaciones
temporales.
Obra Superficie m2
Camino acceso Captación Superior 10.750
Acceso Captación Superior 1.095
Desvíos Captación Superior 190
Desvíos captación inferior 242
Camino de Acceso 5 1.332
Camino de Acceso 6 488
Camino de Acceso 7 910
Instalación de faenas 36.705
Total 51.712
Cuadro Nº 2. Superficies permanentes
Obra Superficie m2
Azud y captación
superior
880
Tubería de aducción
superior
18.335
Cámara de carga
superior
518
Tubería reforzada 7.738

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