Resolución Exenta nº 84-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Fusión y Relocalización: Centro de cultivo de salmonídeos, Clarence 14, Sector Ensenada Wilson, Isla Clarence, XII° Región de Magallanes y la Antártica Chilena Nº PERT: 218120001, Sector 1. - Normativa - VLEX 916508302

Resolución Exenta nº 84-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Fusión y Relocalización: Centro de cultivo de salmonídeos, Clarence 14, Sector Ensenada Wilson, Isla Clarence, XII° Región de Magallanes y la Antártica Chilena Nº PERT: 218120001, Sector 1.

Número de resolución84-2020
Fecha de publicación10 Agosto 2020
Año2020
Fecha10 Agosto 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “FUSIÓN Y RELOCALIZACIÓN:
CENTRO DE CULTIVO DE SALMONÍDEOS, CLARENCE 14, SECTOR ENSENADA
WILSON, ISLA CLARENCE, XII° REGIÓN DE MAGALLANES Y LA ANTÁRTICA
CHILENA Nº PERT: 218120001, SECTOR 1”.
<NUM_RES>
PUNTA ARENAS,
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 27/09/2019 y su Adenda
Complementaria de 19/06/2020, del proyecto “Fusión y Relocalización: Centro de cultivo de
salmonídeos, Clarence 14, Sector Ensenada Wilson, Isla Clarence, XII° Región de Magallanes
y la Antártica Chilena Nº PERT: 218120001, Sector 1”, presentado por Nova Austral S.A. con
fecha 10/04/2019.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que,
sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA,
y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del
proyecto “Fusión y Relocalización: Centro de cultivo de salmonídeos, Clarence 14, Sector
Ensenada Wilson, Isla Clarence, XII° Región de Magallanes y la Antártica Chilena Nº PERT:
218120001, Sector 1”.
3°. El Acta de Evaluación N°015/2019 de 24/04/2019 del Comité Técnico de la Región de
Magallanes y de la Antártica Chilena.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Fusión y Relocalización: Centro de cultivo de salmonídeos,
Clarence 14, Sector Ensenada Wilson, Isla Clarence, XII° Región de Magallanes y la Antártica
Chilena Nº PERT: 218120001, Sector 1” de 17/07/2020.
5°. El acuerdo adoptado en la sesión N°05 de 28/07/2020, de la Comisión de Evaluación de la
Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “Fusión y Relocalización: Centro de cultivo de salmonídeos, Clarence 14,
Sector Ensenada Wilson, Isla Clarence, XII° Región de Magallanes y la Antártica Chilena Nº
PERT: 218120001, Sector 1”.
7°. Lo dispuesto en la Ley 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S.
Nº40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Ley Nº19.880, publicada en el D.O. el 29 de Mayo
de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de 2002, que establece las bases de
los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del
Estado; en el D.F.L. Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales
de la Administración del Estado; en la Resolución Toma de Razón N° 119046/19/2018, del
Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 05 de marzo de 2018, que nombra al Director
Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental Región de Magallanes y de la Antártica
Chilena; y en la Resolución Nº7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija
Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Nova Austral S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Fusión y Relocalización: Centro de cultivo de
salmonídeos, Clarence 14, Sector Ensenada Wilson, Isla Clarence, XII° Región de Magallanes
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Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 30-07-2020 16:56:03:800 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
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y la Antártica Chilena Nº PERT: 218120001, Sector 1 (en adelante, el Proyecto). Los
antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
NOVA AUSTRAL S.A.
RUT
96.892.540-7
Domicilio
Alberto Fuentes 299 - Porvenir
Teléfono
061-2294100
Representante Legal
Javier Herrera Portorelli
RUT
9.913.633-2
Domicilio
Avda. Pdte. C. Ibáñez del Campo 07200 Lote A2-1 Punta Arenas
Teléfono
95090992
Correo Electrónico
javier.herrera@novaustral.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17/07/2020, el Director Regional de la Región de
Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple
con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos
contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial señalados en el artículo 116 del D.S. Nº40/2012;
y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que
dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. Se deja constancia que
el proyecto da cumplimiento a la Resolución Exenta Nº2968/2019, ya que el titular presenta la
informacion requerida en el titulo IV de la Res Ex Nº2968/2019, en los planes de contigencias
presentados. Asimismo, y en relación a lo relativo a la remisión de la información al correo
contingencias@sernapesca.cl, establecido en el Título VI de la Res Ex Nº 2968 /2019, esto
corresponde a una formalidad a la que se le deberá dar cumplimiento al momento de remitir los
planes de contingencia, sin que por esto se configure un incumplimiento de la normativa, toda
vez que la información de fondo se encuentra contenida en adenda complementaria del
proyecto, dando cumplimiento, por tanto, a la normativa ambiental aplicable al proyecto.
3°. Que, en sesión de 28/07/2020, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la
Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Fusión y Relocalización:
Centro de cultivo de salmonídeos, Clarence 14, Sector Ensenada Wilson, Isla Clarence, XII°
Región de Magallanes y la Antártica Chilena Nº PERT: 218120001, Sector 1”, aprobando
íntegramente el contenido del ICE de 17/07/2020, el que forma parte integrante de la presente
Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en
que se fundamenta.
En consecuencia, el ICE y las consideraciones señaladas precedentemente que lo
complementan, forman parte integrante de la presente resolución.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la
que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Instalar un centro de cultivo de salmones en un área de 6,85 hectáreas, con el
objeto de producir 10.000 toneladas por ciclo productivo.
Descripción general
del proyecto
El proyecto corresponde al traslado de una concesión de acuicultura de
salmones, ubicado en el Parque Nacional Alberto de Agostini, comuna de
Punta Arenas, y el traslado de una fracción de la superficie de otra concesión
de salmones, (concesión Escondida), ubicado en la comuna de Puerto
Natales. Ambos centros de cultivos de salmones fusionarán sus superficies y
se relocalizarán en un nuevo sector, específicamente en el sector de
Ensenada Wilson, Isla Clarence, comuna de Punta Arenas, ubicada en la
Reserva Nacional Kawéskar. Lo anterior con el objeto de producir 10.000
toneladas de salmonídeos, mediante la instalación de 20 balsas jaulas
cuadradas de 40 x 40 x 20 metros y para el tratamiento de las mortalidades
se utilizará sistema de ensilaje.
Tipología principal,
así como las
aplicables a sus
partes, obras o
acciones
n.3) Producción anual igual o mayor a (35ton) tratándose de equinodermos,
crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un
sistema de producción intensivo
Tipología
secundaria
p) Ejecucion de obras, programas o actividades en parques nacionales,
reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes,
santuarios de la naturaleza parques marinos, reservas marinas o cualquiera
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otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos que la legislación
respectiva lo permita
Vida útil
La vida útil del proyecto es indefinida, para ello se considera realizar
mantenciones y revisiones de éste cada 25 años; dependiendo de la
renovación del área de concesión acuícola.
Montro de Inversión
USD $ 5.500.000
Gestión, acto o
faena mínima que
da cuenta del inicio
de la ejecución
Instalación de estructuras flotantes
SI
NO
Proyecto se
desarrolla por
etapas
X
Proyecto modifica
un proyecto o
actividad
X
Proyecto Modifica
otra (s) RCA
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
Región
Magallanes y Antártica Chilena
Provincia
Magallanes
Comuna
Punta Arenas
Descripción de la
localización
En la XII Región de Magallanes y la Antártica Chilena se estudiaron y
propusieron nuevas áreas aptas para la acuicultura (AAA) en el borde costero
de isla Clarence, con la finalidad de facilitar la relocalización de
concesiones, principalmente de aquellas ubicadas en el Parque Nacional
Alberto de Agostini, así como también facilitar la relocalización de aquellas
concesiones ubicadas en una franja de distancia obligatoria entre macrozonas
establecidas de conformidad en el D.S. (MINECON) N° 319/2001; en estas
nuevas propuestas, por el Estado, no considera aumentar el número de
concesiones, ni la superficie de estas, ya que para relocalizarse se debe
renunciar a la concesión original y la nueva concesión debe tener el mismo
tamaño que la renunciada. Estas nuevas AAA definidas por el Estado, fueron
estudiadas, poniendo atención a las distancias entre ella, además que
presentan antecedentes ambientales y oceanográficos que dan cuenta de que
efectivamente son lugares aptos para la realización de acuicultura.
Superficie
6.85 hectáreas
Coordenadas
referidas a la Carta
Subpesca XII-Clar-
SSP, Datum WGS-
84.
Vértice A - Latitud Sur
Vértice A - Longitud Weste
53°59’15,07”
71°41’36,21”
Caminos de acceso
El acceso al centro sólo puede ser realizado a través de una embarcación, por
vía marítima. Para ello el embarque será realizado desde la localidad de
Punta Arenas o Porvenir, para alcanzar el paso Froward e ingresar por el
canal San Pedro hasta llegar a Ensenada Wilson.
Referencia al
expediente de
evaluación de los
mapas,
georreferenciación e
información
complementaria
sobre la localización
de sus partes, obras
y acciones
Página 12, 13 y 14 de la DIA
Anexo 5.A de la Adenda
4.3. PARTES Y OBRAS DEL PROYECTO
Nombre
Descripción
Fase
Fondeos
El sistema de fondeo estará compuesto de
muertos y/o anclas, líneas de fondeos y boyas
Construcción, operación y
cierre
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