Resolución Exenta nº 8-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. DIA Embalse Las Posesiones
Número de resolución | 8-2020 |
Fecha de publicación | 02 Marzo 2020 |
Año | 2020 |
Fecha | 02 Marzo 2020 |
Tipo de documento | Relativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos |
Emisor | Servicio de Evaluación Ambiental |
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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región del Libertador General Bernardo O Higgins
Califica Ambientalmente el proyecto “DIA Embalse Las Posesiones”
Resolución Exenta Nº8/2020
Rancagua, 27 de febrero del año 2020.
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 21 de noviembre de 2019 y su
Adenda Complementaria de 17 de enero de 2020, del proyecto “DIA Embalse Las Posesiones”,
presentado por Agrícola Santa Irene SpA., con fecha 20 de junio de 2019.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“DIA Embalse Las Posesiones”.
3°. El Acta de Evaluación N°37 de 02 de diciembre de 2019, del Comité Técnico de la Región del
Libertador General Bernardo O’Higgins.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “DIA Embalse Las Posesiones” de 12 de febrero de 2020.
5°. El Acta N°3 de 20 de febrero de 2020, de la sesión extraordinaria de la Comisión de Evaluación
de la Región de del Libertador General Bernardo O’Higgins.
6°. La Resolución Exenta Nº206, de 06 de agosto de 2019 de la Dirección Regional del Servicio de
Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins que dispuso la
realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de
la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “DIA Embalse Las Posesiones”.
8. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº40 de
30 de octubre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653 de 2002 del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley
N°18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley
N°19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°156 de fecha 7 de agosto de
2014 de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, que
Aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la
Región del Libertador General Bernardo O’Higgins; en la Resolución Exenta RA
N°119046/344/2019 del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 30 de octubre de 2019,
mediante la cual se establece orden de subrogancia del SEA Región del Libertador General
Bernardo O’Higgins; y en la Resolución N°7 de 2019 de la Contraloría General de la República,
que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, Agrícola Santa Irene SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “DIA Embalse Las Posesiones” (en adelante, el
Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Agrícola Santa Irene SpA.
Rut
77.795.680-9
Domicilio
Av. Santa María 6350 piso 5, comuna de Vitacura, Santiago,
Región Metropolitana.
Teléfono
229935419
Nombre representante legal
José Luis Rabat Vilaplana y Juan Andrés Camus Camus
Rut representante legal
6.371.724-K y 6.370.841-0.
Domicilio representante legal
Av. Santa María 6350 piso 5, comuna de Vitacura, Santiago,
Región Metropolitana.
Teléfono representante legal
229935419
Correo electrónico Titular o
representante legal
alfonso.munoz@riverside.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de febrero de 2020, el/la Director/a Servicio de
Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante,
“Región de O’Higgins”) ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto acreditó cumplimiento de
la normativa ambiental aplicable, cumple con todos los requisitos para el otorgamiento de los
Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos N°119, 140, N°148, N°155, N°156 y N°160 del
Reglamento del SEIA. Además, a lo largo del proceso de evaluación se entregaron los antecedentes
técnicos para fundamentar que no genera efectos, características o circunstancias contemplados en
el artículo 11 de la Ley 19.300; y, todos los servicios con competencia ambiental que participaron
de la evaluación se pronunciaron conforme.
3°. Que, en sesión de 20 de febrero de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador
General Bernardo O Higgins acordó calificar favorablemente el proyecto “DIA Embalse Las
Posesiones”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 12 de febrero de 2020, el que forma
parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60
inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El Embalse Las Posesiones (en adelante, “Proyecto”) tiene como
objetivo la construcción y operación de un embalse de un embalse de
600.000 m3, con una superficie de inundación de 7,2 hectáreas, dentro
de un predio de 1.420 hectáreas, lo que permite otorgar certeza hídrica a
las actuales 89 hectáreas actualmente en desarrollo productivo y a las
futuras 61 hectáreas, resultando un total de 150 hectáreas productivas.
Para la construcción y operación del Proyecto se debe obtener una
resolución de calificación ambiental favorable (RCA) del Embalse Las
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Posesiones, lo que permite la acumulación de aguas provenientes del
canal Almahue y de derechos de agua debidamente inscritos a nombre
de Agrícola Santa Irene SpA., recursos que son utilizados para
abastecer los requerimientos hídricos de los cultivos permanentes del
Predio Santa Irene.
La justificación del desarrollo del Proyecto tiene como eje fundamental
la disponibilidad de agua para riego en toda época del año,
considerando que el predio cultiva principalmente cítricos y carozos de
exportación y el desarrollo de esta actividad tiene directa relación con
las particulares condiciones climáticas y de recursos en donde son
desarrolladas, condiciones del producto que tienen que ver con la
calidad de los suelos, clima y disponibilidad de agua, entre otras.
Dado que, en esta zona, el principal factor limitante para la industria
agrícola es el recurso agua, siendo común su escasez durante la época
invernal utilizada para el control de heladas, y en el verano para
satisfacer los requerimientos de agua de los diferentes cultivos, se
vuelve vital la presencia de obras que permitan embalsar el agua y de
este modo disponer del recurso durante los meses de invierno y verano.
Esto se denomina certeza hídrica, un factor esencial para esta riesgosa
actividad económica.
Basado en informes de la asociación del canal Almahue su dotación
accionaria original era de 16 lt/seg por cada acción de derechos agua,
hoy este valor se ha reducido a 11 lt/seg por acción, y para...
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