Resolución Exenta nº 74-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Optimización Planta Agroindustrial - Frutícola Olmué - Normativa - VLEX 916272286

Resolución Exenta nº 74-2020 del Servicio de Evaluación Ambiental. Optimización Planta Agroindustrial - Frutícola Olmué

Número de resolución74-2020
Fecha de publicación09 Julio 2020
Fecha09 Julio 2020
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Ñuble
Califica Ambientalmente el proyecto “Optimización Planta Agroindustrial - Frutícola Olmué”
<NUM_RES>
Chillán
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 09/03/2020 y su Adenda
Complementaria de 15 de mayo de 2020, del proyecto “Optimización Planta Agroindustrial -
Frutícola Olmué”, presentado por Frutícola Olmué SpA con fecha 11/10/2019.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“Optimización Planta Agroindustrial - Frutícola Olmué”.
3°. El Acta de Evaluación N° 01 de 24 de enero de 2020, del Comité Técnico de la Región de
Ñuble.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Optimización Planta Agroindustrial - Frutícola Olmué” de 12 de
junio de 2020.
5°. El Acta N° 06 de 23 de junio de 2020, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región
de Ñuble.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “Optimización Planta Agroindustrial - Frutícola Olmué”.
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40 de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (en adelante el RSEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los
Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado en el D.F.L. Nº 1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado
y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; en el Decreto N° 1.245 de fecha 05 de septiembre de 2018, del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a Don Carlos Martín Arrau García-
Huidobro, como Intendente Regional de la región de Ñuble; la Resolución Nº7 de 2019, de la
Contraloría General de la República, en el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la
Región de Ñuble, aprobado mediante Resolución Exenta N° 02 de fecha 26 de septiembre de 2018;
y en la Resolución TRA 119046/418/2019 del 17.12.2019 que designa Directora Regional del SEA
Ñuble.
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Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernan Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 09-07-2020 11:28:49:232 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Frutícola Olmué SpA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Optimización Planta Agroindustrial - Frutícola
Olmué” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Frutícola Olmué SpA
Rut
76.078.112-6
Domicilio
Camino a Parque Lantaño 100
Teléfono
56975288982
Nombre representante legal
Jaime Manuel Roessler Fernández
Rut representante legal
12722568-0
Domicilio representante legal
Camino a Parque Lantaño 100
Teléfono representante legal
56975288982
Correo electrónico Titular o
representante legal
yortiz@olmue.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 12 de junio de 2020, el Servicio de Evaluación
Ambiental Región de Ñuble ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto éste cumple con la
normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter
ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni presenta los
efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la
necesidad de evaluar a través de un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los
errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Solicitudes de
Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 23 de junio de 2020, la Comisión de Evaluación de la Región de Ñuble acordó
calificar favorablemente el proyecto “Optimización Planta Agroindustrial - Frutícola Olmué”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de 12 de junio de 2020, el que forma parte integrante
de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción
del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Proyecto consiste en realizar las optimizaciones y
reconfiguraciones necesarias de la Planta Agroindustrial que permitan
aumentar su producción anual desde las 13.199 toneladas, hasta las
17.600 toneladas anuales de productos terminados.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
k.1) Instalaciones fabriles sobre 2.000 KVA
El Proyecto requerirá una mayor potencia total instalada, por lo que se
alcanzará una potencial total de 4.000 KVA.
Vida útil
Se considera una vida útil de 50 años
Monto de inversión
USD $ 3.700.000,000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Obtención de las recepciones definitivas, la cual permitirá la completa
ocupación y operación de la nueva estructura.
Proyecto se desarrolla por
etapas
No
[X]
Proyecto modifica un
No
El Proyecto considera un conjunto de obras de
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proyecto o actividad
optimización y reconfiguración internas en la Planta, las
que permitirán mejorar su capacidad productiva. Estas
partes, obras y acciones de optimización y
reconfiguración son las siguientes:
Reconfiguración de Galpón y Línea de Corte de Materias
Primas en Seco: Este proyecto implica el traslado de las
máquinas de corte de materias primas en seco desde un
galpón interno de la bodega a un galpón reconfigurado,
exclusivo para el procesamiento de berries. Para lo
anterior, se requiere del desmontaje del denominado
Galpón C1 conforme a la nomenclatura utilizada en el
Plano de Emplazamiento acompañado en el Anexo Nº06
de la DIA- y el montaje de una nueva estructura o
Galpón denominado C2, que unificará la estructura
remanente del Galpón C1 y el Galpón C3.
Incorporación de Nuevo Túnel de Congelado: En el
emplazamiento desocupado por el traslado de las
máquinas de corte de materias primas en seco, se
instalará un nuevo túnel de congelado que requerirá para
su operación de la instalación de un transformador
adicional de 1250 KVA. El emplazamiento del nuevo
túnel de congelado fue definido para aprovechar la
infraestructura existente en materia de superficies
internas y sistema de conducción de RILes. Por lo
anterior, la incorporación de estos equipos no requerirá la
modificación de las instalaciones internas de la Planta
Agroindustrial existente, ni de su actual sistema de
conducción de RILes.
Proyecto modifica otra(s)
RCA [sólo en caso de que
el proyecto sí modifique
un proyecto o actividad]
No
La Planta Agroindustrial cuenta con la Resolución de
Calificación Ambiental N°280/2006 (en lo sucesivo,
“RCA N°280”), corresponde al Sistema de Tratamiento
de RILes.
La Modificación del presente proyecto no modifica
ninguno de los considerandos establecidos en la RCA N°
280.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se ubica en la comuna de Chillán, Provincia de Diguillín,
Región del Ñuble, específicamente en Camino Parque Lantaño Nº 100.
Descripción de la
localización
El Proyecto se encuentra operativo desde el año 1994. Con la
optimización y reconfiguración, se busca aprovechar la infraestructura
existente y desarrollada. Adicionalmente, el emplazamiento permite
contar con accesos expeditos a las principales rutas y autopistas de la
zona. Este escenario, permite optimizar los tiempos de traslado, tanto
de los productos frescos y productos terminados, como de los propios
trabajadores de la Planta.
Superficie
El Proyecto se ubica en un terreno cuya superficie total es de 25.400
m2. De aquel predio, la superficie intervenida por el emplazamiento
actual de la planta agroindustrial corresponde a 11.963,450 m2 esto
es, considerando sólo la superficie construida en el primer piso-. Con el
actual proyecto de optimización, se contempla la reconfiguración de
uno de los galpones actualmente construido, lo cual implica un aumento
en las superficies de 356,58 m2, quedando dicho galpón con una
superficie total de 861,94 m2.
Así, considerando lo anterior, la planta agroindustrial alcanzará una
superficie construida en el primer piso de 12.320,03 m2 y un total
construido entre el primer y segundo piso de 13.375,03 m2.
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