Resolución Exenta nº 71-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico El Carpintero - Normativa - VLEX 916273228

Resolución Exenta nº 71-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico El Carpintero

Número de resolución71-2021
Fecha de publicación31 Marzo 2021
Año2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DEL MAULE
Califica Ambientalmente el proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO EL CARPINTERO
<NUM_RES>
Talca
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “PARQUE FOTO VOLTAICO EL CARPINTERO”, ingresado por
PFV EL CARPINTERO SPA con fecha 18 de mayo del 2020, admitido a tramitación con fecha 20 de mayo del 2020, su
Adenda de fecha 14 de octubre del 2020 y su Adenda Complementaria de fecha 9 de febrero de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus
facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del
Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO EL CARPINTERO”.
3°. El Acta de Evaluación N° 71 de fecha 20 de noviembre del 2020, del Comité Técnico de la Región de la Región del
Maule.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO EL CARPINTERO” de 23 de febrero de 2021.
5°. El acuerdo alcanzado en la sesión de fecha 03 de marzo del 2021 de la Comisión d e Evaluación de la Región del
Maule.
6°. La Resolución Exenta N°178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule,
que aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión.
7°. La Resolución Exenta N°66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que
autoriza al Secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°17 inciso 2° del
Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule.
8°. La Resolución Exenta N° 202099101491 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental de fecha 28 de
julio del 2020.
9°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto
“PARQUE FOTOVOLTAICO EL CARPINTERO”.
10°. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de 2012, del Ministerio
del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impa cto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley
N°19.880, que Establece Bas es de los Procedimientos Ad ministrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
del Estado en el Decreto Número 286 de fecha 27 de junio de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,
que nombra al señor Juan Eduardo Prieto Correa, como Intendente Regional del Maule en la Resolución Afecta
N°62 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero de 2015, que nombra a
don René Alejandro Christen Fernández como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región
del Maule; y en la Resolución N°007, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón.
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 31-03-2021 10:48:15:343 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 31-03-2021 10:48:17:233 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, PFV EL CARPINTERO SPA (en adelante, el Titular), ha s ometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
(SEIA) la DIA del proyecto “PARQUE FOTOVOLTAICO EL CARPINTERO” (en a delante, el Proyecto). Los antecedentes
del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
PFV EL CARPINTERO SPA
Rut
77.131.284-5
Domicilio
Av. Nueva Providencia 1881, Oficina 1015, Providencia, Región Metropolitana
Teléfono
+56 2 2969 5077
Nombre del representante legal
Ricardo Sylvester Zapata
Rut del representante legal
7.500.917-8
Domicilio del representante legal
Av. Nueva Providencia 1881, Oficina 105, Providencia, Región Metropolitana
Teléfono del representante legal
+56 2 2969 5077
Correo electrónico del Titular o
representante legal
manuel.pizarro@oEnergy.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de febrero de 2021, el Director del Servicio de Evaluación Ambiental de
la Región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 de este documento;
cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales
sectoriales aplicables identificados en la sección 10 de este documento; no genera ni presenta los efectos,
características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de e valuar un
Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, o misiones e inexactitudes planteados en el o los
Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones
3°. Que, en sesión de fecha 03 de marzo del 2021, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule acordó calificar
favorablemente el p royecto “PARQUE FOTOVOLTAICO EL CARPINTERO”, aprobando íntegramente el contenido del
ICE de 23 de febrero de 2021, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo
indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, s e excluyen de la presente Resolución las
consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman
parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Generación de energía eléctrica a partir la radiación solar existente en la zona de
emplazamiento del Proyecto.
Descripción general del
proyecto
El Proyecto consiste en la construcción y operación de un parque solar para la
generación de energía eléctrica. La energía generada será inyectada al sistema
eléctrico nacional (en adelante SEN).
El Proyecto contará con una capacidad instalada de 12 MW, con un total de 32.508
módulos solares, 18 centros de transformación e inversores.
La planta s olar fotovoltaica se organiza en d ieciocho (18) unidades de generación,
cada una de aproximadamente 0,6 MW de generación.; ca da unidad generadora
estará compuesta por un (1) centro de transformación de 0,4/13,2 KV 0,6 MVA,
montado sobre un a losa de hormigón armado instalada directamente sob re el suelo,
sin necesidad de usar fundaciones profundas.
Cada unidad generadora estará compuesta por un total aproximado de 1.806 paneles
fotovoltaicos de 3 70 W cada uno, y 5 inversores de 100 kW, distribuidos frente a los
arreglos desde donde se conectan
La energía eléctrica será evacuada al alimentador “Falucho” de la Subestación
“Constitución”, perteneciente a la empresa “CGED S.A.”
El Proyecto estará emplazado en una superficie total de 16,2 ha.
Tipología principal, así como
las aplicables a sus partes,
obras o acciones
c.) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.
Vida útil
El Proyecto tiene una vida útil de 30 años
Gestión, a cto o faena mínima,
que da cuenta del inicio de la
ejecución del proyecto de
modo sistemático y
Adecuación del terreno de la instalación de faenas, consistente en la limpieza y
despeje del área de trabajo.
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permanente, para efectos de la
caducidad de la RCA
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
No
El Proyecto no se desarrolla por etapas.
[X]
Proyecto modifica un proyecto
o actividad
Si
No
El Proyecto no modifica un proyecto o actividad existente.
[X]
Proyecto modifica otra(s) RCA
[sólo en caso de que el
proyecto modifique un
proyecto o actividad]
Si
No
El Proyecto no modifica otras RCA.
[X]
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa
El Proyecto se ubica en la Comuna de Constitución, Provincia de Talca, Región del
Maule.
Descripción de la localización
La justificación del área de emplazamiento seleccionada para la ejecución del
presente Proyecto, presenta circunstancias favorables para la instalación de u n
proyecto de generación de energía solar debido a las siguientes condiciones:
• Recurso solar existente en la zona.
• Disponibilidad de conexión a red eléctrica de distribución existente.
• Terreno con una topografía propicia para la implantación de sistemas fotovoltaicos.
• Proximidad a p oblaciones existentes, que permitirán el aprovisionamiento de la
planta de materiales y servicios.
Superficie
La superficie total del proyecto es de 16.2 has
Coordenadas UT M en Datum
WGS84
Las coordenadas representativas del cierre perimetral del Proyecto son las siguientes:
Vértice
Coordenadas WGS84 HUSO 19
Norte (m)
Este (m)
A
6.083.696,61
736.920,73
B
6.083.690,35
736.942,37
C
6.083.658,57
736.937,59
D
6.083.600,59
736.877,53
E
6.083.445,79
736.733,04
F
6.083.400,37
736.712,50
G
6.083.366,42
736.683,18
H
6.083.293,01
736.664,90
I
6.083.251,62
736.678,02
J
6.083.200,06
736.669,32
K
6.083.166,00
736.675,41
L
6.083.106,42
736.592,63
M
6.083.118,67
736.575,51
N
6.083.189,86
736.575,51
O
6.083.216,45
736.554,76
P
6.083.232,10
736.520,24
Q
6.083.302,54
736.498,77
R
6.083.371,19
736.388,80
S
6.083.459,14
736.378,09
T
6.083.596,67
736.580,61
U
6.083.620,10
736.674,88
V
6.083.641,03
736.803,97
W
6.083.649,67
736.832,82
X
6.083.672,99
736.885,14
Caminos de acceso
El acceso al proyecto se realiza desde la Ruta 5 Sur salida hacia Constitución/
Cauquenes dirección poniente incorporándose a Ruta M-30-L avanzando por esta ruta
por 79 km aproximadamente, hasta el lugar donde se encuentra al acceso existente al
predio del Proyecto, ruta a la cual el sitio de emplazamiento tiene acceso directo.
Referencia al expediente de
evaluación de los mapas,
georreferenciación e
información complementaria
sobre la localización de sus
partes, obras y acciones
Anexo B - Planos PFV El Carpintero de la DIA, Anexo A Cartografías de la Adenda N°1
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