Resolución Exenta nº 7010178-2023 del Servicio de Evaluación Ambiental. Riberas del Claro II - Normativa - VLEX 936152068

Resolución Exenta nº 7010178-2023 del Servicio de Evaluación Ambiental. Riberas del Claro II

Fecha de publicación25 Mayo 2023
Número de resolución7010178-2023
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región de Atacama
Califica Ambientalmente el proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I”
<NUM_RES>
Copiapó
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 6 de enero de 2023 y su
Adenda Complementaria de 13 de marzo de 2023, del proyecto “Central fotovoltaica Inca de
Varas I”, presentado por Inca de Varas I S.A. con fecha 22 de abril de 2022.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que,
sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA,
y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del
proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I”.
3°. El Acta de Evaluación N°20230310623 de fecha 3 de abril de 2023, del Comité Técnico de
la Región de Atacama.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I” de fecha 3 de abril de
2023.
5°. El acuerdo de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama de fecha 12
de abril de 2023.
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de
la DIA del proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I”.
7°. Las disposiciones de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente,
publicada en el Diario Oficial el 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N° 20.417,
publicada en el Diario Oficial el 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de
Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y del D.S. Nº 40, del
Ministerio del Medio Ambiente que “Aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental”, publicado en el Diario Oficial el 12 de agosto de 2013. La Ley Nº
19.880, publicada en el Diario Oficial el 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los
Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del
Estado. La Resolución Exenta Nº 167 “Aprueba Modificación Texto del Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Atacama” de fecha 13 de
agosto de 2021, que modifica la Resolución Exenta N° 181-1, de fecha 18 de julio de 2014, de
la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama, que aprueba el Reglamento de Sala de la
Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y delega facultades que indica en el Director
Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, Región de Atacama; la Resolución Exenta RA
119046/376/2019 del 17 de diciembre de 2019, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de
Evaluación Ambiental, que nombra a doña Verónica Ossandón Pizarro como Directora
Regional; y, en la Resolución Nº 7 de 26 de marzo del año 2019, de la Contraloría General de
la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
Firmado Digitalmente por Velentina Alejandra Duran Medina
Fecha: 05-05-2023 11:32:05:899 UTC -04:00
Razón:
Lugar:
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CONSIDERANDO:
1°. Que, Inca de Varas I S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I” (en adelante,
el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Inca de Varas I S.A.
Rut
76.270.843-4
Domicilio
Avenida Los Militares 4777, Piso 21, Las Condes, Región
Metropolitana
Teléfono
56993287442
Nombre representante legal
Rafael Enrique Guzmán Alonso
Rut representante legal
10.057.176-5
Domicilio representante legal
Avenida Los Militares 4777, Piso 21, Las Condes, Región
Metropolitana
Teléfono representante legal
56993287442
Correo electrónico Titular o
representante legal
rguzmana@globalpower-generation.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 3 de abril de 2023, la Directora del Servicio de
Evaluación Ambiental Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el
proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de
otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables;
no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°
19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha
subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de
Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones
3°. Que, en sesión de fecha 12 de abril de 2023, la Comisión de Evaluación de la Región de
Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Central fotovoltaica Inca de Varas I”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de 3 de abril de 2023, el que forma parte integrante de
la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo general del presente Proyecto es la generación de energía
renovable no convencional (ERNC), mediante el aprovechamiento
sustentable de la energía solar. La energía generada será transportada y
finalmente aportada al Sistema Eléctrico Nacional (SEN) a través de la
conexión del Proyecto a una subestación existente y de esta forma
contribuir a satisfacer la creciente demanda energética que se registra a
nivel País. Por otro lado, Proyectos de este tipo aportan en el objetivo
de lograr la descarbonización y no acrecentar el cambio climático.
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.
b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.
Vida útil
Construcción: 12 meses.
Operación: 50 años.
Cierre: 12 meses
Monto de inversión
USD $ 90.000.000,000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
El hito que establecerá el inicio de esta fase será la habilitación
Instalación de Faena temporal para la construcción
Proyecto se desarrolla por
No
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etapas
X
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
No
X
Proyecto modifica otra(s)
RCA
No
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se localiza en la Región de Atacama, provincia de
Copiapó, comuna de Copiapó, fuera del límite urbano de la comuna,
específicamente en la ruta C-17, camino a Inca de Oro, a la altura
del kilómetro 47,9.
Justificación de la
localización
La localización del proyecto se justifica dado los elevados índices
de radiación solar existentes en el área de emplazamiento y las
excelentes condiciones climáticas que permiten obtener la energía
directa del sol en casi todas las épocas del año.
Por otro lado, se encuentra frente a la subestación Carrera Pinto, lo
que permitirá la conexión directa de la LTE de la Central
Fotovoltaica Inca de Varas I, disminuyendo así el impacto que
generaría una línea eléctrica de mayor extensión y entregando la
energía generada directamente al SEN.
Superficie
La Central Fotovoltaica se emplaza al interior de un predio que
posee una superficie total de aproximadamente 122 ha y la Línea de
Transmisión Eléctrica y su faja de seguridad comprenden una
superficie de 7,5 ha, totalizando 129,5 ha aproximadamente. No
obstante, la construcción del Proyecto involucra la afectación
directa de aproximadamente 122,78 ha de superficie, de
instalaciones permanentes.
Superficies efectivas por Obras
Tipo
Parte, Obra o acción
Superfici
e (ha)
Tempora
l
Caseta de control
0,0017
Instalación de faena
4,04
Superficie total de emplazamiento
4,045
Permane
nte
Área Almacenamiento de Agua
0,0015
Área de paneles
106,257
Área fosas y drenes
0,006
Bodega respel
0,005
Bodega SUSPEL
0,0002
Depósito de combustible y
grupo electrógeno
0,0028
Edificio de Control
0,0432
Estacionamiento
0,0126
RSINP
0,005
RSD
0,0025
Torre de Telecomunicaciones
0,0225
Subestación Elevadora
0,998
Zanja de seguridad
0,4633
Cableado baja tensión
0,4807
Cableado de comunicaciones
(CCTV)
0,4023
Cableado IDVII
0,3638
Cableado media tensión
0,8538

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