Resolución Exenta nº 70019-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Extracción de Áridos, Rinconada Los Maitenes - Normativa - VLEX 916273697

Resolución Exenta nº 70019-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Extracción de Áridos, Rinconada Los Maitenes

Número de resolución70019-2022
Fecha de publicación24 Enero 2022
Año2022
Fecha24 Enero 2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región del Maule
Califica Ambientalmente el proyecto “Extracción de Áridos, Rinconada Los Maitenes”
<NUM_RES>
Talca
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda del 03 de septiembre de 2021 y su
Adenda Complementaria de 16 de noviembre de 2021, del proyecto “Extracción de Áridos,
Rinconada Los Maitenes”, presentado por Forestal Arauco S.A. con fecha 16 de abril de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
“Extracción de Áridos, Rinconada Los Maitenes”.
3°. El Acta de Evaluación N° 29, de 20 de agosto de 2021, del Comité Técnico de la región del Maule.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Extracción de Áridos, Rinconada Los Maitenes” de 13 de
diciembre de 2021.
5°. El acuerdo alcanzado en la sesión de la Comisión de Evaluación de la región del Maule, de fecha
21 de diciembre del 2021.
6°. La Resolución Exenta N° 178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación
de la Región del Maule, que aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la
mencionada Comisión.
7°. La Resolución Exenta N° 66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la
Región del Maule, que autoriza al secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo N° 17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Comisión de Evaluación de la Región del Maule.
8°. La Resolución Exenta digital N°20210700127, de fecha 28 de septiembre de 2021, de la Comisión
de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba la modificación al texto del reglamento de
organización y funcionamiento de la mencionada Comisión, relacionada con el reemplazo en sus
funciones de la figura del “Intendente Regional” por el “Delegado Presidencial Regional”.
9°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA
del proyecto “Extracción de Áridos, Rinconada Los Maitenes”.
10. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de
2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L.
Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el
Decreto Número 178 de fecha 12 de julio de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,
que nombra al señor Juan Eduardo Prieto Correa, como Delegado Presidencial Regional de la Región
del Maule; en la Resolución Afecta N° 62 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación
Ambiental, de fecha 02 de febrero de 2015, que nombra a don René Alejandro Christen Fernández
como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule; y en la
Resolución N° 007, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón.
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
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Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 07-01-2022 16:12:37:235 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, Forestal Arauco S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Extracción de Áridos, Rinconada Los Maitenes”
(en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Titular
Forestal Arauco S.A.
R.U.T.
85.805.200-9
Dirección
Av. El Golf N°150, piso 14, Las Condes, Región Metropolitana
Teléfono
(56) 224-617-200
Representante Legal
Juan Pablo Ventura Albornoz
R.U.T. del representante legal
11.530.414-3
Dirección
Av. El Golf N°150, piso 14, Las Condes, Región Metropolitana
Teléfono
(56) 224-617-200
Correo Electrónico
juan.ventura@arauco.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 13 de diciembre de 2021, del director del Servicio de
Evaluación Ambiental de la región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
Cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos
ambientales sectoriales aplicables;
No genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley
N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar por medio de un Estudio de Impacto
Ambiental; y
El titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes
Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones.
3°. Que, en sesión del 21 de diciembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule
acordó calificar favorablemente el proyecto “Extracción de Áridos, Rinconada Los Maitenes”,
aprobando íntegramente el contenido del ICE de 13 de diciembre de 2021, el que forma parte
integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso
segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones
técnicas en que se fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda
Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente resolución, la
descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
Tabla 4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad
Objetivo general
El objetivo del Proyecto es la extracción y procesamiento de 300.000 m3
de áridos desde un sector del predio Rinconada Los Maitenes, de
propiedad del titular, ubicado en la comuna de San Clemente, provincia
de Talca.
Descripción general
del proyecto
El Proyecto Extracción de Áridos, Rinconada Los Maitenes contempla la
extracción y procesamiento de aproximadamente 300.000 m3 de áridos
desde un sector del predio Rinconada Los Maitenes, en una superficie
total de 13,3 has, ubicado en la comuna de San Clemente, provincia de
Talca, región del Maule.
El material a extraer corresponde a áridos que requerirán procesamiento,
y serán utilizados en la conformación de terraplenes, caminos y/o
plataformas de las operaciones forestales del titular en la región del
Maule. Además, el procesamiento del material será in situ, a través de una
planta de chancado que estará dispuesta en el área de instalación de
faenas.
El área de extracción, que corresponde a 12,3 ha, que será seccionada en
6 celdas de aproximadamente 2 ha cada una, de conformidad con la figura
que se acompaña en el Anexo 11 de la DIA. El material será extraído y
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cargado en camiones tolva, para luego ser trasladado a la zona de
procesamiento en el área de instalación de faenas.
Tipología principal,
así como las
aplicables a sus partes,
obras o acciones
En virtud de lo señalado en la Ley 19.300 Sobre Bases Generales del
Medio Ambiente, modificada por Ley 20.417, y el D.S. N°40/12 del
MMA, el Proyecto debe someterse al SEIA por cuanto concurre el
presupuesto señalado en el literal i) del artículo 10 de la citada ley, así
como el literal i) del artículo 3 del D.S. N° 40/12. Al respecto el D.S.
N°40/12 señala lo siguiente:
“i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los d e carbón, petróleo y
gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas
procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción
industrial de áridos, turba o greda”.
i.5.1) Tratándose de extracciones en pozos o canteras, la
extracción de áridos y/o greda sea igual o superior a diez mil
metros cúbicos mensuales (10.000 m³/mes), o a cien mil metros
cúbicos (100.000 m³) totales de material removido durante la
vida útil del proyecto o actividad, o abarca una superficie total
igual o mayor a cinco hectáreas (5 ha)”
Vida útil
Se contempla que la extracción de áridos se realice por un periodo de 10
años, o hasta completar el total de extracción de áridos de volumen
aproximado de 300.000 m3. Lo anterior, pues se prevé que las actividades
de extracción serán de tipo intermitente, ya que dependerá de los
requerimientos de áridos o de la demanda de las operaciones forestales
y/o de proyectos en particular que requieran el material. En tal sentido, la
vida útil del Proyecto y/o su etapa de explotación pudiere reducirse o
extenderse en función de la demanda del material a extraer, siempre
circunscribiéndose al volumen máximo indicado, hasta completar el total
de extracción de áridos de volumen aproximado de 300.000 m3.
Monto de inversión
El monto estimado para la ejecución del Proyecto asciende,
aproximadamente, a USD $800.000 (ochocientos mil dólares de los
Estados Unidos de América).
Gestión, acto o faena
mínima, que da cuenta
del inicio de la
ejecución del proyecto
de modo sistemático y
permanente, para
efectos de la
caducidad de la RCA
La gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
del presente Proyecto, de modo sistemático y permanente, corresponde al
cercado perimetral del área de instalación de faenas, la que corresponde a
una obra y/o actividad inherente a la naturaleza y tipología de este
Proyecto.
Proyecto o actividad
se desarrolla por
etapas
No
El proyecto no se desarrolla por etapas.
[X]
Proyecto o actividad
modifica un proyecto
o actividad existente
No
El proyecto no modifica algún proyecto o actividad existente.
[X]
Proyecto modifica
otra RCA
No
El proyecto no contempla la modificación de otra RCA.
[X]
Tabla 4.2 Ubicación del proyecto o actividad
División político-
administrativa
Región del Maule, provincia de Talca, comuna San Clemente.
Justificación de la
localización
El Proyecto contempla la extracción de 300.000 m3 de áridos, al interior del
predio Rinconada Los Maitenes, en sector del mismo nombre. Su localización
se justifica en virtud de los siguientes elementos principales: que el predio es
propiedad de la empresa titular (no afectando así terrenos de terceros); que en
dicho lugar se encuentra el material idóneo para proveer de áridos para
conformar terraplenes, caminos y/o plataformas requeridas por el titular para
sus operaciones forestales, y que el sitio se encuentra cercano a las operaciones
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