Resolución Exenta nº 700125-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Reliquia - Normativa - VLEX 916273368

Resolución Exenta nº 700125-2022 del Servicio de Evaluación Ambiental. Parque Fotovoltaico Reliquia

Número de resolución700125-2022
Fecha de publicación28 Febrero 2022
Año2022
Fecha16 Febrero 2022
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región del Maule
Califica Ambientalmente el proyecto PARQUE FOTOVOLTAICO RELIQUIA
<NUM_RES>
Talca
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 13 de agosto de 2021 y su Adenda
Complementaria de 4 de noviembre de 2021, del proyecto PARQUE FOTOVOLTAICO RELIQUIA, presentado
por SOLARES DEL MAULE S.p.A. con fecha 23 de marzo de2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base
de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el
Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto PARQUE FOTOVOLTAICO
RELIQUIA.
3°. El Acta de Evaluación N°21 de 30 de julio de2021, del Comité Técnico de la R egión de Maule.
4°. El ICE de la DIA del proyecto PARQUE FOTOVOLTAICO RELIQUIA de 26 de novie mbre de 2021.
5°. El acuerdo alcanzado en la sesión de la Comisión de Evaluación de la región del Maule, de fecha 07 de
diciembre de 2021.
6°. La Resolución Exenta N°178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región
del Maule, que aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión.
7°. La Resolución Exenta digital N°20210700127, de fecha 28 de septiembre de 2021, de la Comisión de
Evaluación de la Región del Maule, que aprueba la modificación al texto del reglamento de organización y
funcionamiento de la mencionada Comisión, relacionada con el reemplazo en sus funciones d e la figura
del “Intendente Regional” por el “Delegado Presidencial Regional”.
8°. La Resolución Exenta N°66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región del
Maule, que autoriza al secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
N°17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la
Región del Maule.
9°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del
proyecto PARQUE FOTOVOLTAICO RELIQUIA.
10°. Lo dispuesto en la Ley N º19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº40, de 2012, del
Ministerio del Medio Ambiente, Reglam ento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
(Reglamento del SEIA); la Ley N°19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativ os que
Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L. Nº 1/19.653, de 2000, del
MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordin ado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Número 178 de fecha 12
de julio de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al señor Juan Eduardo Prieto
Correa, como Delegado Presidencial Region al de la Región del Maule; en la Resolución Afecta N° 62 de la
Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero de 2015, que nombra a
don René Alejandro Christen Fernández como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de
la Región del Maule; y en la Resolución Nº7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija
Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
https://validador.sea.gob.cl/validar/2154852481
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 25-01-2022 18:57:38:456 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 25-01-2022 18:57:41:152 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
CONSIDERANDO:
1°. Que, SOLARES DEL MAULE S.p.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto PARQUE FOTOVOLTAICO RELIQUIA (en adelante, el Proyecto). Los
antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Solares del Maule S.p.A.
Rut
77.155.141-6
Domicilio
La Capitanía Nº80, PISO 1, Nº108, Las Condes. Región
Metropolitana
Teléfono
+569 93229492
Nombre representante legal
Rodrigo Eduardo Celis Álvarez
Rut representante legal
8.775.617-3
Domicilio representante legal
La Capitanía Nº 80, PISO 1, Nº 108, Las Condes. Región
Metropolitana
Teléfono representante legal
+56 9 93229492
Correo electrónico representante legal
rcelis@avalonrenovables.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 26 de noviembre de 2021, el director del Servicio de Evaluación
Ambiental de la región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, identificada en este
documento;
El Proyecto cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los
permisos ambientales sectoriales aplicables, identificados en este documento;
El Proyecto no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley
N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar a través de un Estudio de Impacto Ambiental; y
El Titular h a subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes
Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de fecha 7 de diciembre de 2021 la Comisión de Evaluación de la región del Maule acordó
calificar favorablemente el proyecto PARQUE FOTOVOLTAICO RELIQUIA, ap robando íntegramente el
contenido del ICE de fecha 26 de noviembre de 2021, el que forma parte integrante de la presente
Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA,
se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fund amenta.
4°. Que, según lo s eñalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales
forman parte integrante de la presente resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se
indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Proyecto en evaluación es generar energía eléctrica a partir de la
obtención de energía solar con una potencia de generación nominal de 9 MW y una
potencia instalada de 10,64MWp, la cual será inyectada al Sistema Eléctrico Nacional
(SEN).
Descripción
general del
proyecto
El Proyecto en considera la construcción, operación y cierre de una planta
fotovoltaica con una potencia instalada de 10,64 MWp, para lo cual requiere la
implementación de 15.888 módulos fotovoltaicos de 670 W cada uno.
La planta fotovoltaica considera un polígono de ocupación de 21,6 ha; el camino de
ingreso y servidumbre eléctrica considera una superficie de 1,8 ha y una Línea de
Transmisión Eléctrica LTE del tipo aéreo de 13,8 kV, de circuito simple, de 7,7Km de
largo soportada en 100 postes de hormigón armado de 11,5 m d e altura, esta LTE
considera una faja de seguridad de 5 metros a cada lado del eje de la misma.
El Proyecto se ubica en la comuna de Parral, Provincia de Linares, Región del Maule,
a aproximadamente 9 km al noroeste del límite urbano de Parral. Consid erando las
instalaciones anexas y los accesos, el proyecto tendrá una superficie total de 31,1
hectáreas.
Tipología principal,
así como las
aplicables a sus
partes, obras o
acciones
En virtud de lo señalado en la Ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio
Ambiente, modificada por Ley 20.417, y el D.S. N°40/12 del MMA, el Proyecto debe
someterse al SEIA por cuanto concurre el presupuesto señalado en el literal c) del
artículo 10 de la citada ley, así como el literal c) del artículo 3 del D.S. N 40/12. Al
respecto el D.S. N°40/12 señala lo siguiente:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
https://validador.sea.gob.cl/validar/2154852481
“Artículo 3. Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental,
en cualquiera de sus fases, que deberán so meterse al Sistema de Evaluación de
Impacto Ambiental, son los siguientes:
c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.”
De acuerdo a lo anterior, el proyecto in gresa al SEIA ya que generará una potencia
neta de 10,64 MWp.
El proyecto no tiene Tipología Secundaria
Vida útil
30 años
Monto de inversión
USD $ 8.500.000.-
Gestión, acto o
faena mínima que
da cuenta del inicio
de la ejecución
El hito de inicio del proyecto corresponde a las actividades de despeje del terreno.
Proyecto se
desarrolla por
etapas
Si
El proyecto se construye en una sola Fase, la que durará
6 meses aproximadamente
Proyecto modifica
un proyecto o
actividad
Si
El Proyecto no modifica un pro yecto o actividad dado
que se trata de un proyecto nuevo
Proyecto modifica
otra RCA
Si
El Proyecto corresponde a un proyecto nuevo, por lo
que no se trata de una modificación a otra/otras RCA.
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
Región del Maule, provincia de Linares, comuna de Parral.
Justificación de la
localización
El emplazamiento resulta muy favorable para la instalación de un Proyecto
Fotovoltaico debido a las siguientes características:
Radiación Solar
El lugar se encuentra cercano a la red de distribución de media t ensión
existente, lo que hace factible técnica y económicamente el desarrollo del
proyecto y la inyección de la energía eléctrica generada.
Se encuentra cercano a los centros de demanda energética.
Las condiciones to pográficas hacen que el sitio sea ideal para el emplazamiento de
los módulos solares fotovoltaicos debido a su baja pendiente, al ser sectores
bastante planos.
Superficie
La planta fotovoltaica considera una superficie de 21,6 ha como polígono del
proyecto y una superficie de 1,8 ha utilizada por el camino de ingreso y servidumbre
eléctrica.
Coordenadas UTM
en Datum WGS84
Área de Proyecto:
Vértice
Coordenadas
Este (m)
Norte (m)
V1
234.992,88
5.999.965,52
V2
234.885,11
5.999.933,61
V3
234.293,44
5.999.251,90
V4
234.416,00
5.999.132,00
V5
234.789,57
5.999.493,78
V6
234.831,08
5.999.514,28
V7
235.156,36
5.999.872,28
Proyección UTM, Datum WGS 84, Huso 19 Sur
Línea de Evacuación:
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
https://validador.sea.gob.cl/validar/2154852481

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR