Resolución Exenta nº 7001100-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Embalse Estacional Cauquenes - Normativa - VLEX 916273908

Resolución Exenta nº 7001100-2021 del Servicio de Evaluación Ambiental. Embalse Estacional Cauquenes

Número de resolución7001100-2021
Fecha de publicación29 Diciembre 2021
Año2021
Fecha29 Diciembre 2021
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región del Maule
Califica Ambientalmente el proyecto “Embalse Estacional Cauquenes
<NUM_RES>
Talca
<FECHA_RESOLUCION>
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 24 de junio de 2021 y su Adenda
Complementaria de 15 de octubre de 2021, del proyecto “Embalse Estacional Cauquenes”,
presentado por Bodegas y Viñedos Talagante International Brands Limitada, con fecha 18 de
febrero de 2021.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se
detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto
Embalse Estacional Cauquenes”.
3°. El Acta de Evaluación N°19 de 12 de mayo de 2021, del Comité Técnico de la región del
Maule.
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Embalse Estacional Cauquenes” del 2 de noviembre de 2021.
5°. El acuerdo alcanzado en la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de
fecha 11 de noviembre de 2021.
6°. La Resolución Exenta N°178, de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Comisión de Evaluación
de la Región del Maule, que aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la
mencionada Comisión.
7°. La Resolución Exenta N°66, de fecha 31 de mayo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la
Región del Maule, que autoriza al secretario de dicha Comisión para proceder de acuerdo a lo
dispuesto en el artículo N°17 inciso 2° del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la
Comisión de Evaluación de la Región del Maule.
8°. La resolución exenta digital N°20210700127, de fecha 28 de septiembre de 2021, de la
Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que aprueba la modificación al texto del
reglamento de organización y funcionamiento de la mencionada Comisión, relacionada con el
reemplazo en sus funciones de la figura del “Intendente Regional” por el “Delegado Presidencial
Regional”.
9°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto Embalse Estacional Cauquenes.
10°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40,
de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el D.F.L.
Nº1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el
Decreto Número 178 de fecha 12 de julio de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública,
que nombra al señor Juan Eduardo Prieto Correa, como Delegado Presidencial Regional de la
región del Maule; en la Resolución Afecta N° 62 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de
Evaluación Ambiental, de fecha 02 de febrero de 2015, que nombra a don René Alejandro Christen
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Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 01-12-2021 09:39:40:809 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Firmado Digitalmente por Hernán Guillermo Brucher Valenzuela
Fecha: 01-12-2021 09:39:42:616 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Fernández como Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule; y
en la Resolución N° 07, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre
Exención del Trámite de Toma de Razón.
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CONSIDERANDO:
1°. Que, Bodegas y Viñedos Talagante International Brands Limitada (en adelante, el Titular), ha
sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto Embalse
Estacional Cauquenes” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Bodegas y Viñedos Talagante International Brands Limitada
Rut
87.586.600-1
Domicilio
Longitudinal sur km 190, Curi, Región del Maule;
dirección postal: Casilla 19, correos de Chile, Curicó.
Teléfono
+56 9 68981656
Nombre representante legal
Juan Andrés Izquierdo Bacarreza
Rut representante legal
8.532.886-7
Domicilio representante legal
Longitudinal sur km 190, Curicó, región del Maule; dirección
postal: Casilla 19, correos de Chile, Curicó.
Teléfono representante legal
(75) 2317607; +569 96512719
Correo electrónico Titular o
representante legal
expedientesriegosdemaule@gmail.com
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 2 de noviembre de 2021, el Director del Servicio de
Evaluación Ambiental de la región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto
cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable; cumple con los requisitos de otorgamiento
de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables; no genera ni
presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan
origen a la necesidad de evaluar a través de un Estudio de Impacto Ambiental; y el Titular ha
subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los respectivos Informes
Consolidados de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en sesión de 11 de noviembre de 2021, la Comisión de Evaluación de la región del Maule
acor calificar favorablemente el proyecto Embalse Estacional Cauquenes”, aprobando
íntegramente el contenido del ICE de 2 de noviembre de 2021, el que forma parte integrante de la
presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
las cuales forman parte integrante de la presente resolución, la descripción del Proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Descripción general del
proyecto
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