Resolución Exenta nº 6101110-2023 del Servicio de Evaluación Ambiental. Loteo Terrazas de Machalí - Normativa - VLEX 936151974

Resolución Exenta nº 6101110-2023 del Servicio de Evaluación Ambiental. Loteo Terrazas de Machalí

Fecha15 Marzo 2023
Fecha de publicación15 Marzo 2023
Año2023
Número de resolución6101110-2023
Tipo de documentoRelativos a concesiones, autorizaciones, otros permisos
EmisorServicio de Evaluación Ambiental
Página 1 de 649
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
Región del Libertador General Bernardo O Higgins
Califica Ambientalmente el proyecto “Loteo Terrazas de Machalí
RESOLUCIÓN EXENTA Nº: (Verificar numeración digital en un costado inferior izquierdo)
RANCAGUA, (a un costado izquierdo de la presente resolución)
VISTOS:
1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA), y sus Anexos, presentada con fecha
3 de marzo del año 2022, su Adenda, incluido los Anexos, de fecha 28 de octubre de 2022, y su
Adenda Complementaria, incluida los Anexos, de fecha 20 de enero de 2023, del proyecto “Lote
Terrazas de Machalí”, presentado por Agrícola e Inversiones SMD Limitada con fecha 5 de enero de
2023.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre
la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA del proyecto
“Lote Terrazas de Machalí” (en adelante “el Proyecto”), y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe
Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE) de la DIA del Proyecto.
3°. El Acta de Evaluación N°2 de fecha 27 de enero del año 2023, del Comité Técnico de la Región
del Libertador General Bernardo OHiggins (en adelante “Región de O’Higgins”).
4°. El ICE de la DIA del Proyecto “Loteo Terrazas de Machalí” de fecha 15 de febrero de 2023.
5°. El Acta N°5 de la Sesión Ordinaria N°5 de fecha 23 de febrero del año 2023 de la Comisión de
Evaluación de la Región de O’Higgins.
6°. La Resolución Exenta Nº20220600192, de 18 de mayo del año 2022 de la Dirección Regional del
Servicio de Evaluación Ambiental (en adelante “SEA”) de la Región de OHiggins que dispuso la
realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de
la Ley N°19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente electrónico (www.sea.gob.cl) de evaluación de
impacto ambiental de la DIA del proyecto Loteo Terrazas de Macha”. ID _expediente=2155238515
8. Lo dispuesto en la Ley Nº19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el D.S. Nº40, de
30 de octubre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N°1/19.653, de 2002, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; y en la Ley N°19.880,
que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; en la Resolución Exenta N°156 de fecha 7 de agosto de 2014, de la
Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins, que Aprueba el Reglamento de Organización y
Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo
O’Higgins; en la Ley N°18.834, del Ministerio del Interior, que aprueba Estatuto Administrativo, que
Establece la Subrogancia legal en sus artículos 79, 80 y siguientes, aplicadas en este caso en la
Dirección Regional del SEA de la Región de O’Higgins; en la Resolución N°7 de 2019 de la
Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y
en el D.S. N°82, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra a don Fabio
López Aguilera como Delegado Presidencial Regional de la Región de O’Higgins.
Firmado Digitalmente por Valentina Alejandra Duran Medina
Fecha: 09-03-2023 16:44:01:821 UTC -03:00
Razón:
Lugar:
Página 2 de 649
CONSIDERANDO:
1°. Que, Agrícola e Inversiones SMD Limitada (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Loteo Terrazas de Machalí. Los
antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social
Agrícola e Inversiones SMD Limitada
Rut
76.818.300-7
Domicilio
Av. Bello Horizonte 845 Of 302, comuna de Rancagua,
Región de O’Higgins
Teléfono
+5672 2363943
Nombre representante legal
Pablo Ibañez Aldunate
Domicilio representante legal
Av. Bello Horizonte 845 Of 302, comuna de Rancagua, ,
Región de O’Higgins
Correo electrónico Titular o
representante legal
p_ibanez@massai.cl
2°. Que, conforme se indica en el ICE de la DIA del Proyecto, de fecha 15 de febrero de 2023, el
Director Regional del SEA de la Región de OHiggins, ha recomendado aprobar el Proyecto, por
cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 9 del ICE;
cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos
ambientales sectoriales aplicables (PASM N°140, 142 y 156 del D.S. N°40/2012 del Ministerio de
Medio Ambiente (en adelante “MMA”), correspondiente al Reglamento del SEIA) identificados en
la sección 10 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo
11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental;
y el Titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes
Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones.
3°. Que, en Sesión Ordinaria N°5 de fecha 23 de febrero del año 2023, la Comisión de Evaluación de
la Región del O’Higgins acordó calificar favorablemente el proyecto “Loteo Terrazas de Machalí”,
aprobando el contenido del ICE de fecha 15 de febrero de 2023, el que forma parte integrante de la
presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del
Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se
fundamenta.
4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria,
los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a
continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del Proyecto consiste en el desarrollo de acciones asociadas
a loteos y urbanización en el emplazamiento propuesto, que incluyen las
redes de alcantarillado de aguas servidas, matrices de agua potable, obras
de electrificación, ejecución de vialidad y áreas verdes, a emplazar en la
comuna de Machalí, perteneciente a la provincia de Cachapoal de la
Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante,
“Región de O’Higgins”).
Tipología principal, así
como las aplicables a sus
partes, obras o acciones
En relación con lo señalado en el artículo 3° del D.S. N°40/2012, y sus
modificaciones posteriores, del MMA, Reglamento del SEIA (en
adelante “RSEIA”), corresponde a la tipología y dimensiones
establecidas por el legislador en el siguiente literal:
“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas
declaradas latentes o saturadas.
h.1.3. que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas
o consulten la construcción de 300 o más viviendas”.
Lo anterior, dado que el Proyecto supera corresponde a uno del citado
tipo, y alcanza el umbral de superficie máxima de intervención
establecido en el literal h.1.3. del artículo 3° del RSEIA, debido a que su
Página 3 de 649
ejecución considera una superficie bruta de 41,7 hectáreas
aproximadamente.
Vida útil
Indefinida
Monto de inversión
USD $ 3.900.000,000
Gestión, acto o faena
mínima que da cuenta del
inicio de la ejecución
Si bien en un inicio del Proponente establece como acto que da cuenta de
la ejecución del Proyecto, la acción de demolición, en respuesta N°1.10
del Adenda, el Titular declara que en consideración al proceso de
Participación Ciudadana desarrollado para el presente Proyecto, y, los
plazos de evaluación ambiental, se ajusta la fecha de inicio para mayo de
2023, y, que la parte y obra que establece el inicio corresponde a las obras
civiles de puente de acceso.
El medio de verificación que permita acreditar el inicio del Proyecto
asociado a este hito, corresponde a un registro fotográfico con fecha y
hora de las instalaciones previo a iniciar las faenas, así como del resto
del predio para esclarecer que no se han efectuado otras actividades
asociadas al Proyecto.
Además, avisa a la SMA mediante la plataforma electrónica de
seguimiento ambiental de la misma. (Énfasis agregado).
Proyecto se desarrolla por
etapas
Si
No
El Proyecto no se desarrolla por etapas.
X
Proyecto modifica un
proyecto o actividad
Si
No
El Proyecto no modifica a una actividad o proyecto
existente, ya que corresponde a un proyecto nuevo.
X
Proyecto modifica otra(s)
RCA
Si
No
El Proyecto no modifica otra RCA, ya que corresponde a
un proyecto nuevo.
X
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-
administrativa
El Proyecto se encuentra ubicado en la Región de O’Higgins, provincia de Cachapoal, en
la comuna de Machalí, específicamente en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva
(Ruta H-27).
Se localiza dentro de una zona saturada, de acuerdo con lo establecido en el D.S. N°7/2009
del MINSEGPRES, que Declara Zona Saturada por MP 10 al Valle Central de la Región
de O’Higgins”, y en el D.S. N°42/2018 del MMA, que Declara Zona Saturada por Material
Particulado Fino Respirable MP2,5, Como Concentración Anual y de 24 Horas al Valle
Central de la Región de O’Higgins”, además de lo señalado en el D.S. N°15/2013 del
MMA, en relación con el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA)
del Valle Central la Región del Libertador Bernardo O’Higgins.
Descripción de la
localización
La justificación de la localización del Proyecto tiene relación con las condiciones y
características del área del emplazamiento, donde resalta la conectividad del sector por
vías principales, y, la presencia de comercio y servicios. Específicamente, destaca en la
inmediatez de accesos frente a la Carretera del Cobre (Avenida Presidente Eduardo Frei
Montalva) la cercanía a nudo acceso a Machalí.
Además, cercanía a otros desarrollos habitacionales y de servicios como por ejemplo
Parque Sanfuentes, Los Nogales, entre otros.
En la siguiente figura y tablas, se presenta la ubicación del Proyecto con relación al Plan
Regulador Comunal de Machalí, y sus modificaciones posteriores; aplicable a la fecha de
presentación del presente Proyecto; y, la descripción del uso de suelo del sector de
emplazamiento, respectivamente.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR